Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2006 (12/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 12 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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de San MORDAZA, en la cuenta recaudadora del fideicomiso administrado por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE como fiduciario, incluida su actualizacion sobre la base del Indice Acumulado de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, por el monto de CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 47 278 125,00).

III.

Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Los Recursos por Operaciones Oficiales de Credito hasta por el monto de CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 272 990 479,00), que comprende los recursos provenientes de creditos internos y externos y se distribuye de la siguiente manera: a) Para el Gobierno Nacional asciende a la suma de CINCO MIL CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 005 842 790,00). Para los gobiernos regionales asciende a la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 135 780,00). Para los gobiernos locales asciende a la suma de CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES ONCE MIL NOVECIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 183 011 909,00).

V.2 Contribuciones a Fondos Los recursos por Contribuciones a Fondos hasta por el monto de MIL OCHOCIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 810 544 668,00), que comprende, principalmente, los aportes obligatorios correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, las transferencias del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales y los aportes del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, asi como las contribuciones para la asistencia previsional a que se refiere la Ley Nº 28046. V.3 Fondo de Compensacion Municipal Los recursos por Fondo de Compensacion Municipal hasta por el monto de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 484 804 707,00), que comprende la recaudacion MORDAZA del Impuesto de Promocion Municipal, del Impuesto al Rodaje y del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 776 y demas normas modificatorias y complementarias. V.4 Impuestos Municipales Los recursos por Impuestos Municipales hasta por el monto de SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 774 807 826,00), que comprende la recaudacion del Impuesto Predial, Alcabala, al Patrimonio Vehicular, entre los principales. CAPITULO II DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Articulo 2º.- MORDAZA normativo de la estabilidad presupuestaria La estabilidad de la ejecucion del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 se sustenta en la observancia de las disposiciones previstas en la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, Ley Nº 27245 y sus modificatorias, y la Ley de Descentralizacion Fiscal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 955, modificado por la Ley Nº 28572. Articulo 3º.- Reglas Establecese reglas a las que se sujeta la ejecucion presupuestaria de todas las entidades senaladas en el articulo 2º numerales 1 y 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, para la consecucion de la estabilidad presupuestaria: a) Se mantiene durante la ejecucion del Presupuesto del Sector Publico una situacion de equilibrio, entendida en terminos de capacidad de financiacion, de acuerdo con las estimaciones

b)

c)

IV.

Donaciones y Transferencias Las Donaciones y Transferencias hasta por el monto de TRESCIENTOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 320 776 341,00), que comprende los recursos financieros no reembolsables recibidos por el Estado, provenientes de entidades publicas o privadas, personas juridicas o naturales, domiciliadas o no en el MORDAZA y se distribuye de la siguiente manera: a) Para el Gobierno Nacional asciende a la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 254 675 129,00). Para los gobiernos locales asciende a la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO UN MIL DOSCIENTOS DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66 101 212,00).

b)

V.

Recursos Determinados Los Recursos Determinados hasta por el monto de NUEVE MIL CIENTO TRECE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 113 794 286,00), que comprende los rubros siguientes: V.1 Canon y Sobrecanon, Regalias, Rentas de Aduanas y Participaciones LosrecursosporCanonySobrecanon,Regalias, Rentas de Aduanas y Participaciones hasta por el monto de CUATRO MIL CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 043 637 085,00), que comprende los ingresos por concepto de Canon Minero, Canon Gasifero, Canon y Sobrecanon Petrolero, Canon Hidroenergetico, Canon Pesquero y Canon Forestal; las Regalias; los recursos por Participacion en Rentas de Aduanas provenientes de las rentas recaudadas por las aduanas maritimas, aereas, postales, fluviales, lacustres y terrestres, en el MORDAZA de la regulacion correspondiente, y los depositos que efectua la Direccion Nacional del Tesoro Publico ­ DNTP, a nombre del Gobierno Regional

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