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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G31/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de abril de 2006 Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Regional de Administración, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, en lo que corresponda. Artículo Tercero.- FACULTAR al Secretario del Consejo Regional de la Región La Libertad, para que con dispensa de aprobación de Acta, disponga su publicaciónen el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 06108 /G45/G78/G68/G6F/G72/G74/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G79/G20/G22/G4C/G65/G79/G20/G71/G75/G65 /G72/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61 /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G22 ACUERDO REGIONAL Nº 027-2006-CR/GR-LL Trujillo, 28 de febrero del 2006EL CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido formulado por el señor Consejero Regional por la provincia de Ascope, Dr. Pedro Díaz Camacho, en relación al respaldo de la Autonomía de los Gobiernos Regionales para queel Congreso de la República dé cumplimiento al Proyecto Ley Nº 14300/2005-CR; CONSIDERANDO: Que, siguiendo los preceptos en defensa de una VERDADERA AUTONOMÍA REGIONAL DE LOSGOBIERNOS REGIONALES, frente a la dación de la Ley Nº 27902, que modifica a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; el GobiernoRegional de La Libertad asumió dicha defensa, con sustento del Gerente Regional de Asesoría Jurídica, ante el pleno del Consejo Directivo del Ilustre Colegio deAbogados de La Libertad, la Acción de Inconstitucionalidad contra el Artículo 8º de la Ley Nº 27902, que modifica la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria yFinal de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, que se refiere a "la selección de directores regionales sectoriales en cuanto tiene que hacerse previoconcurso público convocado por los Gobiernos Regionales en coordinación con el Gobierno Nacional, de acuerdo a los lineamientos generales elaborados porel Consejo Nacional de Descentralización"; De tal forma, que dentro de los lineamientos legales, a pedido del Gobierno Regional de La Libertad, el Ilustre Colegiode Abogados de La Libertad, hizo suya dicha acción de inconstitucionalidad procediendo a interponer con fecha 28 de febrero del 2005, la DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDADCONTRA EL ARTÍCULO 8º DE LA LEY Nº 27902, QUE MODIFICA LA DUODÉCIMA DISPOSICIÓN TRANSITORIA, COMPLEMENTARIA Y FINAL DE LA LEY ORGÁNICA DEGOBIERNOS REGIONALES - LEY Nº 27867, ante el Tribunal Constitucional en la ciudad de Lima, la misma que ha sido admitida a trámite mediante Resolución de fecha 14 de marzodel 2005, con Registro de Expediente Nº 006-2005-PI/TC, y que a la fecha se encuentra pendiente de fallo respectivo por el Tribunal Constitucional; Que, por otro lado, que al advertir el Proyecto Ley Nº 14300/2005-CR "LEY QUE RESTITUYE LA AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA DE LOS GOBIERNOSREGIONALES" se puede observar, que en cuanto al trato referido a la Autonomía de los Gobiernos Regionales que la reacción para adoptar dicha decisión ha sido unpoco tardía, al haber sido elaborado dicho proyecto ley con fecha 18 de enero del 2006; es decir, 36 meses después desde la promulgación de la nefasta LeyNº 27902;Que, sin embargo, cabe resaltar que tanto la acción de inconstitucionalidad antes planteada como el proyecto ley advertido, tienen una sola finalidad, que es consolidar una verdadera Autonomía en los Gobiernos Regionalesde todo el país; por lo cual, es de mucha importancia que el Congreso de la República brinde la atención inmediata respecto con la aprobación del Proyecto Ley Nº 14300/2005-CR "LEY QUE RESTITUYE LA AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA DE LOS GOBIERNOS REGIONALES", por ser de interés público respaldar yapoyar la expedición de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales que establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público,ciudadano o institucional que declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, estando a lo dispuesto y aprobado por UNANIMIDAD, con dispensa de aprobación de Acta, del Pleno en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de lafecha, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 15º y 37º Inc. "a" de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y de conformidadcon los considerandos señalados; ACUERDA:Artículo Primero.- EXHORTAR, al Congreso de la República a la inmediata aprobación del Proyecto LeyNº 14300/2005-CR "LEY QUE RESTITUYE LA AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA DE LOS GOBIERNOS REGIONALES". Comunicar el presente acuerdo a losGobiernos Regionales del país, para que en defensa de la Autonomía Regional tomen acciones similares a lo acordado por el Gobierno Regional de La Libertad. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de La Libertad, la comunicación del presente acuerdo al Congreso de laRepública, a la Comisión de Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del Estado del Congreso de la República y a todos los GobiernosRegionales del país. Artículo Tercero.- FACULTAR, al Secretario del Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 06112 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F /G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 119-2006-PRES Huacho, 16 de marzo del 2006. VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 120- 2003-PRES, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 338- 2003-PRES, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 317-2005-PRES, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 029- 2006-PRES, el Informe Final Nº 001-2006-CCR de la Comisión Regional de Concurso Público de DirectorRegional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lima y el Memorando Nº 143-A-2006-GRL/ SG; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final,modificada por el artículo 8º de la Ley Nº 27902, el