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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (16/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 16 de agosto de 2006 326361REPUBLICADELPERU Que, en dicho marco, corresponde designar al representante del Ministerio de la Producción ante el Consejo Directivo de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, Nº 27789 y el Decreto Supremo Nº 008- 2006-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Johann Spitzer Cáceres, como representante del Ministerio de la Producción ante el Consejo Directivo de la Comisiónpara la Promoción de Exportaciones - PROMPEX. Artículo 2º.- Remitir al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, así como al Consejo Directivo de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, copiade la presente Resolución Ministerial, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 01039-1 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/G69/G65/G73/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G20/G64/G65/G6C /G74/G61/G62/G61/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 207-2006-PRODUCE Lima, 11 de agosto del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 256-2006- PCM se constituyó la Comisión Multisectorial adscrita al Ministerio de Salud, encargada de elaborar el proyectode normas reglamentarias de la Ley general para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, Nº 28705; Que, el dispositivo legal mencionado en el considerando anterior señala en su artículo 1º que la mencionada Comisión estará conformada por ocho representantes de diferentes instituciones, tantopúblicas como privadas de nuestro país, teniendo queser uno de ellos, representante del Ministerio de la Producción; Que, en dicho marco, corresponde designar al representante del Ministerio de la Producción ante laComisión Multisectorial creada mediante Resolución Ministerial Nº 256-2006-PCM; Que, de conformidad con el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 256-2006-PCM, los representantes de las entidades estatales deberán ser designados mediante Resolución del Titular del Sector; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, Nº 27789 y la Resolución Ministerial Nº 256-2006-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor Javier Antonio Butrón Fuentes, como representante del Ministerio de laProducción, ante la Comisión Multisectorial creadamediante Resolución Ministerial Nº 256-2006-PCM,encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Generalpara la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, Nº 28705. Artículo 2º.- Remitir al Ministerio de Salud, copia de la presente Resolución Ministerial, para los finescorrespondientes.Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 01039-2 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G79 /G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G22/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G48/G69/G64/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2006-PRODUCE Lima, 11 de agosto del 2006 VISTO: El Oficio Nº 750-2006-ITP/DE mediante el cual el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITPpropone la suscripción del Convenio de CooperaciónInterinstitucional entre el Ministerio de la Producción y el Instituto Tecnológico Pesquero - ITP para la ejecución del Programa “Apoyo Alimentario a Centros de EducaciónInicial y Promoción del Consumo de Productos Hidrobiológicos”, para el período agosto-diciembre 2006. CONSIDERANDO: Que, el Plan Estratégico Nacional 2002-2006, aprobado por Decreto Supremo Nº 187-2001-EF , señala como una de las principales prioridades nacionales brindar nutrición, promoción, prevención y complementaciónalimentaria a familias en alto riesgo, en especial a los niños menores de cinco años, madres gestantes y lactantes; Que, la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 066-2004-PCM, señala en el numeral 4.5, entre otros, como Objetivos y Metas Específicas la reducción del porcentaje de prácticas inadecuadas de alimentación y nutrición de 60% a 40% y de los hogares con déficit de acceso calórico de 35,8% a 25%, estableciendo que el Ministerio de la Producción, conjuntamente con el Ministerio deAgricultura, deberá determinar el incremento de la metade superávit de la balanza comercial de alimentos, así como el aumento de la meta en la disponibilidad per cápita diaria de calorías procedentes de alimentos de origennacional en 10%; Que, el Ministerio de la Producción tiene como funciones formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas en materia de industria y pesquería, promoviendo el incremento de la producción así como el uso racional de los recursos, de acuerdo a su Ley de Organización y Funciones, Nº 27789; Que, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 92, Ley del ITP esun organismo público descentralizado y tiene como finalidad promover y realizar investigaciones científicas y tecnológicas con el propósito de lograr el óptimoaprovechamiento de los recursos hidrobiológicos y difundir sus resultados; Que, en concordancia a la política de seguridad alimentaria y las prioridades sectoriales orientadas a promover el consumo de recursos hidrobiológicos y contribuir a la mejora de la nutrición infantil, es conveniente ejecutar el Programa “Apoyo Alimentario a Centros deEducación Inicial y Promoción del Consumo de ProductosHidrobiológicos” a través del Instituto TecnológicoPesquero del Perú; Que, el Memorando Nº 838-2006-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planificación y Presupuestocontiene el Informe Técnico Nº 21-2006-PRODUCE/OPIRy el Informe Presupuestal Nº 314-2006/OGPP-OP ,mediante los cuales se indica que el Convenio es viabley existe saldo presupuestal disponible para financiar el Convenio propuesto por el ITP; Que, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Nº 28411, Ley del Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, Nº 28652, y