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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (16/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de diciembre de 2006 334687 RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 1741-2006/MDV-GR Ventanilla, 14 de noviembre de 2006EL GERENTE DE RENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe N° 554-2006/MDV-SGRC, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Control, y el Convenio de Fraccionamiento N° 002880 de fecha 17 de marzo de 2005, suscrito por don ARANA ADANTO, HERNAN JORGE, contribuyente de este distrito, mediante el cual se fracciona la deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial de los años 2001 al 2004. CONSIDERANDO: Que, es obligación de la Administración Municipal, cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes; Que, teniendo deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial de los años 2001 al 2004, el contribuyente don ARANA ADANTO, HERNAN JORGE, con domicilio en la Mz. K Lt. 08 A.H. La Paz del distrito de Ventanilla, reconoce la deuda y solicita acogerse al bene fi cio de fraccionamiento de dicha deuda, la misma que es otorgada por esta Administración Municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 36º del TUO del Código Tributario; Que, en mérito al bene fi cio otorgado el contribuyente don ARANA ADANTO, HERNAN JORGE, suscribe el Convenio de Fraccionamiento N° 002880 de fecha 17 de marzo de 2005 por S/. 164.48 nuevos soles, correspondiente al Impuesto Predial de los años 2001 al 2004, no habiéndose cumplido por parte del contribuyente con las condiciones de pago establecidas en el convenio referido; Que, mediante Informe N° 554-2006MDV-SGRC, la Subgerencia de Recaudación y Control indica que ha noti fi cado mediante Carta N° 1722-2005/MDV-DR- URC de fecha 17 de octubre de 2005 y la Carta N° 296-2006/MDV-DR-URC de fecha 5 de mayo de 2006 a dicho contribuyente para que cumpla con el pago de la deuda tributaria pendiente sin que hasta la fecha se haya cumplido con el pago de la misma; Que, el TUO del Código Tributario prescribe en el último párrafo del artículo 36º que: “El incumplimiento de las condiciones bajo las cuales se otorgó el aplazamiento y/o fraccionamiento, conforme a lo establecido en las normas reglamentarias, dará lugar automáticamente a la ejecución de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortización e intereses pendientes de pago”. En consecuencia debe dejarse sin efecto el convenio de fraccionamiento N° 002880 de fecha 17 de marzo de 2005 y derivarse al Ejecutor Coactivo para que de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley N° 26979 y su modi fi catoria Ley N° 28165 “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, se encargue de la cobranza de la deuda tributaria pendiente de pago. Estando a lo expuesto; con la visación y conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Subgerencia de Recaudación y Control y en el ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolución de Alcaldía N° 414-2003/ MDV-ALC; RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la pérdida del bene fi cio de fraccionamiento de la deuda tributaria contenida en el Convenio de Fraccionamiento N° 002880 por concepto de Impuesto Predial de los años 2001 al 2004, suscrita por el contribuyente don ARANA ADANTO, HERNAN JORGE, con domicilio en la Mz. K Lt. 08 A.H. La Paz del distrito de Ventanilla, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La deuda pendiente de pago, es como se detalla a continuación:CUOTA PENDIENTE DE PAGO ACTUALIZACIÓN TOTAL S/. N° MONTO S/. VENCIMIENTOFACTOR REAJUSTE + TIMMORA E INTERES % 2da. 38.16 17.5.05 1.1938 1.1520 52.47 3ra. 38.16 17.6.05 1.1938 1.1520 52.47 S/. 104.94 Liquidación al: 31 de octubre de 2006 Artículo 3º.- Disponer que la Subgerencia de Recaudación y Control remita el Convenio de Fraccionamiento N° 002880 a la O fi cina de Cobranza Coactiva para que se proceda a la cobranza de la deuda tributaria pendiente de pago, incluido los intereses y otros gastos, por la vía coactiva. Regístrese, comuníquese y archívese. NESTOR FLORES MONTERO GerenteGerencia de Rentas 6897-7 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASCENSION Aprueban Plan Urbano Distrital de Ascensión, en la provincia y Región de Huancavelica ORDENANZA MUNICIPAL N° 12-2006/MDA EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASCENSIÓN VISTO:El dictamen, emitido por la Presidencia de la Comisión de Organización del Espacio Físico – Uso de Suelos, Tránsito, Viabilidad y Transporte Público, que aprueba la Ordenanza Municipal del Plan Urbano Distrital del distrito de Ascensión; y, POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Ascensión en Sesión Extraordinaria de fecha 14 de noviembre del presente año, en atención al Dictamen y Proyecto de Ordenanza Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el artículo 194° de nuestra Carta Magna, modi fi cado mediante Ley N° 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración con estricta sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece: Funciones especí fi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales (...) numeral 3.1. Aprobar el plan urbano o rural distrital, según corresponda, con sujeción al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia; Que en el artículo 23º del Decreto Supremo Nº 027-03- VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, establece que a las Municipalidades Distritales corresponde la formulación y aprobación de su Plan Urbano; Que, la Ordenanza Municipal Nº 001-2006/MPH, emitida el 28 de febrero del 2006, de la Municipalidad Provincial de Huancavelica que aprueba el Pan de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ascensión;