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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2006 (20/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

PÆg. 310588 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de enero de 2006 Presidencia de Corte, sobre las medidas necesarias adoptadas, con la finalidad de dar cumplimiento a lodispuesto en el Artículo Octavo de la ResoluciónAdministrativa Nº 259-2005-CE-PJ, teniendo en consideración lo que establece dicha norma, a efectos de evitar perjuicios a los justiciables durante el períodovacacional dispuesto. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la señora FiscalSuperior Decana del Callao, de la Comisión Distrital deControl de la Magistratura, de los señores Magistradosdel Distrito Judicial, del Jefe de la Oficina deAdministración Distrital, y de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.GASTÓN MOLINA HUAMÁN Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 01179 RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 039-2006-CSJCN/PJ En la sumilla correspondiente a la Resolución de Presidencia Nº 039-2006-CSJCN/PJ de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, publicada en nuestraedición del día 19 de enero de 2006, debe rectificarse lareferencia al término "Corte Superior de Justicia de Lima",por lo que debe quedar redactada como sigue: "Reconforman la Primera y Segunda Salas Civiles y la Primera Sala Penal - Reos Cárcel de la Corte Superiorde Justicia del Cono Norte de Lima" 01142 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a Chile para participar en el XVIII SeminarioRegional de Política Fiscal de la CEPAL RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 003-2006 Lima, 18 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitación para que este Banco Central participe en el XVIII Seminario Regional de PolíticaFiscal de la Comisión Económica para América Latina(CEPAL), a llevarse a cabo en Santiago de Chile, Chile, del 23 al 26 de enero; Que, el sentido de esta conferencia está dirigido a fortalecer el intercambio de información y opiniones sobrela economía peruana, siendo conveniente la participaciónde este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 5 de enero de2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jorge Estrella Viladegut, Subgerente de Análisis Macroeconómicos dela Gerencia de Estudios Económicos, a la ciudad deSantiago de Chile, Chile, del 22 al 26 de enero y al pagode los gastos, a fin de que participe en el seminario indicado en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasajes US$ 542,93 Viáticos US$ 1000,00 Tarifa única de uso de aeropuerto: US$ 30,25 ---------------- TOTAL US$ 1573,18 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS Vicepresidenteen Ejercicio de la Presidencia 01087 CONTRALORÍA GENERAL Revocan designación de sociedad de auditoría y declaran desierto Concurso Pœblico de MØritos para realizar examena estados financieros de Perupetro S.A. RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 011-2006-CG Lima, 17 de enero de 2006 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 068-2005-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la revocatoria de la designación de la sociedad de auditoríaGutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil para realizarel examen a los estados financieros de PERUPETROS.A. de los ejercicios 2005 y 2006; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Contraloría Nº 434-2005- CG publicada el 08.Oct.2005 correspondiente alConcurso Público de Méritos Nº 03-2005-CG se designó a la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civil para efectuar el examen a los estadosfinancieros de PERUPETRO S.A. de los ejercicios 2005y 2006; Que, con la finalidad de que se evalúe la aplicación de la incompatibilidad establecida en el artículo 27º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de ContraloríaNº 140-2003-CG, PERUPETRO S.A. con DocumentoGGRL-ADMI-GFCT-0178-2005 comunicó a la ContraloríaGeneral que la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos yAsociados Sociedad Civil había brindado servicios durante los meses de setiembre a noviembre de 2003, para participar en la revisión de Estados de Cuenta delFactor R- Servicios prestados a contratistas petroleros; Que, el inciso a) del artículo 27º del referido Reglamento establece como impedimento para participaren el concurso o ser designadas si las Sociedades, sus socios y/o personal propuesto como integrante del equipo tienen o han mantenido dentro de los dos años anterioresal ejercicio por auditar, vínculo laboral o contractual, bajocualquier forma o modalidad, con la Entidad a examinaro con los titulares, representantes legales o funcionariosde ésta, incluyendo a los del período sujeto a examen; Que, el artículo 45º del Reglamento señala que si designada una sociedad se verifica el incumplimiento delas disposiciones del Reglamento y/o bases delconcurso, u ocurrieran circunstancias de fuerza mayoru otras sobrevinientes que impidan o hagan improcedentela prestación de los servicios de auditoría externa, se puede revocar mediante Resolución de Contraloría la designación efectuada; correspondiendo, en dicho caso,sin perjuicio del procedimiento sancionador a que se delugar, designar a quien ocupó el siguiente lugar en elorden de méritos del respectivo Concurso Público o ensu defecto, se convoca a un nuevo concurso; Que, la situación expuesta evidencia que la sociedad de auditoría Gutiérrez Ríos y Asociados Sociedad Civilincumplió el Reglamento para la Designación deSociedades de Auditoría al participar en el Concurso