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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G37/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 1 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Nº 008-2006-MTC/ 22.07.01.wps del Coordinador de Estudios de PROVIAS DEPARTAMENTAL, el cual hacen suyo el Subgerente deEstudios de PROVIAS DEPARTAMENTAL y el Gerente de Proyectos de PROVIAS DEPARTAMENTAL, el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA ha realizado la valuacióncomercial de los siete predios afectados por la ejecución de la Obra: “Reconstrucción del Puente Franco y Accesos”, ubicados en el departamento de Tumbes; Que, de conformidad a la valuación comercial efectuada por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, el monto de la valorización comercial de lossiete predios afectados por la ejecución de la Obra: “Reconstrucción del Puente Franco y Accesos”, asciende a las siguientes cantidades: - López Espinoza, Ofelia US$ 316.46 - Vásquez Boyer, Nick Johnny e Infante Rueda, Gladys US$ 1,377.45 - Boyer de Vásquez, Olimpia US$ 2,242.91 - Ocampos Marchán, Gabriel y Marchán Feijoo, Visitación US$ 13,494.74 - Apolo Granda, Jorge Casiano y Marchán de Apolo, Sar ela US$ 13,691.90 - Clavijo Flores, Eusebio US$ 1,029.90 - Ramírez Rueda, Rufino y Feijoo Marchán, Obdulia US$ 8,532.99 Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27628 establece que el valor de tasación para la adquisición de inmuebles portrato directo afectados por trazos en vías públicas será fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de losmismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, de conformidad con el artículo 3º de la referida Ley el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios afectados por trazos en vías públicas por trato directo será el monto del valor comercialactualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las tasaciones de los siete predios afectados por la ejecución de la Obra: “Reconstrucción del Puente Franco y Accesos”, ubicados en el departamento de Tumbes,elaboradas por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N° 27628 y Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002- MTC; SE RESUELVE: Artículo Único. - Aprobar las tasaciones comerciales elaboradas por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA de los siete predios afectados por la ejecución de la Obra: “Reconstrucción del Puente Franco yAccesos”, ubicados en el departamento de Tumbes, de acuerdo al siguiente detalle: N° Nombre de los propietarios de los predios afectados Valor de por la ejecución de la Obra: “Reconstrucción del T asación Puente Franco y Accesos” US$ 01 López Espinoza, Ofelia 316.46 02 Vásquez Boyer, Nick Johnny e Infante Rueda, Gladis 1,377.45 03 Boyer de Vásquez, Olimpia 2,242.91 04 Ocampos Marchán, Gabriel y Marchán Feijoo, Visitación 1 3,494.74 05 Apolo Granda, Jorge Casiano y Marchán de Apolo, Sarela 1 3,691.90 06 Clavijo Flores, Eusebio 1,029.90 07 Ramírez Rueda, Rufino y Feijoo Marchán, Obdulia 8,532.99 Regístrese,comuníquese y publíquese JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01851/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G61/G6C/G61/G20/G4D/G69/G78/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G2C/G20/G63/G72/G65/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G41/G64/G6D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G39/G2D /G32/G30/G30/G36/G2D/G43/G45/G2D/G50/G4A RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 036-2006-P-CSJCL/PJ Callao, 31 de enero del 2006. VISTA: La Resolución Administrativa Nº 009-2006-CE-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enerodel año en curso; y, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Administrativa Nº 009- 2006-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha resuelto crear con carácter de transitorio una Sala Mixta en la sede de la Corte Superior de Justicia del Callao,distrito del mismo nombre, Provincia Constitucional del Callao; Que el artículo cuarto de la Resolución Administrativa mencionada en el Considerando que antecede, faculta a esta Presidencia de Corte para que adopte las acciones administrativas que sean necesarias a fin de darcumplimiento a la citada disposición; Que siendo atribución del Presidente de Corte dirigir la política del Poder Judicial dentro del Distrito Judicial asu cargo, corresponde disponer las acciones pertinentes a efectos de conformar la Sala Mixta recientemente creada, debiendo aplicarse el artículo 237º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; En consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, en elArtículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER a partir del 7 de marzo del año en curso, el funcionamiento de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia del Callao, creada porResolución Administrativa Nº 009-2006-CE-PJ. Artículo Segundo.- REASIGNAR al señor Vocal Superior Titular doctor ENRIQUE FERNANDO RAMALBARRENECHEA, Presidente de la Segunda Sala Civil del Callao, como Presidente de la Sala Mixta de esta Corte Superior de Justicia, creada por ResoluciónAdministrativa Nº 009-2006-CE-PJ; a partir del 7 de marzo del año en curso. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la señora doctora ROCÍO PILAR MENDOZA CABALLERO, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil del Callao, como Vocal Superior Provisional de la Sala Mixta de esta CorteSuperior de Justicia, creada por Resolución Administrativa Nº 009-2006-CE-PJ; a partir del 7 de marzo del año en curso. Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la señorita doctora TERESA JESÚS SOTO GORDON, Juez Titular del Primer Juzgado Civil del Callao, como Vocal SuperiorProvisional de la Sala Mixta de esta Corte Superior de Justicia, creada por Resolución Administrativa Nº 009- 2006-CE-PJ; a partir del 7 de marzo del año en curso. Artículo Quinto.- DISPONER la conformación de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia del Callao,