Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2006 (08/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Codigo 27001 Infraccion No contar con un area acondicionada de trabajo que evite la salida de humos, ruidos, polvo, malos olores y gases toxicos que afecten al vecindario. No proporcionar a los trabajadores los implementos idoneos y necesarios. Reparar y/o hacer trabajos propios o no de la actividad fuera de los cajones de trabajo permitidos. Permitir el ingreso de vehiculos a reparacion y/o mantenimiento estando el establecimiento al limite de su capacidad. Realizar actividades y trabajos utilizando las areas de uso publico. Multa en UIT vigente 10%

NORMAS LEGALES
Otras medidas Clausura temporal hasta la subsanacion de la infraccion

MORDAZA, MORDAZA 8 de enero de 2006

TALLERES DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS

27002 27003

10% 15% Clausura temporal por 3 dias Clausura temporal por 10 dias Clausura temporal por 5 dias e internamiento temporal del vehiculo

27004

25%

Tributario de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, establece que estos son de periodicidad y recaudacion mensual; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 953, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2006; De conformidad a lo dispuesto en los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- De conformidad con el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 1562004-EF, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2006 vence: 1. Pago al contado 2. Pago fraccionado 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. Primera cuota : MORDAZA cuota : Tercera cuota : Cuarta cuota : 28 31 31 30 de de de de febrero MORDAZA agosto noviembre : 28 de febrero

27005

25%

Articulo Septimo.- Los establecimientos que a la fecha de publicacion de la presente ordenanza se encuentren con Licencia de Apertura de Establecimiento vigente tendran un plazo de 60 dias calendario para adecuarse a sus disposiciones luego del cual se procedera a la aplicacion de las sanciones respectivas sin perjuicio de iniciar el procedimiento de revocatoria de las licencias otorgadas. Articulo Octavo.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones complementarias y reglamentarias de la presente ordenanza. Articulo Noveno.- La Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana velaran por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 00386

Estas cuotas seran reajustadas con la variacion acumulada del Indice de Precios al Por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Articulo Segundo.- La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondiente al ejercicio 2006, vence: Enero Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre : : : : : : : : : : : : 28 de febrero 28 de febrero 31 de marzo 28 de MORDAZA 31 de MORDAZA 30 de junio 27 de MORDAZA 31 de agosto 29 de setiembre 31 de octubre 30 de noviembre 29 de diciembre

Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2006
ORDENANZA Nº 245-MDMM MORDAZA MORDAZA, 21 de diciembre de 2005 ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF senala que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, por otro lado, el Articulo 7º de la Ordenanza Nº 231-MDMM, que aprueba el MORDAZA Legal del Regimen

Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y al Departamento de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 00387

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Establecen monto por derecho de estacionamiento en propiedades de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 024-05/MDP Pucusana, 16 de diciembre del 2005

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