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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de diciembre de 2006 334336 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 356-2006-PCM Mediante O ficio Nº 560-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 356-2006-PCM, publicada en la edición del día 7 de diciembre de 2006. En el Artículo 1º.-DICE:... del 13 al 14 de diciembre de 2006,DEBE DECIR:... del 12 al 13 de diciembre de 2006,En el Artículo 4º.-DICE:..., a partir del 13 de diciembre de 2006DEBE DECIR:..., partir del 12 de diciembre de 2006 6649-1 AGRICULTURA Declaran concluido Proceso de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Específicas en Materia Agraria y facultades a los Gobiernos Regionales de Ancash, Junín, Lima y Tacna RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1463-2006-AG Lima, 6 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones en materia agraria, entre otras, las que corresponden a los Gobiernos Regionales, se desarrollan en base a las políticas regionales y en concordancia con la política nacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el año 2004, en el que se incluyeron cuatro (4) funciones especí ficas en materia agraria (incisos “a”, “d”, “h”, “i” del artículo 51º de la Ley Nº 27867), a ser transferidas previo cumplimiento de las disposiciones que establece la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Ley Nº 28273 – Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, ha establecido el ciclo del proceso de acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, para efectivizar la transferencia de las funciones sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0665- 2006-AG publicado el 3 de agosto del 2006, se declaró concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Especí ficas en Materia Agraria y facultades a diversos Gobiernos Regionales; conforme al Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004 y al Ciclo del Proceso de Acreditación del mismo año, quedando pendiente la transferencia de algunas funciones especí ficas a los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ancash, Junín, Lima y Tacna;Que, mediante Resolución Presidencial Nº 033- CND-P-2005 se aprobó la Directiva Nº 002-CND-P-2005 que estableció el procedimiento para efectivizar la transferencia de funciones especí ficas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales incluidas en el Plan Anual de Transferencia, disponiendo que los sectores son responsables de dictar las Resoluciones Ministeriales y las normas pertinentes, necesarias para formalizar la transferencia del personal, bienes y acervo documentario vinculados a las funciones sectoriales; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050- CND-P-2005 se aprobó la Directiva Nº 003-CND-P-2005 “Normas para la ejecución de la transferencia del año 2005 a los Gobiernos Regionales y Locales de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión en Infraestructura de alcance Regional y Funciones Sectoriales incluidos en el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, estableciéndose por Resolución Presidencial Nº 026-CND-P-2006, la aplicación de la Resolución Presidencial Nº 033-CND-P-2005 para la efectivización de transferencia de funciones especí ficas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales; Que, el Consejo Nacional de Descentralización mediante el O ficio Múltiple Nº 252-2006-CND/ST de fecha 14 de febrero del 2006, comunicó los resultados del proceso de acreditación para la transferencia de funciones sectoriales a cada uno de los Gobiernos Regionales correspondientes al Plan Anual de Transferencia 2004, en la que están comprendidos los Gobiernos Regionales de Ancash, Junín, Lima y Tacna, que han sido acreditados según el detalle del Anexo Nº 01 de la presente Resolución Ministerial; Que, mediante Resoluciones Ejecutivas Regionales Nºs. 0223-2006-REGIÓN ANCASH/PRE, 247-2006-GR-JUNÍN/PR, 176-2006-PRES, 383-2005 y 048-2006-PR/G.R.TACNA de fechas 30 de marzo, 25, 19 de abril del 2006, 25 de octubre del 2005 y 3 de febrero de 2006, respectivamente, los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ancash, Junín, Lima y Tacna, conformaron las Comisiones de Transferencia Regional; Que, mediante O ficio Múltiple Nº 318-2006-AG-DVM de fecha 17 de mayo del 2006, se conformó la Subcomisión de Trabajo de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de Agricultura, responsabilizándose de la implementación del procedimiento para efectivizar la Transferencia de Funciones Especí ficas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, incluidas en el Plan Anual de Transferencia; Que, mediante O ficio Nº 441-2006-AG-UCAD/CEN del 22 de noviembre de 2006, el Responsable de la Subcomisión de Trabajo, ha informado sobre la culminación del proceso de efectivización de la transferencia de las funciones especí ficas del Ministerio de Agricultura a cuatro (4) Gobiernos Regionales, cuyo producto son las facultades que corresponden a los Gobiernos Regionales y al Ministerio de Agricultura según detalle del Anexo Nº 02; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 25902, Ley Nº 27867, Ley Nº 28273, Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, en concordancia al Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Especí ficas en Materia Agraria y facultades, a los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ancash, Junín, Lima y Tacna; conforme al Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004 y al Ciclo del Proceso de Acreditación del 2005, de acuerdo a los Anexos Nºs. 01 y 02, respectivamente, que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28273, aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, la O ficina General de Plani ficación Agraria, la Dirección General de Promoción Agraria y los Gobiernos Regionales anteriormente señalados, deberán adecuar sus instrumentos institucionales y de gestión en virtud de la transferencia de las funciones especí ficas y facultades