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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (02/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 311776 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de febrero de 2006 Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado enmateria de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo delas operaciones aerocomerciales en un marco de lealcompetencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificaciónotorgada al Perú por la Organización de la Aviación CivilInternacional, debe efectuar la atención de las solicitudesde servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia consus facultades de supervisión e inspección de todas lasactividades aeronáuticas civiles; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/ 059/01/06. del 11 de enero de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 767,en el Centro de Entrenamiento ALTEON de la ciudad deMiami, a su personal aeronáutico propuesto, durante eldía 3 de febrero de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 1595, 35807 y 35808, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacióncorrespondiente al Procedimiento a que se refiere elconsiderando anterior, ante la Dirección de Tesorería delMinisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 093-2006-MTC/12.04-SDO designando al inspector Alfredo Federico Alvarez Zeballos, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo delequipo Boeing 767, en el Centro de EntrenamientoALTEON, al personal aeronáutico propuesto por laempresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Miami, EstadosUnidos de América, durante los días 2 al 3 de febrero de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos porla Dirección General de Aeronáutica Civil para el presenteaño, el viaje al exterior del inspector mencionado, resultaindispensable para el cumplimiento de las facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles, a fin de garantizar la seguridad delas operaciones aéreas en concordancia con las normastécnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por elartículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006,publicado el 21 de enero de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos a que se contraela Orden de Inspección Nº 093-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfredo Federico Alvarez Zeballos, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidosde América, durante los días 2 al 3 de febrero de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integralmente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los recibos de Acotación Nºs. 1595, 35807 y 35808, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, deacuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (16) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01981 Renuevan autorización otorgada a empresa para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la provincia de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 038-2006-MTC/03 Lima, 23 de enero del 2006 VISTAS, las Solicitudes registros Nºs. 1998-02839007 del 30 de noviembre de 1998 y 2001-005783 del 8 dejunio de 2001 presentadas por la EMPRESA DE RADIOY COMUNICACIONES RE ANTARKI S.A., sobre renovación de autorización y modificación de características técnicas de una estación del servicio deradiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), enel distrito de Puente Piedra, provincia y departamento deLima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 478-93-TCC/15.17 del 14 de diciembre de 1993, se autorizó a la EMPRESA DE RADIO Y COMUNICACIONES RE ANTARKI S.A.,por el plazo de diez (10) años, la operación de unaestación del servicio de radiodifusión sonora comercialen Onda Media (OM), en la localidad de Lima, provinciay departamento de Lima, con fecha de vencimiento al 3 de mayo de 2001; Que, con Resolución Directoral Nº 039-98-MTC/15.19 del 24 de marzo de 1998 se autorizó a la EMPRESA DERADIO Y COMUNICACIONES RE ANTARKI S.A., elcambio de ubicación de la Planta Transmisora de suestación en Onda Media (OM), al Fundo El Gallinazo, parcela 51-1, Km. 26.5 Panamericana Norte, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; Que, el artículo 205º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesseñala que para obtener la renovación de la autorizacióndel servicio de radiodifusión es requisito indispensable haber cumplido con todos los pagos de los derechos,