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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (08/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de diciembre de 2006 334226 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 6597-12 Ratifican a Vicecomandante General y Presidente del Consejo Nacional de Disciplina del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú para el período 2007-2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2006-PCM Lima, 6 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el inciso 2 del artículo 7º y el artículo 18º de la Ley Nº 27067 - Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, corresponde al Consejo de O fi ciales Generales de dicha Entidad elegir al Vicecomandante General y al Presidente del Consejo Nacional de Disciplina, quienes deben ser rati fi cados por el Poder Ejecutivo mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en reunión de fecha 26 de noviembre de 2006, el Consejo de O fi ciales Generales del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú eligió al Vicecomandante General y al Presidente del Consejo Nacional de Disciplina de dicha Entidad para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008, elecciones que corresponden rati fi car; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27067 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-99-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ratifi car al Brigadier General C.B.P. ROBERTO OGNIO BALUARTE como Vicecomandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008. Artículo 2º.- Ratifi car al Brigadier General C.B.P. JUAN GONZALO LOSTAUNAU SILVA como Presidente del Consejo Nacional de Disciplina del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 6581-1 Autorizan a procurador encargado de la defensa y representación judicial de PROINVERSIÓN interponer acciones legales para garantizar el normal desarrollo del proceso de promoción de la inversión privada en tierras eriazas del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2006-PCM Lima, 6 de diciembre de 2006Visto el O fi cio N° 212-2006/DE-OAJ-PROINVERSIÓN del Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Informe Legal N° 339-2006-OAJ-ENA y el O fi cio N° 805-2006-PCM/PRO del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO:Que diversas personas han remitido cartas a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, solicitando la suspensión de la venta de tierras pertenecientes al Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, ubicadas en La Libertad y Lambayeque, adjuntando copia de escrituras públicas de compra venta donde intervienen como parte vendedora la Comunidad Campesina de Lagunas y como comprador cada uno de los remitentes; Que el Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña es el titular inscrito del derecho de propiedad de las tierras aludidas en las cartas remitidas a PROINVERSIÓN, siendo un acto irregular la supuesta transferencia de propiedad operada entre la comunidad y las personas que han solicitado a PROINVERSIÓN la suspensión de la venta de tierras pertenecientes al Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña; Que la existencia de estas cartas, las escrituras públicas anexadas y la intención de impedir la venta, hacen necesario tomar las medidas correspondientes para garantizar el normal desarrollo del proceso de promoción de la inversión privada en tierras eriazas del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, a cargo de PROINVERSIÓN; Que en virtud de la Resolución Ministerial N° 159- 2002-JUS se encargó a la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros la defensa de los derechos e intereses de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, por las razones expuestas resulta procedente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 17537 modi fi cado por el Decreto Ley N° 17667 y la Resolución Ministerial N° 159-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros encargado de la defensa y representación judicial de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN a interponer las acciones legales correspondientes, por los hechos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2°.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 6581-2 ECONOMÍA Y FINANZAS Otorgan garantía del Estado Peruano en respaldo de obligaciones y otros contenidos en el Contrato de Concesión del Primer Grupo de Aeropuertos de Provincia de la República del Perú, a celebrarse con Aeropuertos del Perú S.A. DECRETO SUPREMO Nº 192-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA