Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2006 (16/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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RESOLUCION DE GERENCIA N° 1036-2006/MDV-GR Ventanilla, 24 de octubre de 2006

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2006

EL GERENTE DE RENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe N° 554-2006/MDV-SGRC, emitido por la Sub Gerencia de Recaudacion y Control, y el Convenio de Fraccionamiento N° 0001046 de fecha 5 de junio de 2002, suscrito por MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PAZ, MARLITH, contribuyente de este Distrito, mediante el cual se fracciona la deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001; CONSIDERANDO: Que, es obligacion de la Administracion Municipal, cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes; Que, teniendo deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001, el contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PAZ, MARLITH, con domicilio en la Mz. R Lt. 02 Asoc. Viv. MORDAZA MORDAZA del Distrito de Ventanilla, reconoce la deuda y solicita acogerse al beneficio de fraccionamiento de dicha deuda, la misma que es otorgada por esta Administracion Municipal de acuerdo a lo establecido en el articulo 36º del TUO del Codigo Tributario; Que, en merito al beneficio otorgado el contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PAZ, MARLITH, suscribe el Convenio de Fraccionamiento N° 0001046 de fecha 5 de junio de 2002 por S/.113.00 nuevos soles, correspondiente al Impuesto Predial de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001, no habiendose cumplido por parte del contribuyente con las condiciones de pago establecidas en el convenio referido; Que, mediante Informe N° 554-2006MDV-SGRC, la Subgerencia de Recaudacion y Control indica que ha notificado mediante Carta N° 898-2003/MDV-DR-URC de fecha 6 de agosto de 2003 y la Carta N° 429-2005/ MDV-DR-URC de fecha 15 de marzo de 2005 a dicho contribuyente para que cumpla con el pago de la deuda tributaria pendiente sin que hasta la fecha se MORDAZA cumplido con el pago de la misma; Que, el TUO del Codigo Tributario prescribe en el ultimo parrafo del articulo 36º que: "El incumplimiento de las condiciones bajo las cuales se otorgo el aplazamiento y/o fraccionamiento, conforme a lo establecido en las normas reglamentarias, MORDAZA lugar automaticamente a la ejecucion de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortizacion e intereses pendientes de pago". En consecuencia debe dejarse sin efecto el convenio de fraccionamiento N° 0001046 de fecha 5 de junio de 2002 y derivarse al Ejecutor Coactivo para que de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley N° 26979 y su modificatoria Ley N° 28165 "Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva", se encargue de la cobranza de la deuda tributaria pendiente de pago. Estando a lo expuesto; con la visacion y conformidad de la Gerencia de Asesoria Juridica y la Sub Gerencia de Recaudacion y Control y en el ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Alcaldia N° 414-2003/ MDV-ALC; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la perdida del beneficio de fraccionamiento de la deuda tributaria contenida en el Convenio de Fraccionamiento N° 0001046 por concepto de Impuesto Predial de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001, suscrita por el contribuyente MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PAZ, MARLITH, con domicilio en la Mz. R Lt. 02 Asoc. Viv. MORDAZA MORDAZA del Distrito de Ventanilla, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La deuda pendiente de pago, es como se detalla a continuacion:
CUOTA PENDIENTE DE PAGO N° 1ra MONTO S/. 63.00 VENCIMIENTO 07.07.02 ACTUALIZACION FACTOR REAJUSTE + TIM 3.4271 MORDAZA E INTERES % 1.1290 TOTAL S/. 243.75 S/. 243.75

Articulo 3º.- Disponer que la Subgerencia de Recaudacion y Control remita el Convenio de Fraccionamiento N° 0001046 a la Oficina de Cobranza Coactiva para que se proceda a la cobranza de la deuda tributaria pendiente de pago, incluido los intereses y otros gastos, por la via coactiva. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Rentas 6897-2 RESOLUCION DE GERENCIA N° 1037-2006/MDV-GR Ventanilla, 24 de octubre de 2006 EL GERENTE DE RENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe N° 554-2006/MDV-SGRC, emitido por la Subgerencia de Recaudacion y Control, y el Convenio de Fraccionamiento N° 0001659 de fecha 9 de octubre de 2002, suscrito por don VINCES MORDAZA, MORDAZA, contribuyente de este distrito, mediante el cual se fracciona la deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001. CONSIDERANDO: Que, es obligacion de la Administracion Municipal, cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes; Que, teniendo deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001, el contribuyente don VINCES MORDAZA, MORDAZA, con domicilio en la Mz. A' Lt. 05 Asoc. Viv. MORDAZA MORDAZA del distrito de Ventanilla, reconoce la deuda y solicita acogerse al beneficio de fraccionamiento de dicha deuda, la misma que es otorgada por esta Administracion Municipal de acuerdo a lo establecido en el articulo 36º del TUO del Codigo Tributario; Que, en merito al beneficio otorgado el contribuyente don VINCES MORDAZA, MORDAZA, suscribe el Convenio de Fraccionamiento N° 0001659 de fecha 9 de octubre de 2002 por S/.113.00 nuevos soles, correspondiente al Impuesto Predial de los anos 1998, 1999, 2000 y 2001, no habiendose cumplido por parte del contribuyente con las condiciones de pago establecidas en el convenio referido; Que, mediante Informe N° 554-2006MDV-SGRC, la Subgerencia de Recaudacion y Control indica que ha notificado mediante Carta N° 423-2005/MDV-DR-URC de fecha 15 de marzo de 2005 a dicho contribuyente para que cumpla con el pago de la deuda tributaria pendiente sin que hasta la fecha se MORDAZA cumplido con el pago de la misma; Que, el TUO del Codigo Tributario prescribe en el ultimo parrafo del articulo 36º que: "El incumplimiento de las condiciones bajo las cuales se otorgo el aplazamiento y/o fraccionamiento, conforme a lo establecido en las normas reglamentarias, MORDAZA lugar automaticamente a la ejecucion de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortizacion e intereses pendientes de pago". En consecuencia debe dejarse sin efecto el convenio de fraccionamiento N° 0001659 de fecha 9 de octubre de 2002 y derivarse al Ejecutor Coactivo para que de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley N° 26979 y su modificatoria Ley N° 28165 "Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva", se encargue de la cobranza de la deuda tributaria pendiente de pago. Estando a lo expuesto; con la visacion y conformidad de la Gerencia de Asesoria Juridica y la Subgerencia de Recaudacion y Control y en el ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Alcaldia N° 414-2003/ MDV-ALC; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la perdida del beneficio de fraccionamiento de la deuda tributaria contenida en el

Liquidacion al: 15 de setiembre de 2006

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