Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2005 (29/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de octubre de 2005

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGAZ MORDAZA de ITURRIZAGA, por los hechos descritos en la par te considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

conmutado, es procedente la solicitud formulada por la empresa VIRTUAL SERVICE PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC con su modificatoria, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18314

Otorgan concesion a Virtual Service Peru S.A.C. para prestar servicio de portador local en la modalidad conmutado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 755-2005-MTC/03 MORDAZA, 26 de octubre de 2005 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2003-017698 por la empresa VIRTUAL SERVICE PERU S.A.C., para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio portador local en la modalidad conmutado, en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, utilizando la banda de 5725 - 5850 MHz; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 28º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, no se requiere de la asignacion de espectro, ni permiso de instalacion y operacion para aquellos equipos que utilizando la banda 5725 - 5850 MHz transmiten con una potencia no superior a 4 vatios (W) 0 36 dBm en antena (potencia efectiva radiada), en espacio abierto; asimismo, senala que en el caso de utilizar equipos con las caracteristicas descritas anteriormente para prestar servicios publicos de telecomunicaciones, se debe contar previamente con la concesion respectiva; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios portadores se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado p o r e l T i t u l a r d e l M i n i s t e r i o d e Tra n s p o r t e s y Comunicaciones; Que, el articulo 35º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios portadores se encuentra el servicio portador local; Que, mediante Informes Nºs. 264-2005-MTC/17.01.ssp. y 358-2005-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio portador local en la modalidad

Articulo 1º.- Otorgar a la empresa VIRTUAL SERVICE PERU S.A.C. concesion para la prestacion del servicio portador local en la modalidad conmutado por el plazo de veinte (20) anos, en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa VIRTUAL SERVICE PERU S.A.C., para la prestacion del servicio a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y tres (03) anexos que forman parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como con la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18312

Otorgan concesion a CABLEUNION S.A.C. para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 756-2005-MTC/03 MORDAZA, 26 de octubre de 2005 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2005005743 por la empresa CABLEUNION S.A.C., para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan

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