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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de diciembre de 2006 335700 como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, de acuerdo al numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por Ley Nº 28652, se establece, entre otros, que son consideradas también Transferencias Financieras las que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de inversión de saneamiento, aprobando las referidas Transferencias Financieras mediante resolución del Titular del Pliego que será obligatoriamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley Nº 28652, y, la Directiva N° 001-2006-EF/76.01- Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006 aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por un monto total de S/. 479 337,00 ( Cuatrocientos setenta y nueve mil, trescientos treinta y siete con 00/100 Nuevos Soles) a favor de SEDA HUANUCO S.A., para ejecutar la obra de saneamiento “Recuperación de la capacidad de Producción del Sistema de Agua Potable de la Localidad de Tingo Maria”, con Código SNIP N° 12782. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto institucional modi fi cado para el año fi scal 2006 de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento – PARSSA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1.000060 “Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas”, en la fuente Recursos Ordinarios, y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co de Financiamiento respectivo a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y SEDA HUANUCO S.A. Artículo 4º.- Autorícese al Viceministro de Construcción y Saneamiento a suscribir en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el Convenio Especí fi co con SEDA HUÁNUCO S.A. para viabilizar la transferencia autorizada mediante la presente Resolución. Artículo 5°.- El Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, será el responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio Especi fi co. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 10252-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 507-2006-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre del 2006CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de fi nanciar los proyectos de inversión que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversión en saneamiento que serán ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por las Empresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75° de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley 28652, sólo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales – EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley N° 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico N° 046-2006- VIVIENDA/VMCS/PARSSA, el PROGRAMA DE APOYO A LA REFORMA DEL SECTOR SANEAMIENTO – PARSSA ha emitido opinión favorable a la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA - EPS TACNA S.A., para la ejecución del componente de agua potable del Proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución por la suma total de S/. 1 006 528,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley Nº 28652, la Ley N° 28880, la Directiva N° 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01, y la Disposición Final Única de la Ley N° 28919; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 1 006 528,00 (UN MILLÓN SEIS MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA - EPS TACNA S.A. para la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto descrito en el referido Anexo, quedando prohibido que la EPS TACNA S.A. efectúe anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 28880. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2006 de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1. 000060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3°.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co de Financiamiento del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y EPS TACNA S.A. Artículo 4°.- La Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento, será responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede.