Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2006 (20/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de enero de 2006

y secuencias orientados a crear en el publico receptor la conviccion de verdad respecto a unos logros positivos de la gestion gubernamental en los diferentes aspectos de la realidad nacional, con el MORDAZA proposito de ejercer influencia en la opinion y en la conducta de la sociedad, induciendola de esta manera a identificarse con el partido politico gobernante y lograr la adhesion a la "exitosa administracion" que tales secuencias muestran; MORDAZA si la transmision se realizo durante el denominado "horario estelar"; por todo lo cual no puede considerarsele dentro de los casos de excepcion a que se refiere el mencionado Art. 192º de la Ley Organica de Elecciones; Que, corrobora la apreciacion expuesta en el considerando precedente, el contenido de la comunicacion dirigida por MORDAZA MORDAZA Munoz, e n repres e n ta c io n d e la O f icina G eneral de Informaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, a los MORDAZA que difundieron el mensaje, indicandoles que "cualquier impase con el JNE respecto a las limitaciones en la contratacion de la publicidad estatal sera de entera responsabilidad de la Oficina General de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros de acuerdo a lo establecido en la ley" de donde se infiere que dicho funcionario actuo conciente y deliberadamente, sobrepasando una limitacion expresa contenida en la Ley Organica de Elecciones y exonerando a los medios de comunicacion televisiva involucrados de una responsabilidad no negociable; Que, en cuanto se refiere a los medios de comunicacion no solamente han incumplido la prohibicion del Art. 192º MORDAZA mencionado, sino que ademas han pasado por alto la limitacion expresa contenida en el Art. 53º de la Ley de Radio y Television Nº 28278, habiendo explicado, algunos de ellos, que lo hicieron oficiosamente, otorgando al gobierno un beneficio no negociado, aunque en el caso de "Frecuencia Latina" se habla de un pago pactado bajo la modalidad de "contra consumo", dando a entender que se trataria de un "precio de sombra" (no pecuniario) aunque ha omitido adjuntar MORDAZA del contrato correspondiente; y, aunque la normativa electoral no ha previsto expresamente algun MORDAZA de sancion para esta clase de infracciones por parte de los medios de comunicacion en general, su actividad informativa no puede realizarse al margen de las disposiciones legales vigentes y, mAs concretamente, inobser vando las limitaciones impuestas por la legislacion electoral a su derecho de contratar con las entidades y organismos del Estado; Por los fundamentos expuestos, al MORDAZA de lo dispuesto por el Art. 178º de la Constitucion, y de conformidad con el Art. 18.1 y 18.2 de la Resolucion Nº 387-2005-JNE, el MORDAZA Electoral Especial MORDAZA Centro, en uso de las facultades de que esta investido: RESUELVE: Articulo Primero.- Oficiar al senor Primer Ministro solicitando se adopten las medidas correctivas pertinentes contra don MORDAZA MORDAZA Munoz, de la Oficina de Comunicacion Publicitaria, de la Oficina General de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, informando a Este Colegiado sobre tales medidas, dentro de los siete (7) dias habiles de haber sido notificado. Articulo Segundo.- Exhortar a los medios de comunicacion televisiva que transmitieron el mensaje del senor Presidente de la Republica el dia treinta de diciembre proximo pasado, para que cumplan su funcion informativa, con estricta sujecion a la ley. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 01190

SBS
Autorizan a la CRAC Senor de Luren el traslado de agencia ubicada en la provincia de Nazca, departamento de Ica
RESOLUCION SBS Nº 21-2006
MORDAZA, 12 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Senor de Luren, requiriendo la autorizacion de esta Superintendencia para trasladar su Agencia de Nazca, ubicada en el distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, a un MORDAZA local ubicado en la misma localidad; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "A" mediante Informe Nº 0012006-DEM "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME 1182005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la CRAC Senor de Luren, el traslado de su Agencia ubicada en la esquina Bolognesi y Grau Nº 401, distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica, a la nueva direccion sito en la MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Nº 263 y 269, distrito de Nazca, provincia de Nazca, departamento de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 01103

Establecen disposiciones para la remision de informacion por parte de empresas de seguros a traves del software de comunicacion SUCAVE
RESOLUCION SBS Nº 30-2006
MORDAZA, 17 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, esta Superintendencia tiene implementado el software de comunicacion denominado "Sub-Modulo de Captura y Validacion Exter na" (SUCAVE), que ha permitido automatizar la recepcion de la informacion financiera y complementaria que las empresas de seguros remiten a esta Superintendencia a traves de la transferencia electronica de dicha informacion; Que, existen anexos y reportes de informacion que, dado el tiempo que se viene recibiendo a traves del SUCAVE, han permitido validar la informacion remitida por las empresas, la misma que pasa a integrar directamente la base de datos de esta institucion;

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