Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2006 (20/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 42

PÆg. 310576 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de enero de 2006 temporal sobre el fondo, emitida por el Juzgado Mixto de Casma que dispuso ampliar provisionalmente el permisode pesca de PESQUERA S&S S.A.C. para operar laembarcación denominada "RUTH-M" de matrícula Nº CE-6496-CM, para extraer el recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, quedó revocada,al haber sido declarada improcedente por la Sala Civil dela Corte Superior de Justicia del Santa, medianteResolución Nº DOS del 13 de diciembre del 2005. Artículo 2º.- La embarcación "RUTH-M" de matrícula Nº CE-6496-CM deberá extraer los recursos hidrobiológicos indicados en la Resolución DirectoralNº 100-99-PE/DNE, modificada por la ResoluciónDirectoral Nº 109-2004-PRODUCE/DNEPP del 17 defebrero del 2004, la cual otorgó el cambio de titular delpermiso de pesca a favor de PESQUERA S&S S.A.C., para operar la referida embarcación multipropósito. Artículo 3º.- Excluir la Resolución Directoral Nº 177- 2005-PRODUCE/DNEPP e incorporar la presenteresolución en lo correspondiente a la embarcacióndenominada "RUTH-M", en el literal K), del Anexo I de laResolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE; así como en el Anexo III del listado de embarcaciones publicada por Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Procuradora Pública a cargo de los AsuntosJudiciales del Ministerio de la Producción, a la DirecciónNacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General deCapitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y ala Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santadebiendo consignarse en el Portal de la Página Web delMinisterio de la Producción: w.w.w.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 01077 RELACIONES EXTERIORES Nombran a Embajador del Perœ en Egipto para que se desempeæe simultÆneamente como RepresentanteObservador ante la Unión Africana, consede en Etiopía RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2006-RE Lima, 19 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Perú realizó un avance muy importante en su estrategia de proyección internacional al ser incorporadocomo Miembro Observador de la Unión Africana, laprincipal organización regional de dicho continente conformada por 53 países; Que, una mayor presencia del Perú en África permitirá el fortalecimiento de las relaciones políticodiplomáticas con los países en desarrollo de esecontinente y favorecerá un mejor nivel de diálogo einfluencia en los diferentes temas de la agenda internacional; Que, el Perú ha demostrado su compromiso internacional con la seguridad y el desarrollo del continenteafricano a través de la presencia de observadoresmilitares en seis operaciones de paz de las NacionesUnidas en la República Popular Democrática del Congo, la frontera entre Eritrea y Etiopía; Liberia; Burundi, Cote d' Ivoire y Sudán; Teniendo en cuenta los memoranda (SAP-AMO) Nºs. 1052 y 1072, de la Subsecretaría para Asuntos deAsia, Cuenca del Pacífico, África y Medio Oriente, de 17y 24 de noviembre de 2005, respectivamente; y a lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 5045, del Gabinete de Coordinación del Secretario de PolíticaExterior, de 25 de noviembre de 2005;De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; ylos artículos 62º, 63º literal b) y 64º literal a), del Reglamentode la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la RepúblicaÁrabe de Egipto, Embajador en el Servicio Diplomático dela República, César Rolando Castillo Ramírez, para quese desempeñe simultáneamente como RepresentanteObservador ante la Unión Africana, cuya sede se encuentra en la ciudad de Addis Abeba, República de Etiopía. Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 01220 Reconocen a Cónsul Honorario de la Repœblica de Guyana en la ciudad de Lima, con jurisdicción en todo el país RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2006-RE Lima, 19 de enero de 2006 Vista la Nota Nº 79/05, del 16 de abril de 2005, de la Embajada de la República Cooperativa de Guyana en laRepública Federativa del Brasil, mediante la cual sesolicita el consentimiento del Gobierno peruano para la apertura del Consulado Honorario de la República de Guyana en la ciudad de Lima, y el beneplácito para elnombramiento del señor Jorge A. Alarcón Revilla, comoCónsul Honorario de la República de Guyana en Lima; Vista la Nota RE (SCP-DGC) Nº 10/1, del 24 de mayo de 2005, mediante la cual el Gobierno peruano otorga el consentimiento para la apertura del Consulado Honorario de la República Cooperativa de Guyana en la ciudad deLima, y el beneplácito para el nombramiento del señorJorge A. Alarcón Revilla, como Cónsul Honorario de laRepública de Guyana en Lima; Vista la Nota Nº 637, del 10 de agosto de 2005, del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guyana, mediante la cual se solicita el reconocimiento delseñor Jorge A. Alarcón Revilla, como Cónsul Honorariode la República de Guyana en la ciudad de Lima; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede el reconocimiento del señor Jorge A. Alarcón Revilla, como Cónsul Honorario de la República deGuyana en la ciudad de Lima; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, incisos 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, asícomo en los artículos 9º, inciso 1), y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer al señor Jorge A. Alarcón Revilla, como Cónsul Honorario de la República de Guyanaen la ciudad de Lima, con jurisdicción en todo el país. Artículo 2º.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 01221