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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de diciembre de 2006 334350 Que, corresponde el nombramiento como Representante Permanente del Perú ante el Fondo Internacional para el Desarrollo Rural (FIDA) al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana, al señor Carlos Roca Cáceres; Teniendo en cuenta el Mensaje Cablegrá fico Nº DELEPERUFAO20060174, de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), de 28 de noviembre de 2006; y el Memorándum (PRO) Nº PRO1087/2006, de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 29 de noviembre de 2006; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 64º inciso a); y la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Primero.- En vía de regularización, nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana, señor Carlos Roca Cáceres, como Representante Permanente del Perú ante el Fondo Internacional para el Desarrollo Rural (FIDA), a partir del 1 de diciembre de 2006. Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6650-18 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 449-2006-RE Lima, 11 de diciembre de 2006Vista la Resolución Suprema Nº 412-2006-RE, de 7 de noviembre de 2006, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana, al señor Carlos Roca Cáceres; Vista la Resolución Ministerial Nº 1390-RE, de 11 de noviembre de 2006, que fija el 1 de diciembre de 2006, como la fecha en la que deberá asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, corresponde el nombramiento como Representante Permanente del Perú ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA) al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana, al señor Carlos Roca Cáceres; Teniendo en cuenta el Mensaje Cablegrá fico Nº DELEPERUFAO20060174, de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), de 28 de noviembre de 2006; y el Memorándum (PRO) Nº PRO1087/2006, de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 29 de noviembre de 2006; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 64º inciso a); y la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República;Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Primero.- En vía de regularización, nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana, señor Carlos Roca Cáceres, como Representante Permanente del Perú ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA), a partir del 1 de diciembre de 2006. Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6650-19 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Brasil para participar en la XLVI Reunión Ordinaria del FCCP RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1480/RE Lima, 11 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que mediante la Decisión 39/03, del 15 de diciembre de 2003, el Consejo del Mercado Común del MERCOSUR estableció los mecanismos y modalidades de la participación del Perú como Estado Asociado a dicho bloque, en las reuniones de la estructura institucional del mismo, que comprende, entre otros foros negociadores, el “Foro de Consulta y Concertación Política”; Que el Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP), es el mecanismo institucional del MERCOSUR que permite canalizar el diálogo político entre los países miembros, resultado de la profundización del proceso de integración, y de sistematizar la cooperación política, la cual abarca todos los campos que no forman parte de la agenda económica y comercial; Que el 12 de diciembre de 2006 se llevará a cabo en Brasilia, la XLVI Reunión Ordinaria del Foro de Consulta y Concertación Política del MERCOSUR y Estados Asociados; Que la presente reunión reviste especial importancia para nuestro país, toda vez que en dicho marco se tiene previsto abordar, entre otros temas, el contenido de la Declaración a ser suscrita por los mandatarios del MERCOSUR y Estados Asociados con ocasión de la próxima Cumbre del bloque, que se llevará a cabo los días 18 y 19 de enero de 2007, en la ciudad de Brasilia. Asimismo, en esta ocasión se continuará análisis y debate de temas trascendentales para el fortalecimiento del MERCOSUR en sus aspectos social, jurídico, institucional, así como las relaciones con terceros países y bloques; Que mediante Resolución Ministerial N° 0246-2006- RE, de 3 de marzo de 2006, se designó al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Vallejo Martell, Director General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, como Coordinador Nacional Alterno del Perú ante el FCCP; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del delegado que participará en la referida reunión; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº SAE0719/2006, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, de 4 de diciembre de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo