Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2006 (08/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 7º.- Ejecucion del gasto y cierre presupuestal Los procesos vinculados a la gestion presupuestaria en cada entidad, para los fines de las etapas de la ejecucion del gasto y cierre presupuestal correspondiente al ano fiscal 2006, continuan normalmente su desarrollo conforme a las normas presupuestarias vigentes. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 6597-10

Nº 28411 y modificatorias, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica, la Ley Nº 28411Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modificatorias y la Ley Nº 28652 -Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; Con la opinion favorable de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencia Autorizar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a efectuar una transferencia financiera a favor de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, hasta por la suma de S/. 219 499,00 (Doscientos Diecinueve Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 002 Vivienda y Urbanismo del citado Ministerio, Actividad 1.000060 "Asistencia a instituciones privadas y publicas", para la elaboracion de diagnostico de demanda remanente de la informalidad en zonas focalizadas del MORDAZA y que en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Del Convenio Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Transferencia Financiera de Recursos a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, quedando facultado el Viceministro de Vivienda y Urbanismo a suscribir el referido Convenio. Articulo 3º.- De la responsabilidad El Coordinador Nacional de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI y el Gerente General de dicha entidad seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio citado en el articulo 2º del presente Decreto Supremo. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas Anexo DEMANDA PRESUPUESTAL (En Nuevos Soles)
Detalle 1 Diagnostico de la informalidad en zonas focalizadas del MORDAZA y/o conos de MORDAZA Diagnostico lotes en MORDAZA Diagnostico lotes en Provincia 2500 7500 10000 11.95 25.28 29875 189624 219499 N° de Lotes Costo Unit. Total (S/.)

Autorizan transferencia financiera del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal
DECRETO SUPREMO N° 194-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 ­Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones el disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; Que, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, es una entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en virtud del Decreto Supremo Nº 019-2006-VIVIENDA que tiene como funciones desarrollar acciones vinculadas con la formalizacion de la propiedad predial las que forman parte de la Politica Nacional de Vivienda que desarrolla el citado Ministerio; Que, mediante el Informe Tecnico de COFOPRI de fecha 07 de noviembre de 2006, adjunto al Oficio Nº 3562006-COFOPRI/GG se senala que es prioritario efectuar el diagnostico de demanda remanente de la informalidad y la verificacion de lotes abandonados en diversas zonas focalizadas del MORDAZA a efecto de identificar la titularidad de los terrenos y predios del Estado y suministrar el banco de datos de terrenos disponibles para impulsar la ejecucion de programas y proyectos de vivienda y saneamiento; Que, la Direccion Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo a traves del Informe Nº 248-2006-VIVIENDA/VMVU-DNV, senala que las acciones a ser desplegadas por COFOPRI seran de importancia para la implementacion de los lineamientos de politica de vivienda, dado que permitiran el planteamiento de diversas modalidades de intervencion para reducir el deficit habitacional tanto cuantitativo como cualitativo a realizar a fin de atender las demandas habitacionales de la poblacion; Que, la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, que modifica el numeral 75.2 del articulo 75º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley

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