Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2006 (16/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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326372

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 16 de agosto de 2006

las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de ser vicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, segun Informe Nº 0472-2006-MTC/12, de fecha 24 de MORDAZA de 2006, de la Direccion General de Aeronautica Civil, se senala que la empresa Lan Peru S.A., con Carta GM Nº 340.06, presentada el 20 de MORDAZA de 2006, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 11 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Aeronaves), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas para la renovacion de las Constancias de Conformidad a las aeronaves Boeing 767 de matriculas CC-CZU, CC-CIO y CC-CCZ, asi como para la expedicion de la MORDAZA de Conformidad a la aeronave Airbus 319 de matricula CCCPJ, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 16 al 24 de agosto de 2006; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotacion Nº 22096, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs. 1384-2006-MTC/12.04-SDA y 13852006-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, para realizar las inspecciones tecnicas para la renovacion de las Constancias de Conformidad a las aeronaves Boeing 767 de matriculas CC-CZU, CCCIO y CC-CCZ, asi como para la expedicion de la MORDAZA de Conformidad de la aeronave Airbus 319 de matricula CC-CPJ, de la empresa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 16 al 24 de agosto de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 13842006-MTC/12.04-SDA y 1385-2006-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 16 al 24 de agosto de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves del Recibo de Acotacion Nº 22096, abonado a la Direccion d e Te s o r e r i a d e l M i n i s t e r i o d e Tra n s p o r t e s y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos Inspectores) Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos Inspectores) US$ US$ 3,600.00 60.50

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 01093-1

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONAFU
Revocan la Res. Nº 125-2005-CONAFU y disponen aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Empresarial para Negocios Internacionales (U-ADEX)
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU)
RESOLUCION Nº 223-2006-CONAFU MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2006 VISTOS; el expediente administrativo Nº 72120 del 26 de junio del 2003, la Resolucion Nº 151-2003CONAFU de fecha 31 de MORDAZA de 2003, la Resolucion Nº 052-2005-CONAFU de fecha 7 de febrero de 2005, la Resolucion Nº 125-2005-CONAFU de fecha 1 de MORDAZA de 2005, Recurso de Reconsideracion de fecha 2 de agosto de 2005, la Resolucion Nº 147-2005CONAFU del 1 de setiembre del 2005, la Resolucion Nº 239-2005-CONAFU de fecha 21 de diciembre de 2005, la Resolucion Nº 129-2006-CONAFU de fecha 16 de MORDAZA de 2006, Informe de la Comision de Evaluacion y Consolidacion de fecha 24 de MORDAZA de 2006, el Informe Legal Nº 221-2006-CONAFU-CJ de fecha 18 de MORDAZA de 2006, y el Acuerdo Nº 198-2006CONAFU de fecha 21 de MORDAZA del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), de conformidad con lo dispuesto por el articulo 2º, literal "g" de la Ley Nº 26439, tiene la facultad para elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos para la autorizacion provisional o definitiva de funcionamiento, de Escuelas de Postrado no pertenecientes a Universidades y para la evaluacion de universidades con autorizacion provisional; Que, por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de 7 de octubre del 2004, se aprueba el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no per tenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU;

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