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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (16/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 16 de agosto de 2006 326369REPUBLICADELPERU Aduanas Nº 118-10-005628 de fecha 11-Ene-06. La donación será distribuida a favor de personas discapacitadas de escasos recursos económicos, preferentemente de Puno, Lima, Lambayeque, Junín, La Libertad y Ancash; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Free Wheelchair Mission a favor de la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por Free Wheelchair Mission a favorde la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, consistente en 2,350 bultos conteniendo 1,100 bultos con sets de equipos de silla de ruedas (incluye: llantas, inflador de mano, clip, tornillos, parches), 110 cajas conteniendo 1,100 sets de chasis de silla de ruedas x 2 piezas, 1,100 piezas de sillas plásticas, 24 bultos con 900 piezas decojines de esponja de 3", 8 bultos con 100 sets de equiposde herramientas, 2 bultos con 400 piezas de arneses ajustables, 2 bultos con 100 piezas de cámaras neumáticas, 2 bultos con 40 piezas de infladores de pie,y 2 bultos con 100 piezas de llaves extra de 19 mm., conun peso bruto manifestado de 22,000.00 kilos y un peso bruto recibido de 21,560.00 kilos, y con un valor FOB de US$ 33,994.00 (Treinta y tres mil novecientos noventa y cuatro y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-10-005628 de fecha 11-Ene-06. La donación será distribuida a favorde personas discapacitadas de escasos recursoseconómicos, preferentemente de Puno, Lima, Lambayeque, Junín, La Libertad y Ancash. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro delos plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01092-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0975/RE Lima, 10 de agosto de 2006 Visto, el Expediente Nº 4970-2006, presentado por la FUNDACION CUNA NAZARETH mediante el cualsolicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Emmaus International, con sedeen Alfortville, Francia. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la FUNDACION CUNA NAZARETH, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA queconduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada porResolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 20 de diciembre de 2005, legalizada por el Consulado Generaldel Perú en París se observa que, Emmaus International, ha efectuado una donación a favor de la FUNDACION CUNA NAZARETH; Que, los bienes donados consisten en 603 bultos conteniendo 44 bolsas de zapatos, 14 bultos de ropa, 15 computadoras, 1 hornillo a gas, 337 cajas de zapatos, 10 cajas de ropa, 175 cajas de calcetines y 7 baúles metálicos de herramientas, con un peso bruto de 8,200.00 kilos y un valor FOB de 9,666.00 (Nueve mil seiscientos sesenta y seis y 00/100 Euros), la donación será utilizadapara el uso de los niños y niñas de las cunas "Nazareth",Cuna Nazareth "Santa Teresa de Villa", Cuna Nazareth "Delicias de Villa", donaciones a los padres de familia, organizaciones populares e instituciones de bien social entre otras que lo soliciten de acuerdo a sus necesidades; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Emmaus International a favor de la FUNDACION CUNA NAZARETH; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por Emmaus International a favor de la FUNDACION CUNA NAZARETH, consistente en 603 bultos conteniendo 44 bolsas de zapatos, 14 bultos de ropa, 15 computadoras, 1 hornillo a gas, 337 cajas dezapatos, 10 cajas de ropa, 175 cajas de calcetines y 7 baúles metálicos de herramientas, con un peso bruto de 8,200.00 kilos y un valor FOB de 9,666.00 (Nueve milseiscientos sesenta y seis y 00/100 Euros), la donación será utilizada para el uso de los niños y niñas de las cunas "Nazareth", Cuna Nazareth "Santa Teresa de Villa", Cuna Nazareth "Delicias de Villa", donaciones a lospadres de familia, organizaciones populares einstituciones de bien social entre otras que lo soliciten de acuerdo a sus necesidades. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que secontrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro delos plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01092-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0976/RE Lima, 10 de agosto de 2006 Visto, los Expedientes Nº 5565-2005, 7782-2005 y Nº 3465-2006, presentados por la SOCIEDAD