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PÆg. 309648 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de enero de 2006 para dar cumplimiento estricto al Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. En Piura, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 00373 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Derogan la Ordenanza N” 080-MDB ORDENANZA Nº 247-MDB Barranco, 21 de diciembre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO: El pedido de la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad, respecto a la derogatoria de la Ordenanza Nº 080-MDB,y los Informes Nº 082-2005-GDC-MDB de la mencionadagerencia y Nº 482-05-OAJ/MDB de la Oficina de Asesoría Jurídica en la Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, la Ordenanza Nº 080-MDB declara inaplicables los parámetros y áreas mínimas del Programa “Mi Vivienda” o similares dentro de la zona monumental del distrito; Que, dicha restricción retrasa el desarrollo urbano y la inversión privada en proyectos de vivienda en eldistrito; Que, es voluntad del Concejo lograr mayor promoción de la inversión para la renovación urbana de las zonas menos favorecidas del distrito; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades con 5 votos a favor, 2 abstenciones delos regidores Celiz y Vallejos y la dispensa de la lecturadel acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Derogar la Ordenanza Nº 080-MDB de fecha 3 de enero del 2002. Artículo 2º.- Aplicar los parámetros, áreas mínimas y alturas del Programa “Mi Vivienda” o programas yproyectos similares, en la zona monumental del distrito,únicamente en el área comprendida desde la AvenidaRepública de Panamá, siguiendo por las AvenidasBolognesi y Panamericana Sur, hacia el este, norte y sur, hasta los límites distritales. Dentro del área determinada en el párrafo anterior, que no constituye zona monumental, los parámetros urbanísticosresidenciales a utilizarse serán los de alta densidad. Artículo 3º.- Declarar inaplicables los parámetros y áreas mínimas del Programa “Mi Vivienda” y similares en la zona monumental del distrito no considerada en el primer párrafo del artículo segundo de la presente norma,aplicándose en este caso las áreas mínimas ycondiciones establecidas en el Reglamento Nacional deConstrucciones. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad.POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 00263 Establecen disposiciones para pago de arbitrios de los aæos 2002 a 2005, encaso que los contribuyentes se vieranafectados por un alza como resultadode su redistribución DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2005-MDB Barranco, 7 de diciembre del 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCOVISTAS, las Ordenanzas Nºs. 238-MDB y 242-MDB; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los criterios sugeridos por el Tribunal Constitucional en las Sentencias recaídas en losExpedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 0053-2004-PI/TC loscontribuyentes no podrán ser afectados con un cobro mayor si como producto de la redistribución del costo ejecutado de los arbitrios 2002 a 2005, corresponde emitir un cobro mayor; Que, en ejercicio de la facultad conferida por la octava disposición final de la Ordenanza Nº 242-MDB; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer que si los contribuyentes del distrito se vieran afectados con elalza de los arbitrios de los años 2002, 2003, 2004, y2005, como resultado de la redistribución de los mismosdispuesta por el Tribunal Constitucional y acatada mediante Ordenanzas Nºs. 238-MDB y 242-MDB, únicamente se requerirá el pago de una suma igual a laemitida en el año que corresponda. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de AdministraciónFinanciera y Tributaria, Subgerencia de Tesorería y Unidad de Estadística e Informática. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 00262 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-A-2005-SEGE-06-MDEA El Agustino, 23 de diciembre de 2005 VISTO: El Informe Nº 300-2005-GAF-MDEA remitido por Gerencia de Administración y Finanzas como el InformeNº 982A-2005-GAJ-MDEA remitido por Gerencia deAsesoría Jurídica, instrumentos administrativos dondesolicitan se declare en Situación de DesabastecimientoInminente el Suministro de los recursos alimenticios para