NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (24/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 33
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G30/G30/G39/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de setiembre de 2005 EL SEÑOR DIRECTOR NACIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ VISTOS, los Informes números 055-2005-BNP/PIENS- III/JP y 065-2005-BNP/PIENS-III/JP, por los cuales el Jefe del Proyecto “Infraestructura y Equipamiento de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú” manifiesta lanecesidad de la contratación de servicios de supervisión de manera exonerada por la causal de servicios personalísimos, para la ejecución de la III Etapa de dichoProyecto período: Julio 2005 - Marzo 2006; así como el Informe Legal Nº 026-2005-BNP/OAL; y, CONSIDERANDO: Que, según el inciso f) del artículo 19 de Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, están exoneradas de los procesos de selecciónlas adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestación de servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de dicha Ley; Que, asimismo, el artículo 145 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señalaque se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas notoriamenteespecializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad, permitansustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores; Que, el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contratacionesexoneradas se realizan mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego y conforme el artículo 146 del Reglamento anteriormenteacotado, la resolución que apruebe la exoneración del proceso de selección requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contenga la justificación técnicay legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, en los informes emitidos por el Jefe del proyecto que se han tenido a la vista, se advierte que es necesariala contratación solicitada para la supervisión de la obra de la III Etapa del Proyecto “Infraestructura y Equipamiento de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú”Período Julio 2005 - Marzo 2006; para lo cual proponen a la Universidad Nacional Agraria La Molina debido a que “ha venido realizando la supervisión de la obra desde quese reinició la misma en febrero de 2004 habiendo cumplido satisfactoriamente sus funciones”, y que ello “le ha permitido tener un conocimiento profundo del proyecto yconoce las acciones tomadas en la ejecución de las diferentes partidas”, “cuenta con un personal profesional idóneo”, que “conoce al detalle todos los aspectos referidosal Proyecto, habiendo participado en el planteamiento y desarrollo de las actualizaciones, modificaciones y cambios, los que (...) influyen en todas las etapas deejecución de la obra”, y “lleva los registros detallados de los avances de obra e instalaciones de etapas anteriores que deben ser terminados en la presente etapa”, ademásde otros elementos detallados en dicho Informe; lo cual denota que esa experiencia y conocimientos especiales respecto a la ejecución del Proyecto hacen inviable sucomparación con otros proveedores; por lo que resulta pertinente la emisión de la presente resolución; Que, de otro lado en los informes vistos del Jefe del Proyecto se indica que el monto fijado para la contraprestación asciende al 3.28% del monto de la ejecución y que ello es mucho menor al porcentajeutilizado en otras obras del Estado de menor magnitud, los cuales fluctúan entre el 5 y 8%; Que, en los informes referidos precedentemente, se advierte que éstos contienen el informe técnico a que se refiere el artículo 20 de la Ley y 146 de su Reglamento, conteniendo la justificación técnica de la procedencia ynecesidad de la exoneración; y en el Informe Legal que se ha tenido a la vista, emitido por la Dirección General de Asesoría Legal de esta entidad; se concluye que esprocedente la exoneración del proceso de selección por servicios personalísimos, conforme a la normatividad vigente;Que, de otro lado, las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de selección serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión o adopción según corresponda. Adicionalmente deberán publicarse a través del SEACE de conformidad con lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 131- 2005-BNP se ha incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2005 de esta Biblioteca Nacional, la contratación del servicio de supervisión de la Obra para la Ejecución de la III Etapa del Proyecto “Infraestructura y Equipamiento de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú” Período: Julio 2005 - Marzo 2006, con un valor estimado ascendente a la suma de S/. 357 744,28 (Trescientos Cincuenta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro con 28/100 Nuevos Soles), y; En ejercicio de las atribuciones contenidas en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional del Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección correspondiente del servicio de Supervisión de Obra para la Ejecución de la III Etapa del Proyecto “Infraestructura y Equipamiento de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú” Período: Julio 2005 - Marzo 2006; por la causal de servicios personalísimos a que se refiere el inciso f) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2005-PCM. Artículo Segundo.- Efectúese la contratación a que se refiere el artículo inmediato anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y a las demás especificaciones que se establezcan en las Bases, previa aprobación del correspondiente expediente administrativo de contratación por la Oficina de Administración, de acuerdo al siguiente detalle: - Persona Jurídica con la que se contrata: Universidad Nacional Agraria La Molina. - Valor Referencial: S/. 357 744,28 (Trescientos Cincuenta y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro con 28/100 Nuevos Soles). - Fuente de Financiamiento: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo - Tiempo que durará la contratación: 192 días calendario, contados a partir de la contratación respectiva. - Dependencia encargada de realizar la contratación exonerada: Oficina de Administración. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y remítase conjuntamente con el Informe Técnico-Legal conformado por los Informes Nº 055-2005/BNP-PIENS-III/JP, 065-2005/BNP/PIENS- III/JP e Informe Legal Nº 026-2005-BNP/OAL, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE dentro de los 10 días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Cuarto.- Disponer que el Director General de la Oficina de Administración de esta Entidad efectúe oportunamente la publicación en el SEACE y la Web de esta Biblioteca Nacional, la contratación a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SINECIO LÓPEZ JIMÉNEZ Director Nacional 16266