NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/09/2005)
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TEXTO PAGINA: 25
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G39/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de setiembre de 2005 que operan en nuestro país y cumplir con las demás funciones que les corresponden de acuerdo a la Ley de Aeronáutica Civil, garantizando el desarrollo de actividades aeronáuticas eficientes y seguras; Que, el viaje de los mencionados profesionales será financiado en el marco del Convenio de Gestión de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes yComunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera DisposiciónComplementaria de la Ley Nº 27261, de conformidad con los términos de la Autorización de Beca Int. Nº 039-07-2005 y Autorización de Beca Int. Nº 040-07-2005, suscritas por elCoordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de UrgenciaNº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rolando León Lasheras, Subdirector de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América, durante los días 25 desetiembre al 9 de octubre de 2005, así como, autorizar el viaje de los señores Federico Álvarez Zevallos y Simón Samolski Edery, Inspectores de Operaciones de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América, durante los días 28de setiembre al 9 de octubre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Convenio de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización deAviación Civil Internacional (OACI), de conformidad con la Autorización de Beca Int. Nº 039-07-2005 y Autorización de Beca Int. Nº 040-07-2005, de acuerdo al siguiente detalle: Del 25 de setiembre al 9 de octubre de 2005 Viáticos US$ 3,300.00 Pasajes Aéreos US$ 850.00Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Del 28 de setiembre al 9 de octubre de 2005 Viáticos (por dos personas) US$ 5,280.00 Pasajes Aéreos (por dos personas) US$ 1,700.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos personas) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los profesionalesmencionados en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 16316 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G52/G6F/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G51/G75/G69/G76/G65/G73/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G61/G72/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2005-VIVIENDA Lima, 22 de setiembre de 2005Vistos; el Oficio Nº 028-2005-A-MD/SRQ, recibido con fecha 21 de febrero de 2005, presentado por la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; el Informe Técnico Nº 080-2005-VIVIENDA/VMCS/PREBAM-ARR, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 085- 2005-VIVIENDA/CGP, del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se dispuso la adquisición de maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de laRepública Popular China con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; dicha norma fue modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, con elcual se autorizó a destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativasdel país; asimismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086- 97 se modificó el Decreto de Urgencia Nº 023-97 disponiendo que del saldo del cincuenta por ciento (50%)de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de donación a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, decapacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministeriosregulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivóel Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atribuciones, los derechos yobligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoríadel Ministerio de la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es un organismo público integrante del PoderEjecutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando elordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizacionesde la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Amador Seras Reinoso, Alcalde de la Municipalidad Distrital de SantaRosa de Quives, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación de maquinaria para la industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 205-2005-VIVIENDA/ VMCS-PREBAM, el Programa de Equipamiento Básico Municipal remitió el Informe Técnico Nº 080-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a través del cual expresó su conformidad en atención a las consideraciones técnicas del expediente de solicitud de donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidadcon lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016- 2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donaciónde la maquinaria detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1, que forman parte integrante de la presente Resolución, a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa deQuives, provincia de Canta, departamento de Lima, con la finalidad de implementar un maquicentro para el Colegio Estatal Integrado "Santa Rosa de Yangas";