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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G37/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de abril de 2006 cuenta con un Profesional que actuará como Coordinador interinstitucional. Las Oficinas Desconcentradas mantienen relación funcional con los Órganos de línea del CONSUCODEen las materias que hayan sido objeto de desconcentración. Artículo 72º.- De su organización y funciones Las Oficinas Desconcentradas no cuentan con organización interna por tener naturaleza unitaria. Lacomposición de los equipos de trabajo de las Oficinas Desconcentradas se diseñará en función del tamaño y de las funciones que sean determinadas en los estudiosde mercado. Las funciones y atribuciones de las Oficinas Desconcentradas les serán asignadas en el Manual de Organización y Funciones. Artículo 73º.- De su ámbito de acción Las Oficinas Desconcentradas se ubican en el ámbito regional y local, definiéndose su ubicación geográfica sobre la base de un estudio de mercado. CAPÍTULO IX: DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO SUBCAPÍTULO ÚNICO: DEL TRIBUNAL Artículo 74º.- Definición El Tribunal es el órgano colegiado encargado de resolver, en última instancia administrativa, lascontroversias que surjan entre las Entidades, los participantes y los postores durante el proceso de selección, así como de aplicar las sanciones deinhabilitación, temporal o definitiva, en el derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado a proveedores, participantes, postores,contratistas y expertos independientes por infracción de las disposiciones de la Ley, su Reglamento y demás normas complementarias. El Tribunal es autónomo eindependiente en la emisión de sus resoluciones y pronunciamientos, sin perjuicio de depender administrativamente de la Presidencia del CONSUCODE. Es competente para resolver los recursos de reconsideración interpuestos contra lo resuelto por el Tribunal en un procedimiento administrativo sancionador.Está a cargo de un Presidente que depende administrativamente del Presidente del CONSUCODE. Artículo 75º.- De sus funciones y atribuciones Las funciones y atribuciones del Tribunal son: 1. Resolver los recursos de revisión contra actos administrativos derivados de Licitaciones Públicas, Concurso Públicos y, excepcionalmente, actosadministrativos derivados de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, si se genera el silencio administrativo negativo de los recursos de apelaciónrespectivos. 2. El Tribunal podrá declarar inadmisible, improcedente, admitir posibles desistimientos, infundadoo fundado el recurso, según corresponda. Cuando declare fundado el recurso, podrá revocar la resolución impugnada, en los casos previstos en la normativa de lamateria; 3. Declarar nula la resolución recurrida y los actos administrativos expedidos por las Entidades encontravención de las disposiciones legales, determinando el estado al que se retrotrae el proceso de selección; 4. Resolver los recursos de revisión contra actos administrativos derivados de las Compras Corporativas, sean obligatorias o facultativas, así como de la SubastaInversa, otorgando la buena pro a quien corresponda y el Convenio Marco de Precios, según sea el caso. 5. Imponer sanciones de inhabilitación, temporal o definitiva, para participar en procesos de selección y contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto por la normativa de la materia; 6. Ordenar, cuando corresponda, la inclusión de proveedores, participantes, postores y contratistas en el Capítulo de Inhabilitados para contratar con el Estadodel Registro Nacional de Proveedores; 7. En caso de conflictos en la determinación de la competencia en la solución de controversias eimpugnaciones, corresponde al Tribunal resolver dichos conflictos en calidad de última instancia administrativa. 8. Disponer la publicación de los pronunciamientos que correspondan conforme a la normativa de la materia; 9. Dictar las medidas pertinentes para el cumplimiento de sus resoluciones y pronunciamientos; 10. Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República, los casos en que detecte indicios de incompetencia, negligencia, corrupción o inmoralidad en el ejercicio de las funciones en las Entidades; 11. Poner en conocimiento del Ministerio Público, los casos en que detecte indicios de ilícitos penales cometidos por las Entidades en el ejercicio de susfunciones, participantes, postores, proveedores, contratistas o expertos independientes, según sea el caso. 12. Poner en conocimiento de las Instituciones acreditadoras, supervisoras o fiscalizadoras, los casos en que detecte indicios de negligencia o incumplimientode funciones cometidos por las personas naturales o jurídicas facultadas por aquellas. 13. Comunicar a la Presidencia del CONSUCODE las atribuciones realizadas por el Tribunal, según lo dispuesto en los numerales 8), 9) y 10) del presente artículo, para el seguimiento respectivo; y. 14. Las demás que le corresponden de acuerdo a su naturaleza. Artículo 76º.- De su organización El Tribunal se organiza en Salas, cuyo número se determina de acuerdo a la normativa de la materia. CadaSala está integrada por tres (3) Vocales a tiempo completo, quienes no podrán brindar servicios a terceros en materia de contrataciones y adquisiciones del Estadoni, en general, desempeñar otra actividad que resulte incompatible con la función encomendada, con excepción de la docencia. Cada Sala tiene un Presidente, uno delos cuales es además Presidente del Tribunal. El Tribunal cuenta con una Secretaría que depende de la Presidencia del Tribunal. La Secretaría brindasoporte técnico, legal y administrativo al Tribunal para el cumplimiento de sus atribuciones. Está a cargo de un Secretario que depende directamente de la Presidenciadel Tribunal. Artículo 77º.- De las funciones y atribuciones del Presidente del Tribunal. Las funciones y atribuciones del Presidente del Tribunal son: 1. Convocar, por lo menos trimestralmente a sesión de Sala Plena o cuando lo considere necesario; 2. Convocar Audiencias Públicas; 3. Verificar el quórum para sesionar en Sala Plena y acreditar la adopción de los acuerdos tomados en ésta,de acuerdo con el Reglamento del Tribunal; 4. Disponer la ejecución de los acuerdos adoptados por la Sala Plena y de ser necesaria, su publicación en elDiario Oficial El Peruano, el SEACE y la página Web del CONSUCODE; los que constituirán criterios que sientan precedente de observancia obligatoria; 5. Convocar reuniones de coordinación con los Vocales del Tribunal y demás Gerencias del CONSUCODE, para unificar los criterios de interpretaciónde la normativa de contratación pública; 6. Realizar reuniones de coordinación con los Vocales del Tribunal, Secretaría, Asistentes de Vocales yprofesionales del Tribunal para formular mejoras a las políticas, reglamentos y procedimientos del Tribunal y otros; 7. Asignar los expedientes que serán de conocimiento de cada Sala; 8. Supervisar el desempeño de los órganos del Tribunal y de su personal, de acuerdo con las metas, estándares de desempeño y procedimientos establecidos por la Presidencia de CONSUCODE 9. Poner en conocimiento de la Presidencia del CONSUCODE, con la periodicidad que ésta determina, sobre la situación de los asuntos del Tribunal y los casosque hayan sido objeto de pronunciamiento; 10. Proporcionar información para el Programa de Capacitación del Personal en materia de su competencia; 11. Apoyar la difusión de las actividades de capacitación externa e interna relacionadas con la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado;