Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2006 (08/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

PÆg. 309644 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de enero de 2006 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Disponen el levantamiento del Inventario de Potencialidades de todaslas instituciones educativas del Æmbitoregional ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2005-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28944 - Ley General de Educación, en su Artículo 9º inciso a), establece que uno de los finesde la educación peruana es formar personas capaces de "lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física y espiritual, promoviendo laformación y consolidación de su identidad y autoestima;su integración adecuada a la sociedad para el ejerciciode su ciudadanía en armonía con su entorno, así comoel desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo"; Que, de acuerdo a los literales c, e, f, g del Artículo 9º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales -Nº 27867, es competencia constitucional de losGobiernos Regionales administrar sus bienes y rentas;promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; así como promover y regular los servicios en materia deeducación, conforme a ley y dictar las normas inherentesa la gestión regional; Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en su Artículo 15º, señala que es atribución del Consejo Regional: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias decompetencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Artículo 47º - incisos a y b, de la Ley referida en el párrafo anterior, establece que es función de losGobiernos Regionales: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las Políticas Regionales de Educación; diseñar, ejecutar y evaluar el ProyectoEducativo Regional, los Programas de Desarrollo de laCultura, Ciencia y Tecnología de la Región, enconcordancia con la Política Educativa Nacional; Que, es de conocimiento público que un considerable sector de Instituciones Educativas de nuestro ámbito regional, cuenta con maquinaria, herramientas, terrenos,animales mayores y menores que no están registradosadecuadamente en el margesí de Bienes del SectorEducación, desconociéndose la entidad rectora de suestado de conservación y utilización; Que, en este marco, la Gerencia Regional de Desarrollo Social en el curso de las actividades deconstrucción del Proyecto Educativo Regional, hapropuesto al Consejo Regional, el levantamiento delInventario de Potencialidades de las InstitucionesEducativas del ámbito regional, con el objetivo de asegurar el soporte socioeconómico inicial para la implementación progresiva de políticas públicas orientadas hacia eldesarrollo de una Educación Productiva; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en suSesión Ordinaria de fecha 13 de diciembre del año 2005; y, a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánicade Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada porLey Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo delGobierno Regional de Cajamarca, aprobado porOrdenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC; el Pleno aprobó la siguiente:ORDENANZA REGIONAL Primero.- DISPONER el levantamiento del Inventario de Potencialidades de todas las Instituciones Educativas del ámbito regional, el mismo que incluirá: infraestructura, terrenos libres, losas deportivas, material didáctico,bibliotecas, módulos de tecnologías de información ycomunicación, herramientas, maquinaria, animalesmayores y menores, reservas turísticas, forestales,hídricas y otras. La información será rigurosa y fidedigna. El ocultamiento de información acarreará responsabilidades. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, elabore tanto el Formulario deRecolección de Datos, como el Formulario para suConsolidación, los mismos que serán derivados a la Dirección Regional de Educación Cajamarca para su impresión y distribución a las 4914 InstitucionesEducativas Escolarizadas de todos los niveles ymodalidades, a través de las trece Unidades de GestiónEducativa Local. Tercero.- DISPONER que las Unidades de Gestión Educativa Local, una vez recibidos los formularios debidamente llenados, por parte de las InstitucionesEducativas de su ámbito, procedan a su consolidación,debiendo en plazo perentorio, remitir el producto, tanto ala Gerencia Regional de Desarrollo Social, como a laDirección Regional de Educación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil cinco. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 00295 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO Sancionan con cese temporal por pagos indebidos a ex Presidentes del ex CTARHU`NUCO RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 814-2005-GRH/PR Huánuco, 21 de diciembre de 2005 VISTO: El Informe Nº 002-2005-GRH/CEPADM, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos, de fecha19 de diciembre del 2005. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 299-2004-GRH/OCI de fecha 16 de noviembre del 2004, la Oficina de ControlInstitucional, remite el Informe Nº 006-2004-2-5339, referente al Examen Especial sobre Pagos Indebidos a los ex Presidentes del ex CTAR HUÁNUCO, período de1993 al 2002, practicado al Gobierno Regional. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 533- E-2005-GRH/PR de fecha 3 de octubre del 2005, seconforma la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Huánuco para evaluar el Examen Especial Nº 006-2004-2-5339, Presidida por el Abog. Hamilton Estacio Flores,Ing. Reyme Salas Pino y el Econ. David MartínezHuamán. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 620- E-2005-GRH/PR, de fecha 9 de noviembre del 2005, se instaura Proceso Administrativo Disciplinario a los exfuncionarios del CTAR HUÁNUCO: Eco. Billy AlbertoHerrera Gonzáles, Eco. Augusto Fernando VásquezSolis, Ing. Naut Aguilera Prescott y al Prof. Juan Manuel