Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2006 (20/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 20 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, ante la dacion de la resolucion de vista, se presentaron recursos de reconsideracion, los mismos que han sido resueltos tomando en cuenta sus fundamentos y debidas justificaciones; ante tal situacion, resulta imperioso para este Despacho emitir las correspondientes modificaciones, que en algunos extremos sufrira la Resolucion Administrativa Nº 0202006-P-CSJLI/PJ. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFIQUESE el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 020-2006-PCSJL/PJ, en los siguientes extremos: 2º Juzgado Contencioso Administrativo: a cargo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien alternara el 1º Juzgado Contencioso Administrativo. 22º Juzgado Especializado en lo Civil: a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA MILLONES MORDAZA, quien alternara los Despachos correspondientes al Modulo C-15, dejandose sin efecto la designacion como organo de emergencia del Despacho del 25º Juzgado Especializado en lo Civil. 7º Juzgado Especializado de Trabajo: a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA CUENTAS MORDAZA, quien alternara los siguientes Juzgados Especializados de Trabajo: 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º, 9º y 19º . 24º Juzgado Especializado de Trabajo: a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien alternara los siguientes Juzgados Especializados de Trabajo: 21º, 22º, 23º, 25º, 26º, 27º, 28º y 29º. 4º Juzgado Especializado en lo Penal: a cargo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien alternara los Juzgados Especializados en lo Penal para Procesos Ordinarios Reos en Carcel: 24º, 28º, 50º, 51º, 44º, 46º y 52º. 1º Juzgado de Paz Letrado de Lima: a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien alternara el 2º, 3º, 4º, 5º, 6, 7º, 9º y 10º Juzgados de Paz Letrado de Lima. 1º Juzgado de Paz Letrado de Ate - Vitarte: a cargo de la doctora MORDAZA MORDAZA IRIGOYEN, quien alternara el 2º, 3º y 4º Juzgados de Paz Letrado de Ate - Vitarte. Articulo Segundo.- DISPONER la permanencia del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solo por el mes de vacaciones como Juez Especializado Supernumerario Penal, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA Avanzini, quien MORDAZA uso de su goce vacacional en el mes de febrero. Articulo Tercero.- DISPONER la permanencia del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del 9º Juzgado de Paz Letrado de Lima. Articulo Cuarto.- DISPONER la permanencia de la doctora MORDAZA MORDAZA OVERSLUIJS RAZZETO, en el 38º Juzgado Especializado Penal, dejandose sin efecto la designacion como organo de emergencia del Despacho del 2º Juzgado Mixto de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Quinto.- DISPONER que la doctora KATTY MORDAZA AQUIZE MORDAZA, solo por el mes de vacaciones se haga cargo del Despacho del 2º Juzgado Mixto de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, dejandose sin efecto la designacion como organo de emergencia del Despacho del 6º Juzgado Especializado en lo Laboral. Articulo Sexto.- DISPONER que la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA CUZCANO, solo por el mes de vacaciones se haga cargo del Despacho del 1º Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, designado como organo de emergencia, quien alternara el 2º, 3º y 4º Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, dejandose sin efecto la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA O´diana MORDAZA, quien MORDAZA uso de su goce vacacional en el mes de febrero. Articulo Setimo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los magistrados.

Registrese, publiquese, cumplase y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente(e) de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 01210

Reiteran observancia de lo establecido en la Res. Adm. Nº 015-2005-P-CSJCL/ PJ a fin de preservar el normal funcionamiento de las MORDAZA Superiores de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 027-2006-P-CSJCL/PJ
Callao, 17 de enero del 2006 VISTOS y CONSIDERANDO: Que por Resolucion Administrativa Nº 015-2005-PCSJCL/PJ de fecha 7 de enero del 2005, se establecio que en caso de discordia o impedimento de uno o mas Vocales de determinada Sala Penal, el Presidente del Colegiado dispondra llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad en la forma siguiente: La 1º Sala llamara al Vocal de la 2º Sala Penal; la 2º Sala llamara al Vocal de la 3º Sala Penal; y, la 3º Sala llamara al Vocal de la 1º Sala Penal. Que la Resolucion Administrativa citada en el considerando que antecede, establecio tambien que para los casos en que se compruebe y acepte la abstencion, excusa o recusacion del Vocal que corresponda ser llamado por efecto de lo establecido en el Articulo Primero, se procedera a llamar al Magistrado que le preceda en antiguedad de la Sala Penal que corresponda; y, en los casos en que sea necesario llamar al Vocal de la Sala de otra especialidad, se empezara por el menos antiguo y sucesivamente en ese orden. Que en tal sentido, resulta necesario reiterar la observancia de lo establecido en la Resolucion Administrativa Nº 015-2005-P-CSJCL/PJ de fecha 7 de enero del 2005, a fin preservar en normal funcionamiento de las MORDAZA Superiores de esta Corte Superior de Justicia. En consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por el Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- REITERAR la observancia del Articulo Primero de la Resolucion Administrativa Nº 0152005-P-CSJCL/PJ de fecha 7 de enero del 2005 que establece: "En caso de discordia o impedimento de uno o mas Vocales de determinada Sala Penal, el Presidente del Colegiado dispondra llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad en la forma siguiente: La 1º Sala llamara al Vocal de la 2º Sala Penal; la 2º Sala llamara al Vocal de la 3º Sala Penal; y, la 3º Sala llamara al Vocal de la 1º Sala Penal". Articulo Segundo.- REITERAR la observancia del Articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 0152005-P-CSJCL/PJ de fecha 7 de enero del 2005 que establece: "Para los casos en que se compruebe y acepte la abstencion, excusa o recusacion del Vocal que corresponda ser llamado por efecto de lo establecido en el Articulo Primero, se procedera a llamar al Magistrado que le preceda en antiguedad de la Sala Penal que corresponda". Articulo Tercero.- REITERAR la observancia del Articulo Tercero de la Resolucion Administrativa Nº 0152005-P-CSJCL/PJ de fecha 7 de enero del 2005 que establece: "En los casos en que sea necesario llamar al Vocal de la Sala de otra especialidad, se empezara por el menos antiguo y sucesivamente en ese orden". Articulo Cuarto.- PONGASE la presente Resolucion, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General

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