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PÆg. 309271 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de enero de 2006 Guerra del Perú, en el cual se visitaran los puertos de San Diego y Honololú (EEUU), Busán (Corea del Sur), Shanghai y Hong Kong (República Popular China), Manila (Filipinas) y Papeete (Polinesia Francesa): Teniente EP AMAT Y LEON VILLANUEVA Juan Cadete III AÑO EP MEZA MONTERREY José Luis Cadete III AÑO EP MALASQUEZ CHUÑE Luis Casio Cadete III AÑO EP RUIZ CASANOVA Félix Cadete III AÑO EP ROSAS LAJO Renzo Rolando Cadete III AÑO EP SOTO PEREZ Ellen Dayana Cadete III AÑO EP ZUMAETA URCARIEGUI Diana Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes Para un Oficial Subalterno US$ 40.00 x 19 días x 01 Oficial Para seis Cadetes US$ 21.00 x 19 días x 06 Cadetes Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal EP, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 00049 Autorizan viaje de personal militar FAP para participar en Crucero de Instrucción al Extranjero, en el cual se visitarÆn puertos de EE.UU., Coreadel Sur, Repœblica Popular China,Filipinas y Polinesia Francesa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 736-2005-DE/FAP Lima, 29 de diciembre de 2005 Visto, el Oficio G.1000 Nº 0726 del 9 de noviembre de 2005 del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, Oficio V-50-COFA Nº 0665 del 9 de diciembre del 2005 del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y Papeleta de Trámite Nº 5904-SGFA del 9 de diciembre de 2005 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú hace un ofrecimiento al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que 1 Oficial Subalterno y 6 Cadetes de la Escuela de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, participen en el Crucero de Instrucción al Extranjero en el B.A.P. "MOLLENDO" (ATC-131), programado por la Marina de Guerra del Perú, del 2 de enero al 2 de abril del 2006, en el cual se visitarán lospuertos de San Diego y Honolulú (Estados Unidos de América), Busán (Corea del Sur), Shanghai y Hong Kong (República Popular China), Manila (Filipinas) y Papeete (Polinesia Francesa); Que, el Personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica en la parte resolutiva ha sido propuesto para ser nombrado en Comisión de Servicio a los países antes indicados, con la finalidad de participar en el referido Crucero de Instrucción; Que, en la realización del mencionado Crucero de Instrucción, el B.A.P. "MOLLENDO" (ATC-131) permanecerá 20 días en los puertos de los países antes indicados; Que, el viaje en comisión de servicio se encuentra considerado en el Anteproyecto del Plan Anual de Viajes al Extranjero AF-2006; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/ SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del 2 de enero al 2 de abril de 2006, del Personal Militar FAP que se indica a continuación, con la finalidad que participen en el Crucero de Instrucción al Extranjero en el B.A.P. "MOLLENDO" (ATC-131), programado por la Marina de Guerra del Perú, en el cual se visitarán los puertos de San Diego y Honolulú (Estados Unidos de América), Busán (Corea del Sur), Shanghai y Hong Kong (República Popular China), Manila (Filipinas) y Papeete (Polinesia Francesa): Teniente FAP SALINAS ELIAS Fernando Cristian Cadete IV AÑO FAP LLABRES VIÑAS Renzo Luis Cadete IV AÑO FAP HINOJOSA PERLACIOS Alexander Cadete IV AÑO FAP ROJAS MONTIEL Carlos Zenón Cadete IV AÑO FAP ANGULO AMICO Carlos Alberto Cadete IV AÑO FAP JARA DE LA CRUZ Nery Janet Cadete IV AÑO FAP CASTRO CAMPOS Melissa Jennifer Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Para un Oficial Subalterno US$ 40.00 x 20 días x 1 Oficial Para seis Cadetes US$ 21.00 x 20 días x 6 Cadetes Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal FAP, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 00050