Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2005 (29/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 29 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES
7. DEPORTES

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durante el desarrollo de este programa. Los detalles al respecto seran determinados por las instituciones designadas por Las Partes. 4.4. Durante el desarrollo de este Programa, Las Partes intercambiaran un experto del MORDAZA de la arqueologia, preservacion de antiguedades, conservacion de monumentos y arquitectura, por un periodo de hasta siete dias en cada caso, a fin de intercambiar informacion sobre temas de su especialidad. Detalles en este sentido seran determinados por las autoridades responsables de los dos paises. 4.5. Las Partes alentaran el intercambio de expertos y la realizacion de talleres en las areas de teatro, musica, poesia, danza y folclore, artes visuales, museos y en la direccion de cine y festivales. Para este proposito, seran dedicadas veinte horas al ano. 4.6. Las Partes alentaran el intercambio de artistas para actuaciones y participacion en festivales de musica, poesia, danza y folclore y teatro que se organicen en sus territorios. El numero y las horas dedicadas para este intercambio estaran basadas en el MORDAZA de reciprocidad. MORDAZA Partes informaran a la otra, con la debida anticipacion, respecto a los principales festivales internacionales que se realizaran en sus respectivos paises para facilitar tal participacion. Las misiones diplomaticas proporcionaran la informacion en cada una de las capitales. 4.7. Las Partes promoveran la cooperacion a traves de sus instituciones nacionales competentes en el MORDAZA de la conservacion, restauracion y defensa del patrimonio cultural de ambos paises realizando talleres de conservacion, restauracion y defensa contra el trafico ilicito de bienes culturales. Los detalles seran coordinados por las instituciones designadas por Las Partes. 4.8. Las Partes promoveran la cooperacion entre el Archivo General de la Nacion del Peru y su contraparte del Estado de Israel. La cooperacion abarcara el intercambio de informacion sobre la actividad de los archivos, bio de publicaciones especializadas de microfilms, asi como de los programas de restauracion y conservacion de la documentacion tanto historica como contemporanea, de acuerdo con el interes de cada una de las partes. Las Partes apoyaran el intercambio y visitas mutuas entre profesionales de archivos de los dos paises. 5. MUSEOS Y EXHIBICIONES 5.1. Las Partes alentaran los contactos directos entre los museos e instituciones de ambos paises, incluyendo el intercambio de especialistas. Asimismo, apoyaran la realizacion de una muestra especialmente preparada por cada Parte en el territorio del otro, contando con la participacion de los equipos de museografia de los respectivos paises. 5.2. Las Partes alentaran, durante la vigencia de este Programa, el intercambio de dos exhibiciones de museos o instituciones apropiados. Para este proposito, un Memorando de Entendimiento especifico sera suscrito entre las instituciones que envian y reciben. 6. CINEMA Y TELEVISION 6.1 Las Partes alentaran la organizacion de semanas de cine de la otra parte en su territorio. Las peliculas seran exhibidas en ambos paises con subtitulos en ingles y espanol respectivamente. 6.2. Cada una de las Partes se compromete a brindar las facilidades posibles para materializar la participacion de la otra en los festivales cinematograficos que cada una organice. En reciprocidad, la otra Parte brindara facilidades para la presencia de uno de sus actores o directores mas significativos. 6.3. Las Par tes alentaran el intercambio de academicos y tecnicos dedicados a la formacion de profesionales del audio visual en cada una de ellas. Dicho intercambio se realizara mediante la suscripcion de convenios de cooperacion tanto en el nivel universitario como no universitario. 6.4. Las Partes expresan su interes en promover las coproducciones mediante un convenio de coproduccion. 6.5. Las Partes alentaran la cooperacion entre el Instituto de Radio y Television del Peru (IRTP) y su contraparte israeli.

7.1. MORDAZA Partes exploraran la posibilidad de intercambio de equipos deportivos y expertos en variadas disciplinas. Los detalles seran elaborados a traves de consultas mutuas. 8. DISPOSICIONES FINALES 8.1. Las actividades mencionadas en el Programa seran ejecutadas de acuerdo a las posibilidades de presupuesto de Las Partes. Los detalles financieros seran acordados separadamente para cada caso. 8.2. Este Programa no excluye la realizacion de otros intercambios en las areas de cultura y educacion. 8.3. Cualquier tema adicional que surja de la aplicacion de este Programa sera tratado a traves de los MORDAZA diplomaticos. 8.4. El presente programa entrara en vigencia a partir de la fecha en que Las Partes se comuniquen por la via diplomatica que han cumplido con su ordenamiento legal interno y permanecera en MORDAZA hasta el 31 de diciembre de 2007, pudiendo renovarse por un ano adicional por mutuo acuerdo entre Las Partes. Suscrito en MORDAZA el 29 de MORDAZA del ano 2005, en tres copias originales en cada uno de los siguientes idiomas: espanol, hebreo e ingles; siendo los tres textos igualmente autenticos. En caso de divergencia en la interpretacion, prevalecera la version en ingles y se resolveran las diferencias a traves de negociaciones diplomaticas. POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORDAZA (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (Firma) 18338

Ratifican Enmienda Nº Tres al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico suscrito con EE.UU. para la "Gestion Local de Programas de Educacion Basica de Calidad en Areas Geograficas Seleccionadas" USAID Nº 527-0406
DECRETO SUPREMO Nº 085-2005-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Enmienda Nº Tres al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para la "Gestion Local de Programas de Educacion Basica de Calidad en Areas Geograficas Seleccionadas" USAID Nº 5270406, fue suscrito el 14 de septiembre del 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratifiquese la Enmienda Nº Tres al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para la "Gestion Local de Programas de Educacion Basica de Calidad en Areas Geograficas Seleccionadas"

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