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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (31/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 31 de agosto de 2006 327135REPUBLICADELPERU razonabilidad y de privilegios de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes. Estando a lo opinado por la Dirección de Registros y Autorizaciones en Memorándum Nº 4126-2006-MTC/15.02 y por la Asesoría Legal de la Dirección General de Circulación Terrestre en Informe Nº 1113-2006-MTC/ 15.AL. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444-Leydel Procedimiento Administrativo General, Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791-Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia a la habilitación vehicular de los ómnibus de placas de rodaje Nºs. VG- 6934 y VG-1141 de conformidad con lo dispuesto en el literal d) del artículo 91º del Reglamento Nacional deAdministración de Transportes. Artículo Segundo.- Otorgar a favor de EXPRESO ANTEZANA HNOS. S.A., la concesión interprovincialpara efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Huancayo-Ayacucho y viceversa, por el período de diez (10) años, contados apartir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA : HUANCAYO - AYACUCHO y viceversa ORIGEN : HUANCAYODESTINO : AYACUCHO ITINERARIO : IZCUCHACA - ANCO - MAYOC - HUANTA ESCALA COMERCIAL : HUANTA FRECUENCIAS : T res (3) semanales en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº VG-6934 (2004) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº VG-1141 (1996) HORARIOS : Salidas de Huancayo, los días lunes, miércoles y viernes a las 20:00 horas. Salidas de Ayacucho, los martes,jueves y sábado a las 20:00 horas. Artículo Tercero.- La Dirección de Registros y Autorizaciones deberá inscribir la presente autorización en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Artículo Cuarto.- EXPRESO ANTEZANA HNOS. S.A., deberá presentar el Certificado de Operatividad vigente del ómnibus de placa de rodaje Nº VG-1141 previa a la emisión del Certificado de Habilitación Vehicular. Artículo Quinto.- La presente Resolución deberá ser publicada por EXPRESO ANTEZANA HNOS. S.A. en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta(30) días calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidió la orden de publicación. Artículo Sexto.- EXPRESO ANTEZANA HNOS. S.A., iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fechade publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se declarará la caducidad de la concesióninterprovincial. Artículo Sétimo.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Registros yAutorizaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK P . ALLEMANT F . Director General Dirección General de Circulación Terrestre 00696-1/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G45/G78/G70/G69/G64/G65/G6E/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G4F/G63/G74/G61/G76/G6F /G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G7A/G20/G4C/G65/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F/G2C/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 254-2006-CNM Lima, 16 de agosto de 2006VISTO: La solicitud de la doctora Sunciona Cavero Flores, de fecha 24 de julio de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previstopor el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de laLey Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, la doctora Sunciona Cavero Flores, mediante escrito de fecha 24 de julio de 2006, solicita la expedición del título de Juez del Octavo Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, al haber sido reincorporada endicho cargo, mediante Resolución Administrativa Nº 182- 2006-P-CSJL/PJ, de fecha 15 de mayo de 2006, expedida por el Presidente de la Corte Superior de Justicia deLambayeque; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 10 de agostode 2006, y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica delConsejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Expedir el título de Juez del Octavo Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, a favor de la doctora SUNCIONA CAVERO FLORES. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 01576-1 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G68/G61/G20/G72/G65/G63/G6F/G62/G72/G61/G64/G6F/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 /G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G48/G75/G61/G6D/G61/G6E/G67/G61/G2C/G20 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 258-2006-CNM Lima, 17 de agosto de 2006VISTO: El Oficio Nº 0558-2006-P-CSJAY/PJ, de fecha 24 de julio de 2006, del Presidente encargado de la CorteSuperior de Justicia de Ayacucho; y,