Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2006 (20/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de enero de 2006

- Servicios medicos y hospitalarios. - Servicios relacionados con la proteccion ambiental. - Servicios de sistemas e informatica. - Servicios de comunicaciones, incluye comunicacion radial, telefonia satelital. - Servicios de seguridad industrial y contraincendios. - Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo. - Servicios de seguros. - Servicios de rescate, auxilio. 01109

los articulos 28º y 29º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 034-2003-EM y 066-2005-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado - Ministerio de Energia y Minas, inicie las acciones legales pertinentes contra la empresa Latina Compania de Seguros S.A., con el objeto de ejecutar la Poliza de Caucion Nº 6810691-01 por la suma de S/. 322 112,16 mas los intereses legales hasta la fecha de pago, que garantiza el fiel cumplimiento del Contrato Nº 05-016-EM/DEP, en cautela de los intereses del Estado. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico, los antecedentes de la presente Resolucion, con transcripcion de la misma, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 01114

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra la empresa Latina Compania de Seguros S.A. con el objeto de ejecutar poliza de caucion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 039-2006-MEM/DM MORDAZA, 17 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de marzo de 2005, el Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, previa Licitacion Publica Nacional Nº LPN-00102004-EM/DEP, suscribio con la empresa Consultores Ejecutores Tecnicos S.A., el Contrato Nº 05-016-EM/DEP para la Ejecucion de la Obra: Pequeno Sistema Electrico Bellavista II Etapa ­ Ramal MORDAZA del Ponaza, a desarrollarse en el departamento de San Martin; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 163-05-EM/ DEP del 26 de octubre de 2005, la cual se encuentra consentida, se resolvio en forma total el Contrato Nº 05016-EM/DEP, por causa atribuible al contratista; Que, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 23.3.2 del Contrato Nº 05-016-EM/DEP y lo dispuesto en el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Entidad solicito la ejecucion de la garantia de fiel cumplimiento, otorgada por el contratista de obra; Que, el contratista otorgo en calidad de Garantia de Fiel Cumplimiento del Contrato Nº 05-016-EM/DEP, la Poliza de Caucion Nº 6810691-01 por la suma de S/. 322 112, 16, emitida por la empresa Latina Compania de Seguros S.A., la cual tiene el caracter de solidaria, incondicional, irrevocable, de realizacion automatica y sin beneficio de excusion; Que, mediante Oficio Nº 148-05-MEM/DEP/DAF-CF del 11 de noviembre de 2005, remitido por conducto notarial, la Direccion Ejecutiva de Proyectos requirio a la empresa Latina Compania de Seguros S.A., la ejecucion de la referida Poliza de Caucion por motivo de la Resolucion del Contrato Nº 05-016-EM/DEP; Que, por Oficio Nº 149-05-MEM/DEP/DAF-CF del 18 de noviembre de 2005, remitido notarialmente, se requirio por MORDAZA vez la ejecucion de la Poliza de Caucion Nº 6810691-01, que garantiza el fiel cumplimiento del Contrato Nº 05-016-EM/DEP; Que, pese a los requerimientos notariales efectuados, la empresa Latina Compania de Seguros S.A., no ha cumplido con ejecutar la Poliza de Caucion Nº 681069101, causando un perjuicio a la Entidad; Que, estando a los hechos expuestos, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, a efecto que inicie las acciones legales pertinentes contra la empresa Latina Compania de Seguros S.A., a fin de ejecutar la Poliza de Caucion Nº 6810691-01 por la suma de S/. 322 112,16, mas los intereses legales hasta la fecha de pago; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas; y

JUSTICIA
Dan por concluida designacion de Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 015-2006-JUS MORDAZA, 19 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS, se crearon las Procuradurias Publicas Anticorrupcion Descentralizadas, a cargo de Procuradores Publicos con nivel de Procurador Adjunto; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 152-2005JUS, de fecha 2 de junio de 2005, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de Cusco; Que, por convenir al servicio de la defensa judicial del Estado, es necesario dar por concluida la designacion del referido funcionario en dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27594, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 25993, el Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y el Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 01219

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