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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2006 (08/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 309646 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de enero de 2006 toma conocimiento de los resultados del referido Examen Especial. Por último en cuanto a la nulidad establecida por el Prof. Juan Manuel Alvarado Cornelio, debe tenerse en cuenta que al respecto el Decreto Supremo Nº 015-2005-PCM, modifica el Art. 2º del Decreto Supremo Nº 069-2004-PCM,en el sentido de establecer que la constitución de la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos en el caso deOrganismos Públicos Descentralizados y ex Titulares deOrganismos Públicos Descentralizados, la comisión especial a que se refiere el segundo párrafo del Art. 165º del D.S. Nº 005-90-PCM; estará integrada por (3) funcionarios de rangoequivalente pertenecientes al Sector Público yexcepcionalmente en el caso de que el Sector no cuente contres funcionarios de rango equivalente al funcionario sujeto aprocedimiento, se podrá designar a funcionarios de rango inmediato inferior ; extremo que se ha cumplido a cabalidad, puesto que al no existir otro funcionario de igual jerarquíaque el Prof. Juan Manuel Alvarado Cornelio que en eseentonces ejercía el F-7, se procedió a designar a unfuncionario de jerarquía F-5, toda vez que los funcionarioscon jerarquía F-6 que es el inmediato inferior no existe dentro del Gobierno Regional, habiéndose procedido al funcionario inmediato inferior a éste; no existiendo en este extremocausal de nulidad, pues se ha expedido el referido actoadministrativo dentro de los contextos de la Ley. Que, en lo que respecta al procesado Eco. Billy Alberto Herrera Gonzáles, no se ha recepcionado descargo alguno ni el interés de levantar los cargos imputados en su contra. Estando a la recomendación de los Miembros de la Comisión Especial; y, En uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867 modificado por la Ley Nº 27902, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Huánuco y, con las visacionescorrespondientes. SE RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR a los ex Presidentes del ex CTAR HUÁNUCO como consecuencia del ExamenEspecial sobre Pagos Indebidos, practicado al GobiernoRegional en el período de año 1993 al 2002 a través delInforme Nº 006-2004-2-5339: conforme al detalle siguiente: - Econ. BILLY ALBERTO HERRERA GONZALES, ex Presidente del ex CTAR HUÁNUCO, con Cese Temporalpor el término de 12 meses sin goce de remuneraciones. - Ing. NAUT AGUILERA PRESCOTT, y al Eco. AUGUSTO VASQUEZ SOLIS, ex Presidentes del ex CTAR HUÁNUCO, con Cese Temporal por el término de 06 meses sin goce de remuneraciones; y, - Prof. JUAN MANUEL ALVARADO CORNELIO, con Cese Temporal por el término de 31 días sin goce deremuneraciones. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional, CEPADM,interesados y demás Órganos del Gobierno Regionalque corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidenta 00157 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regionalde Salud Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 088-2005/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Políticadel Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobreDescentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de laDescentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902, Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM queaprueba lineamientos para la elaboración y aprobacióndel Cuadro para Asignación de Personal - CAP de lasEntidades de la Administración Pública; y demás normascomplementarias; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 1. del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley deReforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Nº 27680, se establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aplicar suorganización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los GobiernosRegionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estadoy las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el inciso a) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada porLey Nº 27902, establece como atribución del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias decompetencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, de fecha 18 de junio del 2004, se han aprobado loslineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las entidades de la Administración Pública, en cuyo artículo 14º, numeral14.5, establece que en el caso de las DireccionesRegionales Sectoriales y demás entidades que mantienendependencia funcional y técnica con los Ministerios, elProyecto de CAP se elabora de conformidad con las disposiciones complementarias que elabora el respectivo Ministerio, debiendo el órgano encargado de dichoMinisterio emitir opinión previa, de existir opinión favorablecorresponde la remisión a la Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial, la que debe emitir un informe previo y elevar el Proyecto de Cuadro para Asignación de Personal para la aprobación por parte del Gobierno Regional; Que, el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que en el caso de las DireccionesRegionales Sectoriales la aprobación del Cuadro paraAsignación de Personal se efectuará por Ordenanza Regional; Que, el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud Piura ha sido elaboradoen concordancia a lo establecido en la Directiva Nº 007-MINSA/OGPE-V.01-Directiva para la formulación deDocumentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 371-2003-SA/DM. Asimismo, cuenta con la opinióntécnica favorable de la Oficina General de PlaneamientoEstratégico del Ministerio de Salud remitida mediante elOficio Nº 1300-2005-OGPE-OEO/MINSA del 17 de juniodel 2005, por lo que contiene las respectivas visaciones; Que, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4º de la Ley Nº 28220 - Ley de nombramiento de médicoscirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivelnacional, concordante con el artículo 4º del DecretoSupremo Nº 009-2004-SA - Reglamento de la LeyNº 28220, es necesario aprobar el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud Piura, debiendo adecuarse a la clasificación decargos que aprobará posteriormente el Ministerio de Saludy consiguientemente a la totalidad de los lineamientosestablecidos por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCMpara la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal de las Entidades de la Administración Pública; Que, mediante Informe Nº 097-2005/GRP-410300, de fecha 17 de octubre del 2005, la Gerencia Regionalde Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial del Gobierno Regional Piura, a través de su Oficina de Desarrollo Institucional, concluye y recomienda que es procedente la aprobación del Cuadro paraAsignación de Personal (CAP) de la Dirección Regionalde Salud Piura;