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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G39/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de setiembre de 2005 se llevará a cabo en la ciudad de Natal, República Federativa del Brasil, del 3 al 7 de octubre de 2005; Que, es necesario encargar las funciones de Directora de la Dirección de Personas Adultas Mayores, en tantodure la ausencia de la citada funcionaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; y en elReglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar a la señorita DORIS IRENE DIONISIO ASTUHUAMAN, servidora del Ministerio de Salud, destacada para prestar servicios en el Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, las funciones de Directora de la Dirección de Personas Adultas Mayores del MIMDES, a partir del 2 de octubre de 2005 y mientrasdure la ausencia del titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 16278 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G43/G68/G75/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 628-2005-MIMDES Lima, 22 de setiembre de 2005 Vistos, el Memorando Nº 226-2005-MIMDES/DM de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y la Nota Nº 139-2005-MIMDES/SG de la Secretaria General del MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 22-IE-02-2005-02-0309 de fecha 15 de agosto de 2005, emitido por la Oficina deControl Institucional del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, se determinó como consecuencia de la evaluación selectiva efectuada a losingresos y egresos de la Sociedad de Beneficencia Pública de Santiago de Chuco, durante el período comprendido entre enero de 1999 a abril del 2005, queservidores y funcionarios de dicha Institución han dispuesto indebidamente de los ingresos recaudados directamente por la Beneficencia hasta por el monto deS/. 37,956.30 nuevos soles, provenientes de alquileres de inmuebles, inhumaciones y venta de terrenos para nichos y otros conceptos; Que, asimismo, el citado Informe determinó como resultado de la evaluación efectuada a los fondos transferidos mensualmente por el INABIF a la Sociedadde Beneficencia Pública de Santiago de Chuco, durante el período comprendido entre enero del 2000 a abril del 2005, destinados al pago de haberes y pensiones deservidores y cesantes de la entidad benéfica, así como al pago del aporte a ESSALUD y ONP, que el Secretario de la citada Sociedad de Beneficencia Pública, se apropióindebidamente de la cantidad de S/. 18,698.60 nuevos soles; Que, en atención a los hechos señalados en los considerandos precedentes, se determinó que el Presidente y Tesorero (Miembro) del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Santiago de Chuco,así como el Secretario de dicha Institución, tuvieron la intención de apropiarse y/o permitir que se apropien ilegalmente de los fondos de la entidad benéfica,provenientes tanto de los ingresos directamenterecaudados, como de los transferidos por el INABIF, hasta por una suma estimada de S/. 56,654.90 nuevos soles,por lo que se evidencia la existencia de indicios razonables de la presunta comisión del Delito de Peculado Agravado, tipificado en el artículo 387º del Código Penal, toda vezque se trata de una Institución de derecho público interno que realiza función de bienestar y promoción social complementaria de los fines sociales y tutelares delEstado; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales delMIMDES, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 1502-2005-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto LeyNº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personascomprendidas en el Informe Especial Nº 22-IE-02-2005- 02-0309 y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Públicoa cargo de los asuntos judiciales del MIMDES para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 16280 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G49/G4E/G41/G42/G49/G46/G20/G79/G20/G61/G6C/G48/G6F/G67/G61/G72/G20/G53/G61/G6E/G20/G50/G65/G64/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6D/G62/G6F/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 629-2005-MIMDES Lima, 22 de setiembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 189-2005/INABIF-DE del Director Ejecutivo del Programa Integral Nacional Para el Bienestar Familiar - INABIF y el Informe Nº 245-2005/INABIF-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del INABIF; CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de octubre de 2003, se produjo el accidente de tránsito entre el vehículo de Placa de RodajeNº RIO-714 (Camioneta Rural, Marca Honda, año 1998) de propiedad del INABIF, conducida por el señor Ricardo Ríos Gil, y el vehículo de Placa de Rodaje Nº EO-4825,de propiedad del señor Aldo Alfredo Arias Cappelletti, producido entre el cruce de la calle Rodríguez de Mendoza (cuadra 2), y el Jr. Daniel A. Robles, del distrito de PuebloLibre; Que, mediante Informe Nº 001-2003-INABIF/P.RRG de fecha 14 de octubre de 2003, el señor Ricardo RíosGil, chofer del vehículo de Placa de Rodaje Nº RIO-714 de propiedad del INABIF, informó al Presidente de la