Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (31/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 31 de agosto de 2006 327137REPUBLICADELPERU ONPE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G65/GF1/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/GE9/G64/G75/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G66/G72/G61/G67/G69/G6F /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G73/G20 /G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 202-2006-J/ONPE Lima, 29 agosto de 2006 VISTOS; el Memorando Nº 606-2006-GFCE/ONPE, de la Gerencia de Formación y Capacitación Electoral;el Informe Nº 071-2006-GGE/ONPE, de la Gerencia deGestión Electoral, mediante el cual propone a estedespacho la aprobación de los diseños de la cédula desufragio municipal con las especificaciones técnicas que lo caracterizan, para las Elecciones Municipales 2006; así como el Informe Nº 009-2006-CMSC-MABB-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 721-2006-GAJ/ONPE, ambosde fecha 28 de agosto de 2006, de la Gerencia deAsesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la Oficina Nacionalde Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo laorganización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su LeyOrgánica; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, es funciónde la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividadvigente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzode 2006, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales 2006, para el día domingo 19 de noviembre de 2006; Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de agostode 2006, se prohíbe a las entidades del sector públicocomprendidas en los anexos de la Ley Nº 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, la impresión, fotocopiado y publicaciones a colorpara efectos de comunicaciones y/o documentos de todotipo, debiendo éstos efectuarse en blanco y negro; Que, el artículo 2º del citado decreto establece que el titular de la entidad, o quien éste delegue podrá autorizar, excepcionalmente, impresos a color para los casos debidamente justificados; Que, con fecha 15 de agosto, mediante Resolución Jefatural Nº 187-2006-J/ONPE, se delegó a la Gerentede Formación y Capacitación Electoral de la OficinaNacional de Procesos Electorales, la función de autorizar, excepcionalmente, impresos a color para los casos debidamente justificados; Que, visto el Memorando Nº 606-2006-GFCE/ONPE, la Gerente de Formación y Capacitación Electoralautoriza excepcionalmente, la impresión a todo color delas cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2006; Que, el artículo 159º de la Ley Orgánica de Elecciones establece que corresponde a la ONPE determinar lascaracterísticas de las cédulas de sufragio, disponer lorelacionado con la impresión y distribución de las mismasen la forma que estime más conveniente, así como las indicaciones ilustrativas que debe llevar la cédula para facilitar el voto al elector; Que, asimismo, el literal b) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE dispone que esfunción de la ONPE diseñar la cédula de sufragio,actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de losprocesos a su cargo;Que, de conformidad con el literal g) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de laONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 154-2006-J/ONPE, es función de la Gerencia de GestiónElectoral elaborar el diseño gráfico de la cédula desufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral, incorporando las especificaciones técnicas, en el marco de los contenidos propuestos porla Gerencia de Planificación y Desarrollo Electoral, yproponer dichos materiales a la Jefatura Nacional parasu aprobación; Que, asimismo, el literal e) del artículo 9º del citado reglamento dispone que es función de la Jefatura de la ONPE aprobar el diseño de la cédula de sufragio, actaselectorales, formatos y cualquier otro material electoral; Que, de conformidad con el artículo 165º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el diseño y elprocedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizacionespolíticas, agrupaciones independientes y candidatosdentro de los dos (2) días naturales después del cierrede la inscripción de candidaturas. La ubicación de lascandidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público; Que, asimismo, mediante la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28869, Ley que Promueve laParticipación de la Juventud en las Listas de RegidoresProvinciales y Municipales, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de agosto de 2006, se amplió el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción decandidatos a alcaldes y regidores ante los JuradosElectorales Especiales, hasta el 30 de agosto delpresente año, por lo que la fecha de publicación del diseñode la cédula, ha sido modificada; Que, por otro lado, cabe precisar que la ubicación de los bloques de las organizaciones políticaspresentada es el resultado del sorteo de ubicación deéstos en la cédula de sufragio para las EleccionesMunicipales 2006, llevado a cabo el día 22 de agostodel presente año, conforme a la Resolución Jefatural Nº 186-2006-J/ONPE; En uso de las atribuciones que se le confieren a la Jefa de la ONPE por el artículo 182º de la ConstituciónPolítica del Perú, y en mérito a las normas legales yreglamentarias referidas, y con el visado de la Gerenciade Asesoría Jurídica, Gerencia de Planificación y Desarrollo Electoral, y de la Gerencia de Gestión Electoral; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio provincial, para las Elecciones Municipales 2006, cuyo formato aparece en el anexo 1, el cual forma parteintegrante de la presente resolución. Artículo 2º.- El formato del modelo de cédula de sufragio provincial, a que se refiere el artículo precedente,tiene las especificaciones técnicas consignadas en elanexo 2, que forma parte integrante de la presenteresolución. Artículo 3º.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio provincial-distrital, para las Elecciones Municipales 2006, cuyo formato aparece en el anexo 3, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 4º.- El formato del modelo de cédula de sufragio provincial-distrital, a que se refiere el artículoprecedente, tiene las especificaciones técnicasconsignadas en el anexo 4, que forma parte integrantede la presente resolución. Artículo 5º.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, delRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las organizaciones políticas participantes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa NacionalOficina Nacional de Procesos Electorales