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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (16/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326368El Peruano miércoles 16 de agosto de 2006 solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Free Wheelchair Mission, con sede en Costa Mesa, California, Estados Unidos de América. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 14 de octubre de 2005, legalizado por el Consulado del Perú en Los Angeles se observa que, Free Wheelchair Mission ha efectuado una donación a favor de la MISIONCRISTIANA CAMINO DE VIDA; Que, los bienes donados consisten en 1,175 bultos conteniendo 550 bultos con sets de equipos de silla deruedas (incluye: llantas, inflador de mano, clip, tornillos, parches), 55 cajas conteniendo 550 sets de chasis de silla de ruedas x 2 piezas, 550 piezas de sillas plásticas, 12 bultos con 450 piezas de cojines de esponja de 3",4 bultos con 50 sets de equipos de herramientas, 1 bulto con 200 piezas de arneses ajustables, 1 bulto con 50 piezas de cámaras neumáticas, 1 bulto con 20 piezas de infladores de pie, y 1 bulto con 50 piezas de llaves extra de 19 mm., con un peso bruto manifestado de 11,000.00 kilos y un peso bruto recibido de 10,710.00 kilos, y con un valor FOB de US$ 16,997.00(Diez y seis mil novecientos noventa y siete y 00/100Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-10-189796 de fecha 15- Dic-05. La donación será distribuida a favor depersonas discapacitadas de escasos recursoseconómicos, preferentemente de Lima, Piura, Junín y Tacna; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Free Wheelchair Mission a favor de la MISIONCRISTIANA CAMINO DE VIDA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Free Wheelchair Mission afavor de la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA,consistente en 1,175 bultos conteniendo 550 bultoscon sets de equipos de silla de ruedas (incluye: llantas,inflador de mano, clip, tornillos, parches), 55 cajas conteniendo 550 sets de chasis de silla de ruedas x 2 piezas, 550 piezas de sillas plásticas, 12 bultos con450 piezas de cojines de esponja de 3", 4 bultos con50 sets de equipos de herramientas, 1 bulto con 200piezas de arneses ajustables, 1 bulto con 50 piezas de cámaras neumáticas, 1 bulto con 20 piezas deinfladores de pie, y 1 bulto con 50 piezas de llavesextra de 19 mm., con un peso bruto manifestado de 11,000.00 kilos y un peso bruto recibido de 10,710.00 kilos, y con un valor FOB de US$ 16,997.00 (Diez yseis mil novecientos noventa y siete y 00/100 Dólaresamericanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-10-189796 de fecha 15-Dic-05. La donación será distribuida a favor de personas discapacitadas de escasos recursos económicos, preferentemente de Lima, Piura, Junín y Tacna. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01092-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0974/RE Lima, 10 de agosto de 2006 Visto, el Expediente Nº 7362-2006, presentado por la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, mediante el cualsolicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas(IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Free Wheelchair Mission, con sede en Costa Mesa, California, Estados Unidos deAmérica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 20 de noviembre de 2005, legalizado por el Consulado del Perú en Los Angeles se observa que, Free Wheelchair Mission ha efectuado una donación a favor de la MISIONCRISTIANA CAMINO DE VIDA; Que, los bienes donados consisten en 2,350 bultos conteniendo 1,100 bultos con sets de equipos de silla de ruedas (incluye: llantas, inflador de mano, clip, tornillos,parches), 110 cajas conteniendo 1,100 sets de chasisde silla de ruedas x 2 piezas, 1,100 piezas de sillasplásticas, 24 bultos con 900 piezas de cojines de esponjade 3", 8 bultos con 100 sets de equipos de herramientas, 2 bultos con 400 piezas de arneses ajustables, 2 bultos con 100 piezas de cámaras neumáticas, 2 bultos con 40piezas de infladores de pie, y 2 bultos con 100 piezas dellaves extra de 19 mm., con un peso bruto manifestadode 22,000.00 kilos y un peso bruto recibido de 21,560.00kilos, y con un valor FOB de US$ 33,994.00 (Treinta y tres mil novecientos noventa y cuatro y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de