Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2006 (04/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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LICA DEL P E

RU

325786

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 4 de agosto de 2006

no se pudo aprobar el expediente de contratacion oportunamente; tales hechos han impedido que el servicio de mensajeria se contrate de manera regular, por lo que se concluye que se ha presentado la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resultando necesario tomar una accion inmediata para contratar por el periodo indispensable, hasta que finalice el MORDAZA de seleccion con la respectiva suscripcion del contrato, segun la normativa vigente; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del MORDAZA de seleccion, se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, segun lo previsto por el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la resolucion que aprueba la exoneracion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision; y, adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE; Que, de otro lado, conforme al articulo 148º del citado Reglamento, la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General mediante Informe Nº 196-2006-OAL-GG-PJ, opina por la procedencia de la declaracion en Situacion de Desabastecimiento Inminente, al considerar que se trata de un servicio esencial y el apremio es concreto e inmediato, resultando indispensable realizar acciones inmediatas para contratar por el periodo necesario, lo cual debe ser autorizado por el Titular del Pliego derivado de una exoneracion, como una medida temporal ante un hecho de excepcion; Que, mediante Memorandum Nº 168-2006-SPP-GPGG, la Subgerencia de Planes y Presupuesto, otorga opinion favorable respecto a la disponibilidad presupuestal, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, el inminente desabastecimiento del servicio referido exige disponer el inicio de las medidas conducentes a la determinacion de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores de la Institucion que pudieran resultar involucrados, de acuerdo a lo previsto por el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto por los articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con los articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la contratacion del servicio de mensajeria para la Corte Suprema de Justicia, Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Callao y Gerencia General del Poder Judicial, por el valor referencial total de S/. 334 826,74 (Trescientos Treinticuatro Mil Ochocientos Veintiseis y 74/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; por el periodo

de 120 dias calendario, o, hasta la suscripcion del contrato que derive del respectivo Concurso Publico, lo que ocurra en primer orden. Articulo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas realice la contratacion referida en el Articulo Primero, mediante acciones inmediatas, debiendo observar lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM. Articulo Tercero.- El Contrato que se suscriba como consecuencia de la presente exoneracion, debera observar las disposiciones citadas en el articulo anterior, debiendo ademas cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la Ley. Articulo Cuarto.- La Gerencia de Personal y Escalafon Judicial debera iniciar las acciones conducentes a la determinacion de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores cuya conducta hubiese originado la configuracion de esta causal, de acuerdo a lo previsto por el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 00723-3

Aprueban Planes Operativos 2006 de la Corte Suprema de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia, Dependencias del Consejo Ejecutivo y de la Gerencia General
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 237-2006-P-PJ

MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2006 VISTO: Que, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia N° 489-2005-P-PJ del 30.12.05 se aprobo la vigencia para el ano 2006 de la Directiva N° 006-2005GG-PJ "Normas para la Formulacion, Seguimiento y Evaluacion del Plan Operativo 2005 de las Dependencias del Poder Judicial"; Que, en cumplimiento a la citada Resolucion, se han formulado los Planes Operativos 2006 de la Oficina de Control de la Magistratura, las 28 Cortes Superiores de Justicia, el Consejo Ejecutivo y la Gerencia General del Poder Judicial; Que, es necesario aprobar los referidos documentos de gestion, a fin que los Organos Jurisdiccionales y Administrativos del Poder Judicial cuenten con un instrumento basico que oriente la gestion institucional; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4° del Articulo 76° de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley N° 27465;

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