Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2006 (15/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano martes 15 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

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acompanantes, dando cuenta documentada a los Jurados electorales especiales de su jurisdiccion o al MORDAZA nacional de elecciones cuando conozca en MORDAZA y definitiva instancia; y b) En el caso de repartir bienes a personas o entidades privadas, esos bienes deberan ser adquiridos con recursos propios del candidato o donados a este en su condicion de candidato o a la agrupacion politica que apoya su candidatura. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia, se dictaran las normas complementarias y reglamentarias de la presente ordenanza. Segunda.- Incor porese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lince aprobado por Ordenanza Nº 150-MDL, modificado mediante Ordenanza Nº 157-MDL, el procedimiento establecido en el Articulo 7º referido a la asignacion de espacios en carteleras municipales y calificacion de ubicacion de la propaganda politica en bienes de uso publico. Tercera.- Incorporense las infracciones establecidas en la presente Ordenanza al Cuadro de Infracciones y Sanciones vigente, segun la Ordenanza Nº 075-MDL, conforme al Cuadro que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza: Cuarta.- Concedase un plazo de 15 dias calendario a efectos de que las agrupaciones y partidos politicos procedan a regularizar su propaganda instalada conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. Asimismo, concedase similar plazo a fin de que las agrupaciones y partidos politicos retiren o borren la propaganda politica que se encuentre instalada o este siendo exhibida en contravencion a las leyes de la materia y disposiciones de la presente ordenanza bajo apercibimiento de ser retirada por la autoridad municipal inmediatamente de cumplido el referido plazo, bajo cuenta, costo y riesgo de los Partidos, Organizaciones Politicas, Agrupaciones Independientes y Alianzas infractoras, sin perjuicio de las multas y las acciones legales que correspondan. Quinta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Seguridad Ciudadana. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01029-1

Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres -CEPAD, procedio al analisis de la Carta Nº 043-2005CEPAD/MDSMP y sus antecedentes, con el fin de calificar la presunta falta y pronunciarse sobre la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario respecto al ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el presunto hecho de no haber consignado en el Acta de Entrega de Cargo respectiva, ni haber hecho entrega a la actual gestion MORDAZA, de dos Cartas Fianzas que se encontraban bajo su custodia, las cuales presuntamente se habrian sustraidas de la Oficina de Tesoreria de esta entidad edil; Que, mediante el Informe Nº 136-2005-GAF/MDSMP, de fecha 21 de MORDAZA del 2005, la Gerencia de Administracion y Finanzas, senala que la Unidad de Tesoreria con el Informe Nº 352-2005-UT/MDSMP, de fecha 20.06.05 informa que el ex Jefe de Tesoreria, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no hizo entrega de 2 Cartas Fianzas, que se encontraban en custodia de la Oficina de Tesoreria, las mismas que se detallan a continuacion:
Nº CARTA AFIANZADO MONTO S/. 10,159.85 S/. 37,500.00 0011-0340-9800005082-77 BACKGROUND CONSULTORES S.A.C 0011-0340-980000426-77 JKL Contratistas Internacional S.A.C.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Jefe de la Unidad de Tesoreria
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 409-2006 AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 10 de agosto del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Memorandum Nº 210-2006-ALC/MDSMP de Alcaldia, el Informe Nº 41-2006-CEPAD/MDSMP, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los citados valores fueron emitidos por el Banco Continental, a favor de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, apreciandose que la primera tuvo vigencia hasta el 14.6.05 y la MORDAZA tenia vigencia hasta el 31.12.05; Que, sin embargo el Banco Continental le ha comunicado a la empresa JKL Contratistas Internacional S.A.C. que en fecha 8 de junio del 2005, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ordenante de esta Carta Fianza solicito la cancelacion de la misma, haciendo entrega del original de dicha carta, por lo cual el Banco procedio a cancelarla; Que, el Informe Nº 136-2005-GAF/MDSMP, concluye que el hecho expuesto evidencia que el ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sustrajo indebidamente dichos valores y no los consigno en el Acta de Entrega de Cargo, con la finalidad de devolver dichas Cartas Fianzas y MORDAZA canceladas en beneficio de las referidas empresas perjudicando a esta Municipalidad; Que, estos presuntos hechos fueron puestos en conocimiento del despacho de Alcaldia con fecha 10 de agosto del 2005, mediante el Informe Nº 066-2005-GM/ MDSMP, emitido por la Gerencia Municipal; Que, mediante el Informe Nº 118-2005-GM/MDSMP, de 5 de setiembre del 2005, la Gerencia Municipal informa a la Alcaldia la denuncia interpuesta por el Procurador Publico Municipal, por la comision del delito contra la administracion Publica, Peculado en agravio de la esta entidad MORDAZA, por la sustraccion de dos cartas fianzas que se encontraban en custodia de la Oficina de Tesoreria, dirigida contra (i)Lucio MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA de la Municipalidad; (ii) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria; iii) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente del Banco Continental, (iv) MORDAZA MORDAZA Bravo; Que, la Comision concluye que existen indicios que hacen presumir que el ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no consigno en el Acta de Entrega de Cargo respectiva, ni hizo entrega a la actual gestion MORDAZA, de las precitadas Cartas Fianzas, sino que por el contrario presuntamente procedio a sustraerlas de la Oficina de Tesoreria de esta entidad MORDAZA, para presumiblemente devolverlas a las respectivas empresas otorgantes, quienes solicitaron su cancelacion ante el Banco Continental, perjudicando a esta Municipalidad; Que, el referido ex Jefe de la Unidad de Tesoreria presuntamente habria transgredido la Directiva sobre Entrega de Cargo, Directiva Nº 001-96-AL, aprobada por Resolucion de Alcaldia Nº 013-96-AL/MDSMP, de fecha 4 de enero de 1996; Que, asimismo presuntamente habria transgredido el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado con Ordenanza Nº 065-2003-MDSMP, de fecha 8.SET.03, modificado por la Ordenanza Nº 103-MDSMP, del 6.JUL.04, cuyo Articulo 34º, literal a) senala literalmente: "Programar, organizar, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar las actividades del Sistema de Tesoreria, asi como de aquellas acciones dirigidas al funcionamiento de la Unidad de Tesoreria"; d e igual manera presuntamente habria transgredido el Articulo 34º, literal j) del acotado ROF, que textualmente dice: "Mantener actualizado el registro, control y custodia de las fianzas, garantias, polizas de seguros, y otros valores de la Municipalidad";

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