Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2006 (16/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2006

y de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica; y, CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional con fecha 14 de noviembre del 2006 expidio una Sentencia en el Expediente Nº 3741-2004-A.A./TC, mediante la cual declaro que todo cobro que se MORDAZA establecido al interior de un procedimiento administrativo como condicion o requisito previo a la impugnacion de un acto de la propia administracion publica, es contrario a los derechos constitucionales, al debido MORDAZA de peticion y de acceso a la tutela jurisdiccional y que, por tanto, las normas que lo autorizan son nulas y no pueden exigirse desde la publicacion de tal sentencia; Que, las sentencias del Tribunal Constitucional son vinculantes desde el dia siguiente de su publicacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 204° de la Constitucion Politica del Peru; Que, estando a lo expuesto se deben de realizar las modificaciones que resulten necesarias en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 102; Que, en uso de las atribuciones conferidas en los Articulos 9°, Numeral 8) y 41° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFICAR, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 102, en el sentido de dejar sin efecto los Codigos en los que se establece el pago de Tasas para la interposicion de Recursos de Reconsideracion, Apelacion y cualquier Recurso Impugnatorio. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6766-3

Municipalidad de Lince, el Organo de Control Institucional concluye en presuntas responsabilidades de indole penal, en el ex Jefe de Abastecimiento, de conformidad a lo establecido en los articulos 397º y 427º del Codigo Penal tipificado como Negociacion Incompatible y Contra la Fe Publica, en relacion a la adquisicion de bienes y servicios para la ejecucion de obras, en consecuencia corresponde al Concejo Municipal aprobar la autorizacion al Procurador Publico Municipal a fin de que inicie las acciones judiciales que correspondan; Por estas consideraciones, de acuerdo al Informe Nº 667-2006-GAJ-MDL y con las facultades establecidas en el numeral 1 del articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta por; ACUERDA: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico Municipal para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, inicie las acciones judiciales conforme lo recomendado en el Informe Especial Nº 003-2006MDL-OCI emitido por el Organo de Control Institucional, derivado del Examen Especial efectuado a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, periodo 2003-2004. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6782-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Establecen Beneficios Tributarios a contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 141-2006/ML Lurin, 6 de diciembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurin visto en Sesion Extraordinaria celebrada en la fecha; el Informe Nº 245-2006-GAT/ML, de la Gerencia de Administracion Tributaria sobre la aprobacion del Beneficio Tributario a las Deudas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional establece que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendoles a los Concejos Municipales, las funciones normativas que establece el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la cual la ejercen mediante Ordenanzas. Que, el articulo 41º del Codigo Tributario establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley y que excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administre. Que, es politica de la actual gestion municipal establecer medidas y facilidades extraordinarias que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias, dada la situacion y las dificultades de indole economico que atraviesan los contribuyentes del distrito Lurin, tomando en consideracion que existe voluntad de la poblacion de regularizar sus deudas de caracter tributario. Que, el Director de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 707-2006-OAJ/ML es de la opinion que la presente Ordenanza se derive a Sesion de Concejo para su aprobacion. De conformidad a lo dispuesto por el articulo 9º numerales 8) y 9) y del Articulo 40º de la Ley Organica

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunto responsable de la comision de delitos de negociacion incompatible y contra la fe publica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2006-MDL Lince, 25 de noviembre del 2006 VISTO: En la 1era. Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Especial Nº 003-2006-MDL-OCI del Organo de Control Institucional, sobre autorizacion al Procurador Publico Municipal para iniciar acciones judiciales; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º inciso 23 de la Ley Organica de Municipalidades establece como una atribucion del Concejo Municipal autorizar al Procurador Publico Municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el Organo de Control Interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; Que, el Organo de Control Institucional de la Municipalidad de Lince, ha emitido el Informe Especial Nº 003-2006-MDL-OCI como resultado del Examen Especial practicado a la Direccion de Desarrollo MORDAZA correspondiente al periodo 2003-2004; Que, el Informe Especial Nº 003-2006-MDL-OCI practicado a la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la

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