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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Lima, sábado 16 de diciembre de 2006 334690 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 655- 2006-OS/CD Lima, 12 de diciembre de 2006 VISTO: El Memorándum Nº SG/JARU-756-2006 de la Secretaría General de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios, por el cual solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, la aprobación de la publicación del “Procedimiento de Veri fi cación de Cumplimiento de las Resoluciones emitidas por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERG”. CONSIDERANDO:Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referida a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a través de resoluciones; Que, según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora; Que, el inciso 3) del artículo 20º de la Resolución del Consejo Directivo de OSINERG Nº 312-2004-OS/CD - Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios, establece como función de la Secretaría General de dicho órgano la supervisión de la ejecución de las resoluciones emitidas por las Salas que la integran e iniciar, de ser el caso, los correspondientes procesos sancionadores. Que, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 8º y el artículo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobación del procedimiento antes mencionado se requiere su prepublicación en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Secretaría General de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios. SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar la prepublicación del Proyecto “Procedimiento de Veri fi cación de Cumplimiento de las Resoluciones emitidas por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERG”, cuyo texto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERG o vía correo electrónico a dirjaru@osinerg.gob.pe dentro de los quince (15) días calendario contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoPROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR LA JUNTA DE APELACIONES DE RECLAMOS DE USUARIOS DE OSINERG Lima, 15 de noviembre de 2006I. OBJETIVO La presente Directiva tiene por objeto implementar el Proceso de Veri fi cación de Cumplimiento de las resoluciones emitidas por las distintas Salas de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERG en las que existe al menos un extremo a favor del usuario del servicio público de electricidad o distribución de gas natural. II. ALCANCE La presente Directiva es de observancia obligatoria para todas las entidades que brindan servicios públicos de electricidad y distribución de gas natural bajo el ámbito de competencia de OSINERG, así como para los usuarios de dichos servicios públicos. III. BASE LEGAL • Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos. • Ley Nº 27632 - Ley que modi fi ca la función normativa de OSINERG. • Ley Nº 27699 - Ley de Fortalecimiento Institucional de OSINERG. • Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas. • Reglamento General de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. • Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios, aprobado por la Resolución del Consejo Directivo de OSINERG Nº 312-2004-OS/CD. IV. PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE CUMPLI- MIENTO DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS Y MANDATOS CONTENIDOS EN LAS RESOLUCIONES EMITIDAS POR LAS SALAS DE LA JUNTA DE APELACIONES DE RECLAMOS DE USUARIOS 1.- Las resoluciones de las Salas de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios por las que la autoridad administrativa impone a las empresas concesionarias una serie de obligaciones a favor de los usuarios, establecen un plazo para que dichas empresas informen del cumplimiento de estas resoluciones. 2.- Una vez noti fi cadas las resoluciones emitidas por las Salas de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios, las empresas concesionarias deben dar cabal cumplimiento al mandato contenido en ellas, debiendo informar a la Secretaría General de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios del cumplimiento de éstas dentro del plazo concedido de forma expresa por la autoridad administrativa para tal efecto. En dicho informe de cumplimiento las empresas concesionarias deberán remitir toda la información necesaria (fotografías, planos, archivos magnéticos, bases de datos, informes de inspección, reportes, estados de cuenta, detalle de cálculos matemáticos con indicación de las fórmulas empleadas, entre otra documentación e información que resulte pertinente, según el caso) para que la autoridad administrativa cuente con toda la información necesaria para veri fi car el efectivo cumplimiento de las resoluciones emitidas por las Salas de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios.ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN EN ENERGÍA Proyecto “Procedimiento de Verificación de Cumplimiento de las Resoluciones emitidas por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios de OSINERG”PREPUBLICACIÓN