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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (12/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de diciembre de 2006 334321 es aplicable al Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, el Seguro Social de Salud – ESSALUD y Petróleos del Perú S.A. – PETROPERU, y se aprueban según sus normas legales.Dichos montos deben publicarse antes del 1 de enero de 2007 en el Diario O ficial El Peruano. CAPÍTULO IV IMPLEMENTACIÓN DEL PRESUPUESTO POR RESULTADOS Artículo 10º .- De la Implementación del Presupuesto por Resultados Establécese la aplicación de la gestión presupuestaria basada en resultados, promoviendo en su etapa de incorporación, instrumentos tales como la programación presupuestaria estratégica, metas físicas, indicadores de resultados y el desarrollo de pruebas piloto de evaluación. Artículo 11º .- Programación Estratégica y la medición de resultados 11.1 La Programación Presupuestaria Estratégica se efectuará a través de los Pliegos Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Gobiernos Regionales y RENIEC, en el presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2007. Los lineamientos y las metodologías son desarrollados por la Dirección Nacional de Presupuesto Público – DNPP. 11.2 Se priorizará a favor de la infancia, la implementación de la Mejora de Calidad de Gasto y la Gestión por Resultados, para las siguientes actividades: a) Registro de nacimientos y de identidad. b) Atención de la mujer gestante.c) Atención del niño menor de cinco años.d) Atención de enfermedades diarreicas agudas y enfermedades respiratorias agudas. e) Atención de neonato menor de veintinueve días. f) Control de asistencia de profesores y alumnos. g) Atención educativa prioritaria a niños y niñas de 5 a 7 años. h) Formación matemática y comprensión de lectura al final del primer ciclo de primaria. i) Supervisión, Monitoreo, Asesoría Pedagógica y Capacitación a Docentes. j) Atención a infraestructura escolar en condiciones de riesgo. k) Abastecimiento de agua segura y vigilancia y control de la calidad de agua para consumo. 11.3 Para efecto del párrafo anterior la DNPP en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros, establecerán las metas físicas nacionales, regionales y locales a ser alcanzadas para las actividades prioritarias a que se re fiere el párrafo anterior, en función de las atribuciones que le atorga el artículo 3º de la Ley N° 28411, establecerá los programas piloto y los respectivos indicadores de resultados conjuntamente con los ministerios señalados en el párrafo 11.1 a ser evaluados durante el Año Fiscal 2007. Con tal objeto, los Pliegos presupuestarios están obligados a sustentar las modi ficaciones de sus presupuestos institucionales sobre la base de la información generada por los indicadores de desempeño y los nuevos programas. Artículo 12º .- Sistema de evaluación 12.1 A partir del año 2007, se introduce en la fase de Evaluación Presupuestal nuevos instrumentos de aplicación a la evaluación de los programas piloto sobre la gestión por resultados. Las evaluaciones son utilizadas para realizar correctivos en los procesos o en la gestión de los programas seleccionados. Los documentos de evaluación, conforme a la Directiva de Evaluación emitida por la DNPP, serán remitidos a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República a través del Ministerio de Economía y Finanzas. 12.2 El Congreso de la República, a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, podrá establecer la lista de programas e instituciones a ser evaluados en forma independiente con la participación de las universidades y del Sector Privado. 12.3 Los gobiernos regionales y los gobiernos locales deberán iniciar el desarrollo de la Programación Estratégica y los indicadores de desempeño, a fin de aportar información para la gestión basada en resultados. Para este fin, la DNPP brindará la asistencia que corresponde a fin de dar cumplimiento al presente objetivo. Artículo 13º .- Evaluación por Monitoreo Participativo del Gasto Establécese de manera experimental, los instrumentos para el Monitoreo Participativo del Gasto en el nivel descentralizado en el Ejercicio Fiscal del 2007. La DNPP identi fica la información necesaria y diseña los procedimientos a seguir y, como resultado de las pruebas piloto, de ser el caso, ampliará su aplicación progresiva. Artículo 14º .- Responsable de la implementación progresiva del presupuesto por resultados y la transparencia 14.1 La DNPP del Ministerio de Economía y Finanzas es la responsable de diseñar e implementar la gestión presupuestaria por resultados. Para estos efectos, créase una unidad especial que en un plazo de dos (2) meses, elabore un Plan de Trabajo, el mismo que incluye los instrumentos a ser desarrollados, los plazos de implementación y los mecanismos a través de los cuales se evalúan los avances en dicha implementación. Dichos avances son informados a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República. 14.2 La DNPP desarrolla los mecanismos necesarios para la transparencia de toda la información relacionada a los instrumentos de una gestión presupuestaria por resultados. Para estos efectos, queda facultada a desarrollar en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF un sitio especí fico que contenga todo lo relacionado a la gestión del proceso presupuestario del Sector Público. Artículo 15º .- Implementación del presupuesto por resultados y las fases del presupuesto público La Programación Presupuestaria Estratégica se introduce en todo el Sector Público en el proceso de programación del presupuesto de 2008, como instrumento especí fico orientado a la articulación de los planes estratégicos sectoriales e institucionales con la programación presupuestal. Los lineamientos y las metodologías son desarrollados por la DNPP en un plazo de ciento veinte (120) días calendario. Los indicadores de resultados son de uso obligatorio para las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y para los gobiernos locales. La DNPP desarrolla la difusión de la información sobre los indicadores de desempeño formulados por los diferentes Pliegos en el marco del proceso presupuestario 2007. Asimismo, los Pliegos presupuestarios están obligados a sustentar sus proyectos de presupuesto y ejecución sobre la base de la información generada por los indicadores de resultados y las evaluaciones especí ficas. Artículo 16º.- Rol del Instituto Nacional de Estadística e Informática El Instituto Nacional de Estadística e Informática coordina con el Ministerio de Economía y Finanzas y las entidades del Gobierno Nacional, la recolección de