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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2006 (29/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 311329 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de enero de 2006 tomado en Sesión Nº 08-2005-CTHU/MDA de fecha 21 de octubre de 2005, emitió Dictamen FAVORABLE de laRegularización de Habilitación Urbana Ejecutada Parcialpara Uso Residencial de Densidad Media “R-4” y Comercio Vecinal “C-2” del terreno de 17,459.18 m2, constituido por la Parcela 68-B de la Parcelación LaEstrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima, estableciéndose como déficit delos aportes de Recreación Pública, Ministerio deEducación y Parques Zonales las áreas de 1,647.77 m2 , 329.55m2 y 329.55m2 respectivamente, debiéndose redimir en dinero; Que, mediante el Informe Técnico Nº 565-2005-AHU- SGPUC-GDU/MDA, de fecha 17 de agosto del 2005; seseñala que el proyecto está referido a una Regularizaciónde Habilitación Urbana Ejecutada de un terreno calificado en su mayor parte con Zonificación “R-4” y otra parte como Comercio Vecinal “C-2”, encontrándose afectadopor esta última zonificación 2 lotes ubicados con frente ala Av. José C. Mariátegui, los cuales tiene un uso mixtode comercio vecinal y residencial por ser compatibles,por lo que al construirse en estos lotes también viviendas, están comprendidos dentro del mencionado procedimiento administrativo, de conformidad con el Art.20º del Decreto Supremo Nº 010-2005-Vivienda; Que, por Valorización Nº 049-2005-AHU-SGPUC- GDU/MDA del 24 de octubre de 2005 se efectuó laliquidación referente al déficit de aporte de Recreación Pública de 1,647.77 m2, y por Proyectos y Control de Obra, de acuerdo con lo estipulado en el Art. II-XXI-4 delReglamento Nacional de Construcciones, ascendente aun monto total de S/. 97,443.99 Nuevos Soles; y conResolución Subgerencial de Recaudación Nº 915-2005-SGR-GR/MDA, de fecha 18 de noviembre del 2,005; se aprobó un convenio de fraccionamiento en 24 cuotas, acreditando con el recibo Nº 0002204946 por un monto de S/. 4,060.00 pagado en la Tesorería de estaCorporación Municipal la cancelación de la primera cuotade dicho fraccionamiento; Que, la Partida Registral de Propiedad Inmueble Nº 49020735 del referido predio se encuentra a nombre de la Asociación Peruano Chino y de varios particulares,no constando Título de Propiedad Público y/o Privadootorgado a nombre de la Asociación de Vivienda LasAlondras; por lo que para subsanar la omisión de contarcon el Título de Propiedad, la Asociación recurrente presentó el acta de asamblea extraordinario por el cual los asociados transfieren sus derechos de propiedad ala Asociación, cumpliendo con lo recomendado por laGerencia de Asuntos Jurídicos indicado en el InformeLegal Nº 2903-2004-GAJ, de fecha 5 de noviembre del2,005. Que, el personal técnico de la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro ha verificado que elterreno se encuentra consolidado en un porcentaje mayoral 50% con viviendas de material noble de 1 y 2 pisos;así también cuentan parcialmente con el servicio básicode Energía Eléctrica; faltando la ejecución total de dicho servicio, así como de las obras de agua y desagüe; pavimentación de pistas, veredas y rampas parapersonas con discapacidad; Que, mediante el Informe Técnico Nº 844-2005-AHU- SGPUC-GDU/MDA de fecha 9 de diciembre del 2005,se concluye que el presente trámite es Procedente, indicándose asimismo que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos y con cancelar los derechosadministrativos estipulados por el Texto Único deProcedimientos Administrativos vigente; Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas porel Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444Ley Procedimiento Administrativo General, así como deconformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y por el Reglamento Nacional de Construcciones. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 056-2005-SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Parcialpara Uso Residencial de Densidad Media “R-4” yComercio Vecinal “C-2” del terreno de 17,459.18 m2,constituido por la Parcela 68-B de la Parcelación La Estrella, ubicado en el distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS ALONDRAS, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fechade notificación de la presente Resolución, las obras deHabilitación Urbana faltantes teniendo en cuenta lascaracterísticas y especificaciones técnicas de acuerdoa la siguiente descripción: DISEÑO Área Bruta Total : 17,459.18 m2 - Zona “R-4” : 16,477.79 m2- Zona “C-2” : 981.39 m2 Área Útil Total : 12,667.48 m2 - Vivienda : 11,990.62 m2- Comercio Vecinal : 676.86 m2 Área de vías : 4,529.32 m2Estacionamiento : 105.00 m2 Área de Compensación: 157.38 m2 ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias ysecundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto de SEDAPAL denominado “Proyectos de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarilladopara el Esquema Cerro Cruz de Santa Elena y Anexos”debiendo elaborar sus proyectos de redes secundariasde agua potable y alcantarillado de acuerdo a loslineamientos generales establecidos en dicho esquema; debiendo además tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. TELEFONÍA:Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dichacompañía, para la instalación de ductos, cámaras y lareserva de áreas para centrales. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Subrasante, seránecesario efectuar una evaluación de la superficie delterreno natural, eliminando el que contenga restosorgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanosal óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar comomínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado deLaboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Laspartículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m de espesor,compactado, provenientes de cantera seleccionada, quecontenga proporciones adecuadas de material gruesos(con diámetros máximo de 1 ½”), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimocontenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratoriopara un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzonespara la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” deespesor. Superficie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./cm2, construido sobre una base granular de 4” deespesor compactada al 100% de la densidad seca delproctor estándar.