Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2006 (20/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 317008

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 2006

VISTO; la Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU, de fecha 29 de MORDAZA del 2004 - Estatuto del CONAFU, la Resolucion Nº 1962004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004, la Carta s/n de fecha 17 de MORDAZA del 2005, el Oficio Nº 13102005-CONAFU-P de fecha 28 de noviembre del 2005, Carta s/n de fecha 15 de diciembre del 2005, el Informe Nº 100-2006-CEAA-CONAFU, de fecha 1 de marzo del 2006, Acuerdo de Pleno del CONAFU de fecha 7 de marzo del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones, las de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional en forma permanente; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional y teniendo como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que, mediante Resolucion Nº 098-2004-CONAFU, de fecha 29 de MORDAZA del 2004 ­ Estatuto del CONAFU, en su articulo 4º inciso a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente, en su inciso b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria, en su inciso c) Certificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por el articulo 7º de la Ley Nº 26439, ley de creacion del CONAFU, para otorgar la autorizacion de Funcionamiento provisional de una universidad; Que, mediante la Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004, Reglamento para evaluar las solicitudes para Autorizar el Funcionamiento Provisional de nuevas Universidades y de Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades, en su articulo 21º El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento ante el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para la evaluacion de admision a tramite de la solicitud; y en su articulo 22º Con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una Comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer, sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional Luego el Expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite; Que, mediante Carta s/n de fecha 17 de MORDAZA del 2005, remitido por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Asociacion Promotora AFOBISO GRP Promotora del Proyecto Universidad Autonoma MORDAZA MORDAZA MORDAZA adjunta el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad; Que, mediante Oficio Nº 1310-2005-CONAFU-P de fecha 28 de noviembre del 2005, el Presidente del CONAFU remite al Presidente de la Promotora del Proyecto de Universidad Autonoma MORDAZA MORDAZA MORDAZA las observaciones encontradas al Proyecto de Desarrollo Institucional otorgandole un plazo de 10 dias habiles; Que, mediante Carta s/n de fecha 15 de diciembre del 2005, remitido por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Asociacion Promotora AFOBISO GRP Promotora de la Universidad Autonoma MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realiza el levantamiento de observaciones formuladas por el Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos del CONAFU; Que, mediante Informe Nº 100-2006-CEAA-CONAFU, de fecha 1 de marzo del 2006, remitido por la Comision de Trabajo de la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos opina que el Pleno del CONAFU deberia admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional

del Proyecto de la Universidad Autonoma MORDAZA MORDAZA MORDAZA y debera conformarse la Comision de Evaluacion y Consolidacion respectiva y debe requerirse el pago de la tasa correspondiente al MORDAZA - ANR de Treinta y Tres mil Veinte y 00/100 nuevos soles (S/. 33,320.00) Que, por Acuerdo de Pleno del CONAFU de fecha 7 de marzo del 2006, acordo ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de Universidad Autonoma MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo emitirse la resolucion correspondiente en merito al Informe Nº 100-2006-CEAA-CONAFU; asimismo, requerirse el pago de S/. 33,320.00 nuevos soles de acuerdo al TUPA-ANR-2006; Estando a lo expuesto, en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU, de fecha 29 de MORDAZA del 2004 ­ Estatuto del CONAFU, la Resolucion Nº 1962004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004, la Carta s/n de fecha 17 de MORDAZA del 2005, el Oficio Nº 13102005-CONAFU-P de fecha 28 de noviembre del 2005, Carta s/n de fecha 15 de diciembre del 2005, el Informe Nº 100-2006-CEAA-CONAFU, de fecha 1 de marzo del 2006, Acuerdo de Pleno del CONAFU de fecha 7 de marzo del 2006 y, en uso de sus facultades conferidas por el inciso del art. 20º y el articulo 39º inc. d), del Estatuto ­ CONAFU, SE RESUELVE: Articulo 1º.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Presidente de la Asociacion Promotora AFOBISO GRP. Articulo 2º.- REQUERIR el pago de la Evaluacion para la Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional de Nuevas Universidades bajo el regimen de la Ley Nº 26439, cuya tasa asciende a Treinta y Tres mil Veinte y 00/100 nuevos soles (S/. 33,320.00) Articulo 3º.- PROSIGASE el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el procedimiento administrativo aprobado por la Resolucion Nº 196-2004-CONAFU; el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no per tenecientes a Universidades bajo Competencia del CONAFU y, las demas disposiciones reglamentarias del CONAFU. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente WUILDER MORDAZA MORDAZA Secretario General 06824 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES RESOLUCION Nº 081-2006-CONAFU MORDAZA, 31 de marzo del 2006 VISTOS; Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU, de fecha 29 de MORDAZA del 2004 ­ Estatuto del CONAFU, la Resolucion Nº 1962004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004, la Carta s/n de fecha 26 de enero del 2006, el Oficio Nº 2332006-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2006, la Carta s/n de fecha 20 de marzo del 2006, Informe Nº 161-2006-CEAA-CONAFU, de fecha 23 de marzo del 2006, Acuerdo de Pleno del CONAFU de fecha 28 de marzo del 2006, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones, las de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.