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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2006 (08/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 309653 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de enero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Pucusana, en sesión extraordinaria del 16 de diciembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 192º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienencompetencia, para administrar sus bienes y rentas asícomo crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la Municipalidad Distrital de Pucusana posee diversos terrenos sin construir que debe poner a disposición de los ciudadanos veraneantes, para quepuedan estacionar sus vehículos, convirtiéndolos encocheras con los respectivos servicios de guardianía,limpieza, baños y otros; Que, es necesario otorgar las facilidades necesarias a los turistas veraneantes, habilitando tales lugares y adecuándolos para que sirvan de cocheras yestacionamientos; Que, en tal sentido, es necesario determinar el monto del derecho de estacionamiento en las áreas depropiedad municipal, las cuales se encontrarán debidamente adecuadas como cocheras para el estacionamiento vehicular en el período comprendidoentre el 16 de diciembre del 2005 y el 31 de marzo del2006; Estando a lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, inciso 9), del artículo 9º y artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprobó la siguiente: ESTABLECEN MONTO POR EL DERECHO DE ESTACIONAMIENTO EN LAS PROPIEDADES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- Objetivos La presente tiene como objetivos: 1. Determinar los terrenos sin construir, de propiedad de la Municipalidad Distrital de Pucusana, que serviránde lugar de estacionamiento vehicular del 16 de diciembredel 2005 al 31 de marzo del 2006. 2. Determinar el monto a pagar por el derecho de estacionamiento sobre las propiedades de la municipalidad. Artículo Segundo.- De los lugares de estacionamiento vehicular Los terrenos sin construir de propiedad municipal que serán acondicionados para el estacionamiento vehicular serán: a) Pucusana: Terrenos Municipales ubicados en las siguientes calles: Billingurths, Malecón San Martín, Jr.Callao, Plaza Grau y estacionamiento del centrocomercial municipal. b) Terrenos Municipales en la Zona de Naplo: Av. Atlántico, zona municipal estacionamiento en Naplo yplaya acondicionada. c) Explanada Estadio Municipal de Pucusana: para buses no pertenecientes a flotas reconocidas por laMunicipalidad Distrital de transporte público. Artículo Tercero.- De los servicios a prestar La Municipalidad Distrital de Pucusana brindará los servicios siguientes: a) Playas limpias; Pucusana, Naplo, Las ninfas. b) Losas Deportivas. c) Minicomplejo deportivo.d) Vigilancia y Ordenamiento Municipal. Artículo Cuarto.- Del derecho de estacionamiento vehicular El monto por el derecho de estacionamiento vehicular será de S/. 10.00 (Diez y 00/100 nuevos soles) por díapara los automóviles y camionetas y de S/. 15.00 (Quincey 00/100 nuevos soles) por día para los ómnibus, montosque serán abonados al ingreso a las playas de Pucusana y Naplo, previa consulta al usuario sobre el uso de lascocheras habilitadas por la Municipalidad. DISPOSICIONES FINALES Artículo Quinto.- Facúltese a la Alcaldía a dictar las disposiciones complementarias que sean necesariaspara la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto enla presente Ordenanza. Artículo Sexto.- La presente, entrará en vigencia a partir del 16 de diciembre del 2005. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.VÍCTOR JULIO CARRILLO CUYA Alcalde 00264 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000002-2006/MDSJM San Juan de Miraflores, 5 de enero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el día 12 de enero del año en curso, se conmemora el 41º Aniversario de Creación Política deldistrito de San Juan de Miraflores; Que, con motivo de resaltar el mes del Aniversario Distrital, se requiere la participación de la población, Instituciones Públicas, Privadas, Iglesias y Establecimientos Comerciales apostados en nuestrajurisdicción, a fin de expresar nuestro espíritu Cívico-Patriótico, siendo necesario llevarse a cabo elEmbanderamiento General del distrito; Que, el día 13 de enero del año en curso, se conmemora el 125º Aniversario de la Batalla de San Juan de Miraflores, que también merece resaltar; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDE- RAMIENTO GENERAL en el distrito de San Juan deMiraflores, a partir del 9 al 31 de enero del año en curso,con motivo de conmemorarse el 41º Aniversario de Creación Política del distrito y el 125º Aniversario de la Batalla de San Juan de Miraflores. Artículo Segundo.- INVITAR a los vecinos de nuestra jurisdicción a pintar y/o resanar las fachadas desus inmuebles para mejorar el Ornato de la Ciudad,asimismo motivar a los conductores de los diversos Locales Comerciales, arreglar sus vitrinas y escaparates, alusivos al Aniversario del distrito de San Juan deMiraflores. Artículo Tercero.- Los Pabellones Nacionales y Banderas a instalarse en los inmuebles, localescomerciales, Instituciones Públicas y Privadas deberán estar en buen estado de conservación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional y demás Órganos competentes elfiel cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 00366