Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2006 (16/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

334673

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas que establecen importe de arbitrios de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines y serenazgo para el ano 2007 en el distrito de La MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 397 MORDAZA, 12 de diciembre de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de diciembre del ano en curso el Oficio N° 001-090-00003769 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 131, modificada por la Ordenanza Nº 132, que establece el importe de los arbitrios de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2007 en el distrito de La Molina; CONSIDERANDO: Que, los articulos Nºs. 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA el procedimiento para MORDAZA, ratificacion y publicacion de Ordenanzas Tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA, mediante la Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, la Ordenanza Nº 727, modificada y ampliada por la Ordenanza Nº 952, publicada el 24-606 y por la Ordenanza Nº 977 publicada el 1-10-2006, que establecio el plazo excepcional hasta el 23 de octubre de 2006 para la MORDAZA de solicitudes de ratificacion. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion, remitiendolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por lo que de conformidad con las Ordenanzas referidas en el parrafo anterior y las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion Jurada, segun el Inc. b) del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 607-MML y el Inc. d) del articulo 4º de la Ordenanza Nº 952-MML, concluyendo segun Informe N° 004-082-00000542, que procede la ratificacion de las mencionadas Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos por las sentencias del Tribunal Constitucional. De acuerdo con las opiniones del Servicio deAdministracion Tributaria - SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 2482006-MML/CMAEDO, por sus fundamentos, los mismos que se encuentran en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 131, modificada por la Ordenanza Nº 132, que establece el importe de los arbitrios de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines y serenazgo correspondiente al

ejercicio 2007 en el distrito de La MORDAZA para el ano 2007, dado que cumple con los criterios de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/TC. Articulo Segundo.- Dejar MORDAZA que el presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el 31 de diciembre de 2006, conforme lo establece la Ley de Tributacion Municipal y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente N° 00053-2004-PI/ TC, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas N° 131 y 132. Por otro lado, la aplicacion de las Ordenanzas, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la citada Municipalidad Distrital, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada, conforme lo dispuesto por las Ordenanzas Nºs. 607-MML y 952-MML Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 6765-1

Ratifican Ordenanza que establece MORDAZA legal y disposiciones para calculo de Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2007 en el distrito de Los MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 398 MORDAZA, 12 de diciembre de 2006 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de diciembre del ano en curso el Oficio N° 001-090000003770 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 250-CDLO que establece el MORDAZA legal y las disposiciones para el calculo de los arbitrios de recoleccion de residuos solidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2007 en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA el procedimiento para MORDAZA, ratificacion y publicacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de MORDAZA, mediante la Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, la Ordenanza Nº 727, modificada y ampliada por la Ordenanza Nº 952, publicada el 24-06-06 y por la Ordenanza Nº 977 publicada el 01-10-2006, que establecio el plazo excepcional hasta el 23 de octubre de 2006 para la MORDAZA de solicitudes de ratificacion. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por lo que de conformidad con las Ordenanzas referidas en el parrafo anterior y las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en los expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el Servicio de Administracion Tributaria-SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de

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