Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2006 (12/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de diciembre de 2006

Articulo 1º.- Objeto Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 38 481 185,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006
DECRETO SUPREMO N° 197-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se aprueba entre otros, el Presupuesto de los Pliegos Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerio de Energia y Minas, respectivamente; Que, la Ley N° 28750 - Ley que Autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006 y dicta otras medidas, incluye el numeral 7.4 al articulo 7° de la Ley N° 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; Que, el numeral 7.4 del articulo 7°, senalado en el considerando anterior, establece que cuando de la evaluacion periodica de los recursos previstos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo", contemplada en el Articulo 3° de la Ley N° 28653, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplicara el procedimiento establecido en el numeral 7.1 del citado articulo, es decir, dicha aprobacion sera mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, teniendo en consideracion la evaluacion de la ejecucion al cierre del ejercicio fiscal del presupuesto del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, por la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo, se determina la existencia de recursos de libre disponibilidad que permitiria financiar una Transferencia de Partidas del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego Ministerio de Energia y Minas, para financiar la ejecucion del "Programa de Mejoramiento de la Electrificacion Rural mediante la Aplicacion de Fondos Concursables" a ser ejecutada por la Unidad de Gerencia - Proyecto FONER del Pliego Ministerio de Energia y Minas, en vista que este Proyecto es prioritario para el Sector Energia y Minas; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 7.4 del articulo 7° de la Ley N° 28653 modificada por la Ley N° 28750; DECRETA: Articulo 1°.- Autorizacion de Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, hasta por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS UN MIL CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 901 045,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA : PLIEGO : 001 UNIDAD EJECUTORA : 008 FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO FTE. DE FTO. Gobierno Central Presidencia del Consejo de Ministros Modernizacion y Descentralizacion del Estado : 03 Administracion y Planeamiento : 006 Planeamiento Gubernamental : 0021 Organizacion y Modernizacion Administrativa : 015159 Apoyo a la Modernizacion y Descentralizacion del Estado : 12 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 00 RECURSOS ORDINARIOS 1.0.0. 1.8.0 1.8.1 1.8.1.023 INGRESOS CORRIENTES OTROS INGRESOS CORRIENTES INGRESOS DIVERSOS Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado TOTAL DE INGRESOS 38 481 185,00 38 481 185,00 38 481 185,00 38 481 185,00 -------------------38 481 185,00 ============

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO 006 UNIDAD EJECUTORA 001 FUNCION 02 PROGRAMA 003 SUBPROGRAMA 0006 ACTIVIDAD 002145 : : : : : : : Gobierno Central Ministerio de Justicia Oficina General de Administracion Justicia Administracion Administracion General Transferencias al Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado FEDADOI

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

00

: RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 4 Otros Gastos Corrientes TOTAL EGRESOS

38 481 185,00 -------------------38 481 185,00 ===========

Articulo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Credito Suplementario, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Articulo 3º.- Notas de Modificacion La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Credito Suplementario, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente MORDAZA, las mismas que seran aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego, debiendo presentar, MORDAZA de la Resolucion, dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 6650-5

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