Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2006 (16/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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dicho MORDAZA, dejando los aportes reglamentarios a los que se encuentren afectos. Articulo 4°.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo no mayor de 30 dias calendario contados a partir de la fecha de su notificacion. Articulo 5°.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA, a la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y a la administrada para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MARIELLA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 6770-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Prorrogan Beneficios de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias a que se refiere las Ordenanzas N°s. 120 y 123-MDA
DECRETO DE ALCALDIA N° 048 Ate, 30 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; la Ordenanza N° 120-MDA, que establece el Beneficio de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias, el Informe N° 302-06-GR/MDA de la Gerencia de Rentas, el Proveido N° 3881-06-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal, el Informe N° 3056-06-GAJ/ MDA de la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191° establece que las municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza N° 120-MDA de fecha 21 de MORDAZA de 2006, y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 28 de MORDAZA de 2006, se establecio el Beneficio de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias, respecto a las deudas contraidas con la Municipalidad Distrital de Ate por concepto de Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento; asi como por Multas Administrativas. Que, la Ordenanza Municipal MORDAZA indicada en su MORDAZA Disposicion Complementaria faculta al Senor MORDAZA para que dicte normas complementarias asi como prorrogue por medio de Decreto de Alcaldia, la vigencia del beneficio otorgado. Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ordenanza N° 120-MDA, prorrogo la vigencia de la Ordenanza N° 115-MDA, teniendo en consideracion la MORDAZA Disposicion Complementaria de esta MORDAZA, que faculta al Senor MORDAZA para que dicte normas complementarias asi como prorrogue por medio de Decreto de Alcaldia, la vigencia del beneficio otorgado. Que, mediante Ordenanza N° 123-MDA de fecha 28 de agosto de 2006 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 8 de setiembre de 2006, se prorrogo los beneficios establecidos en la Ordenanza N° 120-MDA hasta el 15 de setiembre de 2006. Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 032 de fecha 14 de setiembre de 2006, el Decreto de Alcaldia N° 036 de fecha 29 de setiembre de 2006, Decreto de Alcaldia N° 043 de fecha 31 de octubre de 2006 y Decreto de Alcaldia N° 045 de fecha 15 de noviembre de 2006, se prorrogo la vigencia

de la Ordenanza N° 120-MDA, hasta el 30 de setiembre, 31 de octubre de 2006, el 15 de noviembre de 2006 y 30 de noviembre de 2006, respectivamente. Que, la presente administracion considera por conveniente el otorgamiento de las mayores facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias pendientes de pago, respecto al Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, Tasa de Licencia de Funcionamiento; asi como por Multas Administrativas, cuyas deudas se hayan generado hasta el 31 de diciembre del ano 2005. Que, resulta pertinente ampliar los plazos de vencimiento de la Ordenanza N° 120-MDA, en vista de la situacion socioeconomica por la que atraviesan las personas naturales y juridicas, sujetos pasivos de los tributos que administra la Municipalidad Distrital de Ate, siendo necesario se expida la presente norma. Que, mediante Informe N° 3056-06-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es procedente emitir el Decreto de Alcaldia que disponga la prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 120-MDA. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20° de la ley organica de municipalidades n° 27972; SE DECRETA: Articulo 1°.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza N° 120-MDA, ampliada por la Ordenanza N° 123-MDA, y los Decretos de Alcaldia N° 032, Nºs. 036, 043 y 045-06-MDA, hasta el 26 de diciembre de 2006, respecto a los Beneficios de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias establecidos en la referida norma. Articulo 2°.- PRECISAR, que los beneficios establecidos en la Ordenanza N° 115-MDA, respecto a la obligatoriedad de MORDAZA de Declaracion Jurada de Actualizacion de Datos, quedan prorrogados hasta el 26 de diciembre de 2006. Articulo 3°.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion, Agencias Municipales de MORDAZA, Huaycan y MORDAZA MORDAZA y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6875-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Declaran la inaplicabilidad de los articulos 7º y 8º del D.U. Nº 19-2005 en la jurisdiccion distrital de Comas
ORDENANZA Nº 215-C/MC Comas, 30 de octubre de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre del 2006, el Dictamen de la Comision de Asuntos Juridicos que Aprueba la Ordenanza que Declara la Inaplicabilidad de los articulos 7º y 8º del Decreto de Urgencia N° 19-2006 en la Jurisdiccion Distrital de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191° numeral 12 de la Constitucion Politica del Peru modificado por Ley N° 28607, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de octubre del 2005, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el articulo II de la Ley N° 27972 - Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con los articulos 3°, 43°, 38° y 51° de la Constitucion Politica del Peru, establece que nuestro MORDAZA es un estado social y democratico de

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