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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (31/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 31 de agosto de 2006 327127REPUBLICADELPERU S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera BONITO de matrícula CO-15315-PM de 313.47 m3 con permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 524-97-PE yResolución Directoral Nº 140-2003-PRODUCE/DNEPP , en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; hasta el momento en el que la embarcaciónpesquera a denominarse MARTINICA materia de autorización de incremento de flota otorgada por Resolución Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPPobtenga el respectivo permiso de pesca y se encuentre en condiciones de realizar faenas de pesca; para lo cual deberá considerarse posteriormente lo establecidoen el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2002- PRODUCE. El referido cambio de titular fue aprobado en atención a la solicitud presentada con escrito deregistro Nº CE-00042002 del 8 de febrero del 2001 y 28 de octubre del 2003; y sobre todo en virtud a la Escritura Publica de Cesión de Derechos yObligaciones de Compra Venta y Arrendamiento Financiero de la embarcación suscrita con fecha 20 de junio del 2000; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursossardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel ( Trachurus picturatus murphy ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus ) serán destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humanodirecto y/o indirecto sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la IndustriaConservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidasen la citada resolución; Que en virtud a la autorización de incremento de flota otorgado por Resolución Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPP modificada por Resolución Directoral Nº 037-2005-PRODUCE/DNEPP del 25 de enero del 2005, en conformidad al procedimiento 1 del Texto Únicode Procedimientos Administrativos del Ministerio, la empresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A., a través de los escritos del visto, solicita permiso de pesca paraoperar la embarcación pesquera MARTINICA de matrícula CO-22951-PM, en la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumohumano directo e indirecto; Que de acuerdo a la evaluación efectuado a los documentos presentados, se determina que la empresarecurrente ha encausado su solicitud de permiso de pesca, en virtud al derecho administrativo de autorización de incremento de flota otorgado porResolución Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPP modificada por Resolución Directoral Nº 037-2005- PRODUCE/DNEPP; y que a su vez ha presentado losrequisitos establecidos en el procedimiento 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicadopor Resolución Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; por lo que correspondería otorgar el permiso de pesca solicitado, en el marco de la normatividad pesquera yadministrativa vigente; precisando que la embarcación MARTINICA de matrícula CO-22951-PM, cuenta con 199.80 m3 de capacidad de bodega, según consta enlos Certificados de Matrícula y de Arqueo expedidos por la Autoridad Marítima; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 252- 2006-PRODUCE/DGEPP-Chi y con la opinión favorabledel Área Legal de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobadopor Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolución Ministerial Nº 341-2005- PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;y Vigilancia y Oficina de Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensay Juzgado Civil de Paita, debiendo consignarse en el Portal de la página web del Ministerio de la Producción www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 01595-5 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G61/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G4D/G61/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G61/G6E/G63/G68/G6F/G76/G65/G74/G61/G20/G79/G20/G73/G61/G72/G64/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 254-2006-PRODUCE/DGEPP Lima, 2 de agosto del 2006 Visto los escritos de registro N° 00035095, del 30 de mayo, 26 de junio y 6 de julio del 2006, presentados por la empresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A. CONSIDERANDO: Que conforme a los artículos 43° y 44° del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, para la operación de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o jurídicas requerirán delpermiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción) otorga a plazo determinadopara el desarrollo de las actividades pesqueras y a nivel nacional; Que por Resolución Directoral Nº 217-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 25 de julio del 2003, se otorgó a CORPORACIÓN DEL MAR S.A., autorización de incremento de flota, vía sustitución de igual capacidadde bodega, para la construcción de una embarcación pesquera a denominarse MARTINICA de 313.47 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservación abordo RSW, equipadas con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de los recursosanchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto; otorgándose para dicha autorización un plazo de vigencia de 18 meses, conformea lo establecido en el artículo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que la autorización de incremento de flota antes citada, se dio en aplicación del derecho de sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera BONITO de matrícula CO-15315-PM, presentada por laempresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A, en virtud del Contrato de Asociación en Participación celebrado el 7 de febrero del 2001, entre la citada empresa yPESQUERA DIAMANTE S.A.; y ratificado por el Banco EL COMERCIO en su condición de arrendador financiero de la mencionada embarcación; Que posteriormente a través de la Resolución Directoral Nº 037-2005-PRODUCE/DNEPP del 25 de enero del 2005, se modificó los artículos 1º y 2º de laResolución Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPP , otorgándose a CORPORACIÓN DEL MAR S.A., autorización de incremento de flota, vía la ejecuciónparcial de la indicada Resolución, y sustitución de igual capacidad de bodega, para la construcción de una embarcación pesquera de 200.00 m3 de capacidad debodega, autorizado a extraer los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano directo e indirecto, la que deberá efectuarse conforme al plazoestablecido en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, contado a partir de la entrada en vigencia de la citada Resolución; Que asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 125-2005-PRODUCE/DNEPP del 12 de mayo del 2005, se aprobó a favor de PESQUERA DIAMANTE