Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2006 (07/08/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

325936

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 7 de agosto de 2006

para que MORDAZA conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Articulo 8º.- La documentacion dirigida a la OSINFOR debera ser presentada ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Pucallpa, quien actuara como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo unico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente (e) de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables 00563-2

Declaran caducidad de derecho de concesion otorgado a persona natural mediante Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables Nºs. 25PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-033-03 y 25-PUC/C-J-064-03
RESOLUCION GERENCIAL Nº 035-2006-INRENA-OSINFOR
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 VISTO: El expediente administrativo Nº 034-2005-OSINFOR, sobre el procedimiento administrativo unico iniciado contra el titular de los Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables Nºs. 25-PUC/C-J-090-02, 25PUC/C-J-033-03 y 25-PUC/C-J-064-03, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de las causales de caducidad tipificadas en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0142001-AG, asi como por contravenir lo dispuesto en los literales i), q), t), y w) del articulo 363º del acotado Reglamento, en el cual obra el Informe Tecnico Legal Nº 031-2006-INRENA-OSINFOR-URAN-USEC, que corre de fojas 136 a 141; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 047-2005INRENA-OSINFOR, del 24 de noviembre de 2005, que corre de fojas 127 a 130, la OSINFOR resuelve, entre otros, iniciar el procedimiento administrativo unico al concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de los Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables Nºs. 25-PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-03303 y 25-PUC/C-J-064-03, por la presunta comision de las causales de caducidad tipificadas en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, cuya comision conlleva a la declaracion de caducidad del derecho de concesion forestal con fines maderables otorgado, asi como por contravenir lo dispuesto en los literales i), q), t), y w) del articulo 363º del acotado Reglamento; Que, asimismo, la referida Resolucion Gerencial otorga al mencionado concesionario un plazo de 5 (cinco) dias habiles, contados a partir de la fecha de notificacion, para que presente los descargos que considere pertinentes; y dispone que la documentacion dirigida a la OSINFOR debe ser presentada ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA Pucallpa, quien actua como Mesa de Partes en el procedimiento administrativo unico; Que, en efecto, mediante Oficio Nº 049-2005-INRENAOSINFOR-URAN que corre a foja 131 y Carta Nº 0222006-INRENA-OSINFOR-URAN que corre a foja 133, recepcionados el 5 de diciembre de 2005 y el 20 de MORDAZA del presente ano respectivamente, se notifica la Resolucion Gerencial Nº 047-2005-INRENA-OSINFOR en los domicilios consignados en los Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables Nºs. 25-PUC/

C-J-090-02, 25-PUC/C-J-033-03 y 25-PUC/C-J-064-03; Que, mediante Oficios Nºs. 458-2006-INRENAATFFS-PUC y 675-2006-INRENA-ATFFS-Pucallpa, de fecha 17 de MORDAZA y 31 de MORDAZA del 2006, respectivamente, la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA Pucallpa comunica a esta Oficina que el concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha presentado descargos a lo dispuesto en la Resolucion Gerencial Nº 047-2005-INRENA-OSINFOR; Que, con la promulgacion de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, se ha propuesto un esquema de acceso al bosque que permita un aprovechamiento sostenible de los recursos que nos ofrece. Es por ello que resulta de MORDAZA importancia que las personas naturales o juridicas que gocen de algun derecho de aprovechamiento forestal garanticen su manejo, es decir, que administren el bosque de manera tal que la obtencion de beneficios economicos y sociales, no afecte, sino que garantice la sostenibilidad de las especies y de los ecosistemas materia de manejo; Que, en este sentido, el numeral 15.2 del articulo 15º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA establece que para cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursos forestales, con fines comerciales o industriales, se requiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA; Que, al respecto, el numeral 58.1 del articulo 58º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA dispone que el Plan de Manejo Forestal constituye la herramienta dinamica y flexible de gestion y control de las operaciones de manejo forestal. Su MORDAZA y diseno deben permitir identificar con anticipacion las actividades y operaciones necesarias para alcanzar la sostenibilidad del aprovechamiento. Tanto el plan de manejo como sus informes de ejecucion constituyen documentos publicos de libre acceso; Que, en ese sentido, los titulares de los contratos de concesion forestal deben enmarcar su actividad de aprovechamiento sostenible de los recursos forestales maderables, bajo los lineamientos aprobados en su Plan de Manejo Forestal, el mismo que, de acuerdo al numeral 58.3 del citado articulo, comprende dos niveles: i) El Plan General de Manejo Forestal - PGMF, que proporciona el MORDAZA general de planificacion estrategica y proyeccion empresarial a largo plazo, formulado como minimo para todo el periodo de vigencia de la concesion, y ii) El Plan Operativo Anual - POA, que es el instrumento para la planificacion operativa a corto plazo, por un periodo de un ano, es decir el ano operativo, el cual puede o no coincidir con el ano calendario; Que, los Planes Operativos Anuales muestran las actividades a realizarse, en el area de la Parcela de Corta Anual durante cada zafra, debiendo indicar las especies y volumenes aprovechables. Asi, el articulo 60º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA senala que el desarrollo de las operaciones del plan de manejo se efectua a traves de planes operativos anuales, los cuales incluyen obligatoriamente el inventario de aprovechamiento, y consideran la ubicacion en mapa de los arboles a extraerse determinados a traves de sistemas de alta precision, identificados por especie; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 95º del citado Reglamento, los titulares de las concesiones forestales con fines maderables colindantes, pueden efectuar la consolidacion de los respectivos planes de manejo con la finalidad de optimizar el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales del area; Que, es asi, que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA aprueba de forma consolidada, mediante las Resoluciones de Intendencia Nºs. 027-2005-INRENAIFFS y 031-2005-INRENA-IFFS, el Plan General de Manejo Forestal y el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra, respectivamente, de los Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-090-02, Nº 25-PUC/C-J-033-03 y Nº 25-PUC/C-J-064-03 cuyo titular es el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Meza; Que, entre las especies forestales aprobadas mediante la Resolucion de Intendencia Nº 031-2005INRENA-IFFS, figuran un total de 28 arboles de caoba y 64 arboles de cedro, con un volumen total de 328.77 m3 y 361.50 m3, respectivamente; Que, en este punto del analisis, es oportuno senalar que la informacion sobre las especies y volumenes aprovechables declarados por el concesionario para la aprobacion de los referidos planes debe corresponder a la realidad del bosque;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.