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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2006 (20/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 310582 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de enero de 2006 Establecen disposiciones para la revalidación de inscripción de PeritosJudiciales inscritos en el Registro dePeritos de la Corte Superior de Justicia del Callao para el aæo judicial 2006 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 009-2006-P-CSJCL/PJ Callao, 6 de enero del 2006 VISTOS y CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Administrativa Nº 609-98- CME-PJ se creó el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) en cada Distrito Judicial, el mismo que fuerareglamentado por Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ, con el fin de convertirlo en un real yefectivo órgano de apoyo a la administración de justicia. Que mediante la Resolución Administrativa Nº 052-2004- P-CSJCL/PJ, se aprobó la nómina de profesionales y/o técnicos habilitados para ejercer el cargo de perito judicialde esta Corte Superior de Justicia durante ese año judicial. Que el artículo 21º de la Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ - Reglamento de PeritosJudiciales, establece que el profesional o especialista inscrito en el REPEJ deberá revalidar anualmente su inscripción, previo pago del derecho correspondiente. Que de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial,aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 1134-CME-PJ, corresponde a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia realizar la Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales anualmente. Que asimismo, considerando que el literal d) del artículo 8º del Reglamento de Peritos Judiciales,establece que el aspirante a Perito Judicial debepresentar la constancia de colegiatura y/o habilitación correspondiente, debe tenerse presente dicho dispositivo legal para ser aplicado extensivamente al proceso derevalidación a instaurar. Que con la finalidad de dar cumplimiento a las acotadas normas, debe organizarse el cronograma depagos respectivos, a efectos que los peritos judiciales puedan ser designados como órganos de auxilio judicial a los Magistrados de esta Corte Superior de Justicia. Que en consecuencia en uso de las atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte, contempladas enlos numerales 3) y 9) del artículo 90º del Texto ÚnicoOrdenado del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la Revalidación de la Inscripción de los señores Peritos Judiciales que seencuentran inscritos en el Registro de Peritos de esta Corte Superior de Justicia para el año judicial 2006. Artículo Segundo.- DISPONER la organización del cronograma de pagos respectivo por parte del Registrode Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justiciapor concepto de Revalidación de inscripción de PeritosJudiciales para el período 2006, cronograma que se llevará a cabo desde el 9 al 31 de enero del presente año. Artículo Tercero.- DISPONER que los profesionales y/o técnicos, para el presente proceso de revalidación,deberán presentar además de los resultados de ley, laconstancia de encontrarse para el ejercicio de la profesión u oficio, expedida por la Entidad competente. Artículo Cuarto.- PRECISAR que a partir del 1 de febrero del año judicial del 2006, sólo podrán serdesignados para actuar como Peritos Judiciales, aquellosprofesionales y/o técnicos que hayan cumplido conrevalidar su inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Quinto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, dela Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,de la Oficina de Control de la Magistratura del PoderJudicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de AdministraciónDistrital, de los Órganos Jurisdiccionales de esta CorteSuperior de Justicia y de los señores Peritos Judiciales.Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. GASTÓN MOLINA HUAMÁN Presidente Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO REGISTRO DE PERITOS JUDICIALES (REPEJ-CALLAO) CRONOGRAMA DE REVALIDACIÓN DE INSCRIPCIÓN PARA EL AÑO 2004 - Presentar Solicitud dirigida al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, actualizando datos (si fuese necesario) y adjuntando tasa judicial respectiva. - Pago de Derecho de Revalidación de Inscripción de Peritos Judiciales Cod. 7358 S/. 160.00 - El Plazo de presentación de la solicitud vence el 13 de febrero del 2004. 01170 Aprueban cronograma de realización trimestral de Audiencias PœblicasExtraordinarias que efectuarÆn laPrimera y Segunda Salas Penales de la Corte Superior de Justicia del Callao RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 012-2006-P-CSJCL/PJ Callao, 10 de enero del 2006 VISTOS y CONSIDERANDO:Que mediante Decreto Ley Nº 25476 de fecha 5 de mayo de 1992, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias por parte de las Salas Penalesde las Cortes Superiores de Justicia de la República. Que en el artículo 2º del citado Decreto Ley se establece que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobaránun cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por laley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgadadentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. Que siendo ello así, resulta necesario aprobar el cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuarán la Primera Sala Penal y la Segunda Sala Penal de esta Corte Superior de Justicia. En consecuencia, estando a las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, por el Artículo 90º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el cronograma de realización trimestral de Audiencias PúblicasExtraordinarias que efectuarán la Primera Sala Penal yla Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, durante el presente año judicial 2006, el mismo que se señala a continuación: PRIMER TRIMESTRE Fechas: 16 y 17 de Marzo. SEGUNDO TRIMESTRE Fechas: 15 y 16 de Junio. TERCER TRIMESTRE Fechas: 14 y 15 de Setiembre CUATRO TRIMESTRE Fechas: 14 y 15 de Diciembre.