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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G30/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de enero de 2006 2.7. Decreto Supremo Nº 014-2002-SA - “Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud”. 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente identificación estándar de dato en salud es de aplicación nacional en todas las entidades privadas y públicas del sector salud, por tanto, tiene alcance atodos los establecimientos de salud, servicios médicos de apoyo; así como también, en las unidades administrativas de los niveles local, regional y nacionalde dichas entidades. 4. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 4.1. De la Información Mínima Obligatoria para la Identificación Estándar de Establecimiento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo 4.1.1 El establecimiento de salud o el servicio médico de apoyo tienen una identidad distinta en función a laResolución de Habilitación del Ministerio de Salud. 4.1.2 El establecimiento de salud o el servicio médico de apoyo para su inscripción requieren de la siguienteinformación complementaria: - Número de Registro Único del Contribuyente y Serie del RUC obligatorio, otorgado por Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT (si se trata de un local desconcentrado de una Entidad Principal).Cada local desconcentrado tiene un número de serie distinto. - Número correlativo dado por el administrador del sistema de la Entidad Principal a cada uno de sus locales desconcentrados, de atención a la salud. - Dirección del establecimiento (avenida, calle, jirón, número, urbanización, distrito, provincia, departamento) y el código de ubigeo. - Número de Registro Municipal de Funcionamiento con su código de ubigeo. - Fecha de inicio de actividades del establecimiento: día, mes y año. Toda esta información deberá ser presentada por su representante legal. 4.2. De la Denominación Estándar de Establecimiento de Salud y de Servicio Médico deApoyo 4.2.1 Se denomina a un establecimiento de salud por las iniciales “E.S.” seguida del nombre otorgado por la entidad prestadora de la que depende o su Razón Social, según sea el caso. 4.2.2 Se denomina a un servicio medico de apoyo por las iniciales “S.M.A.” seguida del nombre otorgado por la entidad prestadora de la que depende o su RazónSocial, según sea el caso. 4.3. De la Codificación Estándar de Establecimiento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo 4.3.1 El establecimiento de salud y los servicios médicos de apoyo se identifican mediante un Código Único que se caracteriza por ser: - Universal, de modo que todo establecimiento de salud o servicio médico de apoyo es identificado en cualquier lugar del territorio nacional. - Único, el número identifica a un establecimiento de salud o servicio médico de apoyo y sólo a él. - Invariable, a través del tiempo, no obstante cambie algún dato de la Información complementaria que originalmente tenga registrado. - Permanente, una vez generado no podrá ser eliminado, aún cuando el establecimiento de salud o servicio médico de apoyo deje de funcionar. 4.3.2 El Código Único del establecimiento de salud y del servicio médico de apoyo es un número constituido por ocho (8) dígitos cuya estructura es la siguiente: Número Total de Dígitos 8 dígitos Número Correlativo del Establecimiento 7 dígitosNúmero de verificación 1 dígitoEl número que identifica al establecimiento es correlativo de siete (7) dígitos. Comienza con el 0000001 hasta el 9999999. El Número de verificación de un (1) dígito va del 0 al 9 y se obtiene mediante la aplicación del algoritmo módulo 11. 4.4. De la Obtención y Actualización Estándar de Establecimiento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo 4.4.1 De la Identificación estándar de Estableci- miento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo a) Inscripción La identificación estándar para un establecimiento de salud o un servicio médico de apoyo se crea en un solo acto y por única vez, siendo el Ministerio de Salud responsable de asignar la identificación estándar (CódigoÚnico y Denominación). Como resultado se obtienen los ocho dígitos del código y su denominación que son exclusivos para cada establecimiento de salud o serviciomédico de apoyo, sin posibilidad de repetirse en otro. b) Modificación / Actualización La identificación estándar de establecimiento de salud o de servicio médico de apoyo no puede ser modificada, ni actualizada. Una vez emitida, queda siempreregistrada. c) Eliminación La identificación estándar de establecimiento de salud o de servicio médico de apoyo no puede ser eliminada. Se mantiene siempre en archivo histórico. d) Retiro Cuando un establecimiento de salud o un servicio médico de apoyo dejan de funcionar definitivamente, su identificación estándar será retirada del catálogo de establecimiento de salud y de servicio médico de apoyoactivos. Se mantiene siempre en archivo histórico. 4.4.2 De la Información Complementariaa) Inscripción La Información complementaria original del establecimiento de salud o del servicio médico de apoyo se registra con la inscripción del Código Único. b) Modificación / Actualización Los datos de la Información complementaria inscritos pueden ser modificados o actualizados, en cualquiermomento, por causa justificada manteniéndose en un archivo histórico los datos precedentes. 4.5. De los Usos de la Identificación Estándar de Establecimiento de Salud y de Servicio Médico de Apoyo 4.5.1 La identificación estándar de establecimiento de salud y de servicio médico de apoyo es de usoobligatorio en las entidades del sector salud en los siguientes casos: - Registro de todos los procesos relacionados con la atención del paciente, incluyendo elaboración de Historia Clínica, Referencias y Contrarreferencias, solicitudes yresultados de Procedimientos de ayuda al Diagnóstico, Interconsultas, atención en Consulta Externa, Hospitalización, Emergencia, Tópico, Sala de Partos, entre otros. - Planes y Programas de Salud, en caso sea necesario especificar al establecimiento de salud y/o servicio médico de apoyo. - Tarifarios, en caso sea necesario especificar al establecimiento de salud y/o servicio médico de apoyo. - Auditoría Médica, en caso sea necesario especificar al establecimiento de salud y/o servicio médico de apoyo. - Control médico administrativo, en caso sea necesario especificar al establecimiento de salud y/oservicio médico de apoyo. - Registro, codificación, formatos y reportes estadísticos, en caso sea necesario especificar alestablecimiento de salud y/o servicio médico de apoyo. - Documentos comerciales relacionados con los servicios de salud, en caso sea necesario especificar