Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2006 (02/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de febrero de 2006

Que, mediante Memorandum Nº 448-2005-RNCGSJR-GG/PJ el Dr. MORDAZA Riquero MORDAZA, Jefe del Registro Nacional de Condenas, es de la opinion que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra don MORDAZA Gaona Castro; Que, el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documento queda configurado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra don MORDAZA Gaona MORDAZA, y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos en agravio del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 01992 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 035-2006-P-PJ MORDAZA, 25 de enero de 2006 VISTOS:

el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos en agravio del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 01993 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 037-2006-P-PJ MORDAZA, 25 de enero de 2006 VISTOS: El Memorandum Nº 1628-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General Poder Judicial, el documento del 25 de octubre del 2005 emitido por el Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, Notario de MORDAZA, y los demas documentos que se acompanan; y, CONSIDERANDO:

El Memorandum Nº 1734-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General Poder Judicial, el documento del 15 de diciembre del 2005 suscrito por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario de MORDAZA, y los demas documentos que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, es deber de las entidades publicas velar por el debido MORDAZA y tramitacion de los pedidos que le soliciten, encontrandose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA pretendio valerse del documento denominado "Carta Poder", presentado ante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el Certificado de Antecedentes Penales de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvez; Que, mediante documento del 15 de diciembre del 2005 suscrito por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario de MORDAZA, manifiesta que la "Car ta Poder" presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido falsificada, tanto en las firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorandum Nº 471-2005-RNCGSJR-GG/PJ el Dr. MORDAZA Riquero MORDAZA, Jefe del Registro Nacional de Condenas, es de la opinion que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvez; Que, el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documento queda configurado cuando

Que, es deber de las entidades publicas velar por el debido MORDAZA y tramitacion de los pedidos que le soliciten, encontrandose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA pretendio valerse del documento denominado "Poder" del 20 de octubre del 2005, presentado ante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el Certificado de Antecedentes Penales de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Odar; Que, mediante documento del 20 de octubre del 2005 el Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, Notario de MORDAZA, manifiesta que el "Poder" presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido falsificado, tanto en las firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorandum Nº 446-2005-RNCGSJR-GG/PJ el Dr. MORDAZA Riquero MORDAZA, Jefe del Registro Nacional de Condenas, es de la opinion que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vigo; Que, el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documento queda configurado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667;

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