Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2006 (02/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 2 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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IDENTIFICACION ESTANDAR DE MORDAZA EN SALUD Nº 003 USUARIO DE SALUD EN EL SECTOR SALUD INDICE 1. 2. 3. 4. OBJETIVOS BASE LEGAL AMBITO DE APLICACION DISPOSICIONES ESPECIFICAS

4.2.2 El codigo unico de usuario consta de once (11) digitos, cuya estructura es la siguiente: Mayores y Menores de edad, con documento de identidad Numero Total de digitos MORDAZA de documento de identidad Numero del documento de identidad Numero sufijo "00" 11 01 08 02 digitos digito digitos digitos

Menores de edad sin documento de identidad Numero Total de digitos 11 digitos MORDAZA de documento de identidad de la MORDAZA o tutor 01 digito Documento de identidad de la MORDAZA o tutor 08 digitos Numero de hijo de nacimiento o adopcion 02 digitos Extranjeros en MORDAZA Pasaporte o documento de identidad extranjero reconocido por el Estado. Para asignar el valor del MORDAZA de documento de identidad, se adjunta la siguiente tabla: Valor 1 2 3 4 Documento de Identidad DNI Carne de extranjeria Pasaporte Documento de identidad extranjero

4.1. De la Denominacion Estandar de Usuario de Salud 4.2. De la Codificacion Estandar de Usuario de Salud 4.3. De los Usos del Identificador Estandar de Usuario de Salud 5. 6. RESPONSABILIDADES DISPOSICIONES FINALES

ANEXO 1 DEFINICIONES 1. OBJETIVOS 1.1. Establecer el MORDAZA normativo para la identificacion (denominacion y codificacion) estandar de Usuario de Salud. 1.2. Establecer los usos de la identificacion estandar de usuario de salud en los procesos institucionales y sectoriales. 2. BASE LEGAL 2.1. Constitucion Politica del Peru. 2.2. Ley Nº 26842 - Ley General de Salud. 2.3. Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud. 2.4. Decreto Supremo Nº 014-2002-SA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud. 3. AMBITO DE APLICACION La presente identificacion estandar de MORDAZA en salud es de aplicacion nacional en todas las entidades privadas y publicas del sector salud, por tanto, tiene alcance a todos los establecimientos de salud y servicios medicos de apoyo; asi como tambien, en las unidades administrativas de los niveles local, regional y nacional de dichas entidades. 4. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 4.1. De la Denominacion Estandar de Usuario de Salud Para el caso de nacionales se denomina al usuario de salud por su nombre completo de acuerdo a lo consignado en el documento nacional de identidad (DNI) por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC). Para el caso de extranjeros residentes lo consignado en el Carnet de Extranjeria por el Ministerio del Interior (MININTER); Para los extranjeros en MORDAZA lo consignado en su pasaporte; y para los menores de edad sin DNI, lo consignado en su partida de nacimiento. 4.2. De la Codificacion Estandar de Usuario de Salud 4.2.1 El usuario de salud se identifica mediante un codigo unico y se caracteriza por ser: - Universal, de modo que todo Usuario de Salud es identificado en cualquier lugar del territorio nacional. - Unico, el numero identifica a un Usuario de Salud y solo a el. - Invariable a traves del tiempo. - Permanente una vez generado, no podra ser eliminado. - Preserva la identidad del usuario.

El numero del documento de identidad personal para el caso de nacionales es el DNI que emite el RENIEC y consta de ocho digitos (8). Para el caso de extranjeros es el carnet de extranjeria que emite el Ministerio del Interior y consta de ocho digitos (8). Para extranjeros en MORDAZA es el pasaporte o el documento de identidad extranjero. 4.2.3 El codigo unico del usuario de salud se expresa siempre con 11 digitos, ejemplo: 11974012600 (once digitos). 4.3. De los Usos del Identificador Estandar de Usuario de Salud 4.3.1. La identificacion estandar de usuario de salud es de uso obligatorio en las entidades del sector salud, en los siguientes casos: - Registro de todos los procesos relacionados con la atencion del MORDAZA en Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo, incluyendo elaboracion de Historia Clinica, Referencias y Contrarreferencias, solicitudes y resultados de Procedimientos de ayuda al Diagnostico, Interconsultas, atencion en Consulta Externa, Hospitalizacion, Emergencia, Topico, Sala de Partos, entre otros. - Auditoria Medica, en caso sea necesario especificar el Usuario de Salud. - Control medico administrativo, en caso sea necesario especificar el Usuario de Salud. - Registro, codificacion, formatos y reportes estadisticos, en caso sea necesario especificar el Usuario de Salud. - Documentos comerciales relacionados con los servicios de salud, en caso sea necesario especificar al Usuario de Salud. - Intercambio de informacion intrainstitucional e interinstitucional del sector salud con fines de regulacion, planificacion, organizacion, control, vigilancia epidemiologica, intercambio o compra-venta de servicios, entre otros, en caso sea necesario especificar el Usuario de Salud. - Investigacion, en caso sea necesario especificar el Usuario de Salud. 4.3.2 La identificacion estandar del Usuario de Salud se utiliza en el registro manual y en medios electronicos; asi como en los documentos impresos y/o electronicos que de ellos se deriven. 5. RESPONSABILIDADES 5.1 El Ministerio de Salud es responsable de conducir la implantacion, seguimiento y evaluacion del

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